El violador del Tamarguillo se quita de encima cinco años de cárcel gracias a la ley del 'sólo sí es sí'
Crímenes sexuales
La Audiencia rebaja de doce a siete años la condena a Miguel Ángel F.D. por atacar a una joven en agosto de 2017, un mes después de matar a otra mujer tras intentar violarla en el Parque Amate
Doce años de cárcel para el violador del Tamarguillo
El violador del Parque del Tamarguillo es el asesino de la prostituta de Amate
La ley del ‘sólo sí es sí’ ha vuelto a dejar en Sevilla otro buen ejemplo de que los legisladores a veces harían bien en cuestionarse por qué toman las decisiones que toman. Si hace unas semanas ya salió beneficiado un hombre que había violado y asesinado a una anciana, ahora el turno es para uno de los mayores depredadores sexuales que han pasado por los juzgados de la ciudad en los últimos años. Conocido como el violador del Tamarguillo, Miguel Ángel F.D. perpetró dos crímenes en el plazo de un mes en el verano de 2017: a finales de julio intentó violar y mató a una mujer en el Parque Amate y a finales de agosto violó a otra víctima en el Parque del Tamarguillo. Por este segundo suceso fue condenado a doce años y esa es la pena que acaba de ser reducida en cinco años, nada más y nada menos, gracias a la modificación del Código Penal y la reagrupación de los abusos y las agresiones sexuales en un solo delito. Así lo ha decidido la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla.
Los hechos ocurrieron en la noche del 28 de agosto de 2017. El acusado se cruzó con la víctima, una joven de 24 años que estaba corriendo, y “de manera sorpresiva” la golpeó en el hombro izquierdo y la hizo caer. Cuando intentó levantarse, el acusado le dio “un fuerte puñetazo en la cara” y la llevó nuevo al suelo. Entonces la agarró del cuello “para levantarla a pulso”, ella trató de huir y él la alcanzó, tiró de ella por el pelo y la arrastró hasta un terraplén. Allí, junto a un canalón subterráneo y tras ordenarle “que no se le ocurriera gritar ni pedir ayuda”, permanecieron ambos hasta que anocheció. Él aprovechó entonces para agredirla sexualmente. Mientras lo hacía, “le tapó la cara para impedir que lo viese echándole el pelo sobre los ojos y colocándole su camiseta en la cara”. También se dirigió a ella “de manera vejatoria” para así “aumentar su satisfacción”. Así consta en la sentencia, dictada el 31 de enero de 2019. El Supremo la declaró firme el 4 de julio de 2019. A los pocos días de esa violación, el delincuente se entregó a la Policía por consejo de su pareja. Miguel Ángel F.D., además, tiene una hija.
Además de los doce años de prisión por un delito de agresión sexual, la Sección Primera le impuso diez años de libertad vigilada (como curiosidad, este punto no apareció escrito en el fallo), el pago de una indemnización de 75.000 euros a la víctima y la prohibición de acercarse a ella durante diecisiete años. Los jueces recalcaron en su sentencia la “violencia desmedida” del ataque y justificaron la entidad de la condena en “lo que hizo y cómo lo hizo”, le impuso
Entre el castigo por este caso y los catorce años que le impuso otro juez de la Audiencia por el intento de violación y el homicidio de otra mujer en el Parque Amate, este depredador sexual debería estar encerrado hasta el 25 de septiembre de 2043. Ahora, si no median más rebajas, podrá salir de la cárcel en 2038, ya que la Sala que lo condenó por la violación del Parque del Tamarguillo le ha aplicado los beneficios de la ley del ‘sólo sí es sí’ y ha reducido la condena en cinco años. El propio criminal mandó una carta a la Audiencia para solicitar la revisión y el 28 de marzo se personó allí junto a un nuevo abogado. El anterior renunció a su defensa y no alegó “nada” cuando el tribunal, a principios de febrero, instó a las partes a pronunciarse sobre la revisión.
En un auto escrito el mismo 28 de marzo, la Sección Primera recuerda que el artículo 2.2 del Código Penal establece que “tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo”. A partir de ahí no hay mucho más que hablar. “En el presente caso no se suscita duda alguna sobre el carácter más beneficioso de la nueva regulación introducida por la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual”, afirma el tribunal. “Miguel Ángel F.D. fue condenado como autor de un delito de agresión sexual, agravada por su carácter particularmente vejatorio, contemplado en los artículos 178, 179 y 180.1.1º”, que abarca castigos de entre doce y quince años, como explican los magistrados. Al aplicársele la atenuante de confesión (reconoció los hechos) y la agravante de reincidencia (la Audiencia de Badajoz lo condenó en 2006 a nueve años y medio de cárcel por otra violación en Zalamea de la Serena), la Sala le impuso “la pena mínima del marco legalmente aplicable”. Es decir, doce años.
Las circunstancias han cambiado tras la entrada en vigor del ‘sí es sí’. Así lo explica la Sección Primera: “Conforme a la nueva regulación (...), el delito (...) se condena ahora con una pena básica de siete a quince años de prisión. Aplicada en su mínima extensión, con igual criterio que en la sentencia recurrida, procede imponer la pena de siete años”. Y no sólo eso: también se acorta a la vigencia de la orden de alejamiento, de diecisiete a doce años.
El único perjuicio que la revisión de la condena causa a Miguel Ángel F.D. es que ahora estará inhabilitado para ejercer cualquier trabajo o actividad que implique contacto con menores de edad durante veinte años. Es lo máximo previsto por la ley.
El crimen de Amate
En diciembre de 2018, poco antes de ser condenado por la violación del Tamarguillo, la Audiencia de Sevilla ya había sentenciado a Miguel Ángel F.D. a catorce años de cárcel por matar e intentar violar a otra mujer, una toxicómana de 39 años que ejercía la prostitución a veces para poder comprar droga. Ese crimen sucedió en el Parque Amate el 27 de julio de 2017, un mes antes de la agresión en el Tamarguillo.
El criminal y la víctima acordaron mantener relaciones sexuales a cambio de 20 euros y una dosis de sustancias estupefacientes para ella y esperaron a que el parque se cerrara al público. Cuando la víctima se negó a quitarse el body, el condenado entendió que “intentaba engañarle” y hubo una discusión. Según figura en la sentencia, ella intentó marcharse pero Miguel Ángel F.D. la tiró al suelo, se sentó encima y le “apretó fuertemente del cuello con una mano mientras con la otra le tapaba la nariz y la boca”. Tras matarla por estrangulamiento, el agresor cogió de su bolso los 20 euros que le había dado y fue a por droga. Después regresó, consumió la droga y quemó el cadáver con una manta a la que prendió fuego con un mechero.
Tras ser detenido por el suceso del Tamarguillo, los investigadores aún tardaron tres meses en atribuirle este otro crimen, el primero de los dos por orden cronológico.
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