La defensa de Emasesa ve “insostenible una futura condena” por vertidos al Guadalquivir
Causa contra Emasesa
El juez que imputó a altos cargos “debe asumir las conclusiones” del perito judicial que no apreció daño ecológico
La defensa del consejero delegado de Emasesa, Jaime Palop, ha pedido el archivo de la causa en la que figura como investigado por presuntos vertidos contaminantes al Guadalquivir porque el perito judicial, como persona “experta en la materia, imparcial y objetiva” declaró “con claridad meridiana” que las depuradoras de Sevilla no afectan al medio ambiente ni a la salud humana.
Palop, junto a otros altos cargos de la empresa municipal y de la Junta, fue imputado en julio de 2020 a petición de la acusación particular que ejerce Ecologistas en Acción por los presuntos vertidos contaminantes de las depuradoras de Tablada, El Copero y San Jerónimo.
En su recurso, al que tuvo acceso este periódico, la defensa recuerda que el consejero delegado fue llamado a la causa como investigado “para salvaguardar sus derechos” aunque el juez no consideraba procedente tomarle declaración, a la espera de recibir el peritaje encargado al experto Rafael Marín Galvín.
Un informe “meridiano y contundente” descartó el daño ambiental
Ahora, “no cabe otro pronunciamiento que el sobreseimiento libre y archivo” puesto que el informe del perito y su posterior ampliación demostraron “de forma precisa, contundente y con una claridad meridiana” que las tres depuradoras sevillanas no produjeron un daño al medio ambiente.
El medio receptor presenta un estado ecológico “bueno o superior/moderado” y, según el peritaje, “los datos disponibles evidencian que, a pesar de la ausencia de depuración de nitrógeno y fósforo”, las depuradoras sevillanas “no provocan ni han provocado una afectación negativa al medio receptor“.
El recurso ante el juez de instrucción 6 recuerda que las conclusiones del perito corroboran lo expuesto por los dos organismos de cuenca en informes que emitieron a solicitud de la Guardia Civil: la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir señaló que, para el caso de San Jerónimo, “no consta que debido a su mal funcionamiento se hayan producido daños al medio ambiente o riesgos para la salud pública”.
Y la consejería de Medio Ambiente concluyó que “no se aprecia un empeoramiento significativo en la calidad del agua del estuario motivada por los vertidos efectuados por las depuradoras de Copero, Tablada e Isla Mayor”.
“Pena de banquillo” frente a una “imposible condena futura”
A la vista de todo ello, la defensa dice que que “resulta insostenible mantener la investigación y la acusación” después de que el propio juez haya acudido a “una persona experta en la materia, imparcial y objetiva”. El juez debe “ asumir plenamente sus razonamientos y conclusiones, con los efectos que ello conlleva“.
Después de más de tres años de investigación, se debe acordar el archivo para no someter a los investigados “de forma innecesaria y injusta a la pena de banquillo con todos los perjuicios personales, sociales y profesionales que ello acarrea” más aún cuando “se hace insostenible un futuro pronunciamiento de condena contra ellos“.
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