El Tribunal Supremo ratifica una condena pionera a un youtuber

La sentencia confirmada por el Alto Tribunal recalca que el youtuber Dalas Review publicó nueve vídeos en los que llamaba a su ex suegro "maltratador", "agresor de mierda", "enfermo mental", "delincuente", "psicópata", "maltratador de animales", "troglodita" y "tipejo cobarde"

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El Tribunal Supremo ratifica una sentencia pionera contra un youtuber. Mediante resolución de 15 de enero, el Supremo ha inadmitido el recurso presentado por Dalas Review contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que le condenó por intromisión en el honor y a la imagen por vídeos subidos a su canal con 11 millones de seguidores. Según el alto tribunal, la sentencia recurrida por el youtuber no muestra ninguna discrepancia con los criterios del Supremo en supuestos similares.

En su resolución, según ha informado Facya, el Supremo declara firme y no recurrible la sentencia que condena al youtuber al pago de una indemnización de 12.000 euros al padre de su expareja y a publicar el fallo del a sentencia cuatro veces en su canal con 11 millones de seguidores durante un mes. Al ser firme, debe proceder al cumplimiento de la sentencia o enfrentar en caso contrario un proceso de ejecución judicial en su contra.

La sentencia ratificada por el Supremo da por probado que el youtuber dirigió numerosos insultos contra el padre de su expareja, conocida en Internet como Miare, y que utilizó sin consentimiento una fotografía de su exsuegro para identificarle ante su audiencia masiva. La sentencia confirmada por el Alto Tribunal recalca que el youtuber publicó nueve vídeos en los que llamaba a su ex suegro "maltratador", "agresor de mierda", "enfermo mental", "delincuente", "psicópata", "maltratador de animales", "troglodita" y "tipejo cobarde".

Ya firme tras la decisión del Supremo, la sentencia afirma que esas manifestaciones y otras muchas similares son una intromisión en el honor del demandante, ratificando la de primera instancia, dictada por el Juzgado número 5 de Barcelona, que dijo que "nadie con una inteligencia media puede pensar que con la excusa de la libertad de expresión se pueda manifestar toda esta serie de improperios".

La resolución rechaza que los vídeos sólo informaban de procedimientos judiciales abiertos o la necesidad de esperar a que se resuelvan porque en ningún caso el demandado se limitó a narrarlos, "sino que profirió insultos y acusaciones graves que en modo alguno eran necesarios".

También rechaza la sentencia que el demandante sea un personaje público añadiendo en cualquier caso que "aún cuando lo fuera, no estaría obligado a tolerar expresiones inequívoca y objetivamente injuriosas".

Igualmente se ratifica en firme la condena a Dalas Review por el uso no consentido de una fotografía con la imagen de su exsuegro para identificarlo en los vídeos objeto de demanda, recalcando que además de ser un uso no consentido, este hecho se ve agravado porque a la imagen "se asocia a los calificativos empleados contra su persona y a la comisión de los delitos que se le imputan".

Por primera vez en España

Por todo lo anterior, la sentencia condena al youtuber a eliminar de su canal los nueve vídeos que fueron objeto de demanda, a indemnizar a su exsuegro con 12.000 euros y a dar lectura del fallo de la sentencia en su canal con 11 millones de suscriptores una vez a la semana durante un mes.

David Bravo, abogado del demandante, destaca como especialmente relevante que por primera vez en España una sentencia obligue a publicaciones sucesivas en YouTube durante un mes: "Habíamos obtenido este tipo de condenas para publicaciones en Twitter, como las de Luis Pineda por atentar contra el honor de Rubén Sánchez, pero es la primera vez que una sentencia obliga a un youtuber a publicar un vídeo semanal durante un mes en su canal principal, que tiene más de 11 millones de seguidores".

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