Anulan ofertas de empleo del Ayuntamiento de Sevilla por "caducidad"
Tribunales
Se trata de las convocatorias para plazas de peón de los años 2016 y 2017
El tribunal considera que se ha excedido el plazo fijado para el proceso selectivo
Se anula también una de las bases de la convocatoria por ser "discriminatoria"
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 11 de Sevilla ha dictado sentencia por la cual anula la convocatoria para plazas de peón de los años 2016 y 2017 por haber excedido el plazo de tres años fijado legalmente como máximo para terminar el proceso selectivo. Se da la circunstancia de que las bases fueron aprobadas al límite del plazo de tres años y la primera de las pruebas se realizó el pasado abril, es decir, seis años más tarde.
La sentencia, que acoge íntegramente los alegatos efectuados por el letrado defensor de un grupo de peones interinos, estima que efectivamente el Ayuntamiento de Sevilla se ha demorado en exceso en el proceso selectivo y ha dejado, por tanto, excluidas del mismo las plazas correspondientes a las ofertas de empleo público de los años 2016 y 2017, que suman 18 de un total de 82.
Además, anula la base XI de dicha convocatoria, que afecta a la totalidad de las plazas, por entender que resulta discriminatoria al no valorar los servicios prestados por dichos trabajadores para el propio ayuntamiento en categorías diferentes a las de peón, mientras que sí las valora para otros colectivos.
Alberto Lag (del despacho Gómez-Cunningham Abogados, que ya ha dirigido diferentes litigios frente al Ayuntamiento y a la empresa municipal Emasesa con resultados positivos) ha ejercido la defensa de un grupo de peones interinos. El letrado valora positivamente el fallo y se dispone a solicitar la ejecución provisional del mismo por cuanto “la fase de concurso de dicho proceso se encuentra en marcha y de no paralizarse podría impedir el cumplimiento de la sentencia para el caso". Según Lag es bastante probable que "el Ayuntamiento de Sevilla recurra ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dada la demora en resolver estos recursos”.
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