El TSJA pide al CGPJ que valore si la juez en excedencia puede ser obligada a dictar la sentencia de los ERE

El caso de los ERE

Lorenzo del Río admite que es "un contratiempo importante" y dice que un nuevo juicio "sería un problema de tiempo enorme"

La juez de los ERE destinada en Alicante se pide una "excedencia voluntaria" y deja en el aire la nueva sentencia

El presidente del TSJA, Lorenzo del Río.
El presidente del TSJA, Lorenzo del Río. / Joaquín Corchero (Ep)

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha anunciado este martes que elevará una consulta al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ante la situación de excedencia voluntaria de una de las dos magistradas designadas para dictar las nuevas sentencias requeridas por el Tribunal Constitucional (TC) a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla con relación al "procedimiento específico" de concesión de las ayudas para los ERE.

En una entrevista en Canal Sur Radio, Lorenzo del Río ha confirmado la información publicada por Diario de Sevilla respecto a que la magistrada Encarnación Gómez Caselles, que fue uno de los tres magistrados del tribunal original que dictó la sentencia que condenó a los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, se encuentra en situación de "excedencia voluntaria" para el cuidado de un familiar en su actual destino en la Sección Tercera de la Audiencia de Alicante.

Ante esta nueva situación, que deja el tribunal que debe dictar la sentencia únicamente formado por la veterana magistrada Pilar Llorente, el presidente del TSJA ha explicado que "la regla general" es que ante un caso judicial de esta naturaleza, "las sentencias las pongan los mismos" magistrados intervinientes en el procedimiento original y de dicha norma "se exceptúa solamente a los que han perdido la condición de juez o los que pasan a la legislación de excedencia pero para ocupar cargos políticos", lo que "no es el caso de la magistrada" Gómez Caselles, ha precisado.

Manuel Chaves y José Antonio Griñán, entre otros ex altos cargos de la Junta, durante el juicio político de los ERE.
Manuel Chaves y José Antonio Griñán, entre otros ex altos cargos de la Junta, durante el juicio político de los ERE. / Efe

Por eso, el TSJA ha resuelto elevar una consulta al Consejo General del Poder Judicial, para que dicho órgano haga "una interpretación de si esa persona puede o no formar parte de ese tribunal" en su actual situación de excedencia voluntaria por cuidado de un familiar, insistiendo en que lo que la ley estipula es que "no pueden dictar sentencias los (magistrados/as) que estén en excedencia voluntaria para ocupar cargos políticos, que no es su caso".

 "Vamos a pedir esa consulta y que el CGPJ valore si puede o no puede dictar la sentencia junto con la otra persona", ha señalado Lorenzo del Río, reconociendo que esta situación supone "un contratiempo importante" para la emisión de las nuevas sentencias ordenadas por el Constitucional, porque de momento "habrá que esperar" a que el CPGJ dilucide esta cuestión y después proceder en consecuencia.

No obstante, el presidente del TSJA ha asegurado que él confía en que "en un corto plazo de tiempo" pese ya una respuesta por parte del máximo órgano de gobierno de los jueces.

Esperar la excedencia o celebrar un nuevo juicio con otro tribunal

En función de lo que dictamine el Consejo General del Poder Judicial, ha proseguido Del Río, quizá "sería necesario o bien esperar a que pase esa situación de excedencia" o "en su caso", promover "una nueva vista, un nuevo juicio con un tribunal distinto, lo cual sí que sería un problema de tiempo enorme", si bien Lorenzo del Río ha declinado aventurar "si sería un juicio idéntico, con repetición" o "en qué condiciones" se celebraría una nueva vista.

En concreto, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla condenó en 2019 al ex presidente de la Junta José Antonio Griñán a seis años de cárcel por malversación y 15 años de inhabilitación por prevaricación, mientras Manuel Chaves era condenado a nueve años de inhabilitación por prevaricación, penas mantenidas por el Supremo al desestimar en 2022 sus recursos de casación contra la sentencia inicial del órgano provincial, por tres votos contra dos de los magistrados de ese tribunal.

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