Una victoria y una derrota para Eduardo Herrera en la Audiencia de Sevilla
Federación Andaluza de Fútbol
Los jueces no aceptan la anulación del juicio, pero eximen al antiguo presidente de la RFAF de dos delitos por los que la Fiscalía pedía tres años de cárcel y que el tribunal considera prescritos
El abogado de Eduardo Herrera pide la nulidad del juicio y su absolución
Eduardo Herrera, presidente de la Federación Andaluza de Fútbol (RFAF) entre 1986 y 2019, ha saldado con una victoria y una derrota el primer día del juicio que se celebra contra él y otros investigados en la Audiencia de Sevilla por presuntamente malversar una subvención pública del Consejo Superior de Deportes (CSD). Su abogado no ha conseguido invalidar la vista oral ni que su cliente sea absuelto antes incluso de declarar, pero sí ha logrado que los jueces admitan la prescripción de uno de los delitos de los que estaba acusado. El juicio queda reducido a los casi 80.000 euros que costó una obra en una instalación deportiva de Huelva, hechos por los que la Fiscalía le pide cinco años de cárcel. Antes, en total, eran ocho años.
El núcleo de esta pieza, una de las varias en que está dividida la causa contra Herrera, constaba de tres hechos. El primero, el supuesto “concierto” entre el presidente y “su amigo” Félix Pérez Romón, delegado en Huelva y vicepresidente de la RFAF en esa época, para que en 2009 una subvención del CSD canalizada a través de la Federación Española (RFEF) para obras de mejora en los campos de La Orden, por un importe de 78.895,65 euros, acabase en Invergabe, una empresa administrada por Pérez Romón y su hijo. Después emitieron dos facturas relacionadas con iluminación, vestuarios y postes, pero “desviaron parte a su propio provecho”, en concreto 6.500 euros, según la Fiscalía.
El segundo hecho, con el mismo guion pero en 2012, fue una subvención de 63.139,18 euros provenientes de “recursos propios” de la RFAF para montar un campo de fútbol playa en La Orden que también fue a parar a Invergabe. El campo en cuestión, por cierto, fue derribado en plena instrucción judicial. Y el tercer hecho, ya sin participación de Herrera, fue la supuesta adjudicación del mantenimiento de “todas las instalaciones deportivas de Huelva” a otra empresa administrada por la mujer y el hijo de Pérez Romón.
La Sección Séptima, encabezada por Mercedes Alaya, ha estimado en parte las pretensiones del letrado de Herrera, Adolfo Cuéllar (Zurbarán Abogados), y el de los otros tres encausados y ha aceptado que los hechos segundo y tercero habían prescrito. Por tanto, la fiscal ha retirado la acusación, que contemplaba penas de tres años de cárcel para Herrera, cuatro y medio para Pérez Romón y su hijo y un año y medio para la mujer. Como esta encausada sólo figuraba en la causa por el tercer hecho, directamente el tribunal le ha anunciado que sería absuelta. Su marido y su hijo continúan encausados, aunque ahora la petición de la fiscal para ellos también es de cinco años de prisión, frente a los nueve y medio de la calificación inicial.
Lo que no ha prescrito y, por tanto, sobrevive como el único eje del caso es la presunta malversación y falsificación de documento mercantil referentes a la subvención para mejorar la iluminación en el campo de La Orden, en Huelva capital. Según ha especificado Alaya, la Ley del Deporte establece que "las federaciones deportivas actúan como colaboradoras de entidades públicas y ejercen el control de las subvenciones que reciben". Minutos antes, la defensa había expuesto el criterio contrario y se había parapetado en que la RFAF no administró los fondos, sólo se los concedió a una constructora.
Por tanto, al tratarse de dinero procedente del CSD, la RFAF "actuaría como colaboradora de una entidad pública" en este caso concreto. Y como el delito de malversación está penado con inhabilitación entre seis y diez años, "no está prescrito", ha sentenciado.
Después de esta decisión ha sido el turno de las declaraciones. Eduardo Herrera ha negado que su decisión de dimitir en 2019 tuviese "en absoluto" algo que ver con estos hechos y ha reconocido que era "el único que podía firmar los contratos" de la RFAF, aunque él no los negociaba y los proyectos aspirantes a recoger las subvenciones del CSD eran elegidos por "el responsable de cada federación provincial".
"No estábamos obligados a realizar un concurso público ni mucho menos", ha proseguido Herrera. Sólo necesitaban tres propuestas de empresas distintas y después elegían la mejor. "No tenía por qué ser la más económica, sino la que nos ofreciera más seguridad respecto al producto final de la obra", ha explicado.
Tras no ser muy claro sobre su relación de amistad con Pérez Romón, Herrera ha indicado que sabía que su otrora mano derecha "tenía una tienda de deportes y se dedicaba a la construcción", pero ha negado que conociera que Invergabe era una de sus empresas.
En cuanto a los cambios que se realizaron en el proyecto de La Orden una vez que estuvo en marcha, más allá de las mejoras en la iluminación, ha respondido que "para poner azulejos en un vestuario o poner unas redes no se necesita un proyecto" porque "era una obra menor". También ha atribuido el seguimiento de la ejecución de la obra al arquitecto de la Federación. Y preguntado por el hecho de que en el proyecto oficialmente constaba que se iban a colocar trece postes para balones y la Guardia Civil constató que sólo había ocho, ha contestado: "Lo primero que se me ocurre es que en vez de trece postes de ocho metros de altura eran ocho postes de trece metros. "Como en cualquier obra en una casa, a lo mejor otra cosa salió más cara y se compensó así".
Temas relacionados
No hay comentarios