El tribunal avisa del "efecto pernicioso" de las macrocausas tras la exclusión de los altos cargos

el tercer juicio de los ERE / Las ayudas a las empresas del corcho

La Audiencia rechaza las cuestiones previas y ordena continuar el juicio contra el ex alcalde de Cazalla y los otros cuatro acusados, que declararán a partir del 12 de mayo

El galimatías jurídico de la exclusión de los ex altos cargos

El tribunal rechaza las cuestiones previas y ordena continuar el juicio contra el ex alcalde de Cazalla / José Ángel García

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla, que enjuicia el tercer juicio de los ERE por las ayudas de más de 8 millones concedidas a las empresas del corcho de la Sierra Norte de Sevilla, ha reconocido este miércoles el galimatías jurídico producido por el enjuiciamiento de los beneficiarios de las ayudas sin que en este proceso se juzgue a los presuntos autores de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, tras la exclusión de los ex altos cargos decidida por otro tribunal de la misma Audiencia una vez que fueron enjuiciados en el denominado procedimiento específico.

El presidente de la Sección Cuarta, el magistrado Carlos Lledó, ha avisado durante la resolución de las cuestiones previas presentadas por las defensas de la "situación sugerente y complicada" que se ha generado por la exclusión de los ex altos cargos, una cuestión que ha tildado de "gran calado y enjundia jurídica", que puede considerarse, ha subrayado, como otro de los "posibles efectos perniciosos" de las macrocausas", y ha advertido asimismo que "nuestra vetusta ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882 no está absolutamente preparada" para estos macroprocesos.

En este sentido, ha dicho que si se juzgaran los concedentes y los beneficiarios de la ayudas en un mismo proceso sería una "causa eterna", mientras que si se desglosan en diferentes piezas -como ha ocurrido en el caso de los ERE y otras macrocausas- surgen "problemas de compatibilidad" como los que se están produciendo en este juicio.

El letrado Adolfo Cuéllar, que representa al ex alcalde de Cazalla de la Sierra Ángel Rodríguez de la Borbolla, hermano del ex presidente de la Junta, fue quien planteó como cuestión previa la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, a un proceso debido y a la seguridad jurídica por la "indefinición que se plantea" por parte de las acusaciones en relación con los hechos de los que se le acusa, por cuanto en este proceso se juzga a cinco personas como "cooperadores necesarios" pero no al ex director de Trabajo Javier Guerrero, ya fallecido, y a los ex consejeros de Empleo Antonio Fernández y José Antonio Viera, quienes fueron excluidos de este juicio por haber sido ya enjuiciados en el primer juicio, que está actualmente pendiente de la sentencia que dicte el Tribunal Supremo.

La Sala ha desestimado, no obstante, esta cuestión previa porque entiende que los hechos que se juzgan en este procedimiento no fueron incluidos en el juicio del denominado "procedimiento específico" por el que se concedían las ayudas, que acabó con la condena de los 19 ex altos cargos, entre ellos los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán. "En el procedimiento específico no se hace la más mínima referencia, aunque sea periférica, a los hechos que se someten a enjuiciamiento" y en los 1.821 folios de la sentencia sólo aparece "una referencia" sobre el ex consejero Antonio Fernández y "las empresas de la Sierra Norte, peor parece que se refiere a otras empresas, no a las del corcho", ha precisado el magistrado, que ha recordado que en la sentencia también se pone de manifiesto que las ayudas individuales "no han sido enjuiciadas" en ese procedimiento.

Carlos Lledó ha añadido que otra Sala de la Audiencia, la Sección Séptima -que resuelve todos los recursos de la macrocausa de los ERE- ha "entendido que los cargos públicos no pueden ser objeto de enjuiciamiento en la presente causa", lo que genera una "situación sugerente y complicada". En cualquier caso, el tribunal entiende que este problema deberá ser resuelto "en un momento posterior", no en este juicio, y ha añadido que la defensa no ha invocado una "efectiva indefensión material" por la exclusión de los ex altos cargos, al tiempo que la defensa ni siquiera pidió el archivo de la causa u otra consecuencia, además de que los acusados en este proceso "conocen qué hechos se les imputan y su participación", por lo que ha insistido en que las conclusiones a la situación generada "habrá que sacarlas en otro momento".

Tras la resolución de las cuestiones previas, el tribunal ha acordado que el juicio se reanude el próximo 4 de abril con la declaración de los guardias civiles que participaron en la investigación de las ayudas a la Sierra Norte, mientras que los cinco acusados comparecerán a partir del 12 de mayo, al haber aceptado el tribunal la petición de las defensas para que declaren al final del juicio, una vez que se hayan celebrado todas las pruebas de este tercer juicio de los ERE.

Los ex consejeros de Empleo Antonio Fernández y José Antonio Viera declararán como testigos el 5 de abril, mientras que los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) comparecerán durante tres días: 9, 10 y 11 de mayo.

La competencia para la fijación de las responsabilidades civiles

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla también se ha pronunciado sobre la cuestión previa planteada por la defensa de otro acusado respecto a la competencia de este tribunal para la fijación de las responsabilidades civiles en el caso de condena, dado que sobre uno de los acusados se inició un procedimiento ante el Tribunal de Cuentas que se encuentra paralizado a la espera de la resolución de la vía penal.

El tribunal, siguiendo la jurisprudencia del Supremo, ha optado por no enlucir del ámbito del juicio el pronunciamiento sobre la responsabilidad civil, si bien ha precisado que en el caso de que alguno de los acusados esté inmerso en un procedimiento de responsabilidad contable ante el Tribunal de Cuentas, la responsabilidad civil será "sustituida" por la que en su caso haya podido fijar ese tribunal, lo que según ha dicho Lledó no supone una desestimación de plano de la cuestión previa planteada por el abogado Jaime Ramírez, que representa a otro de los acusados, el empresario portugués del corcho Fernando Pedro Moreira Oliveira.

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