El tribunal pide a la Junta que se pronuncie sobre la petición de indulto a Griñán

caso de los ERE

La petición de la Audiencia a la Junta se produce a instancias de la Fiscalía Anticorrupción al tratarse de la "única parte perjudicada" por el caso de los ERE

El Supremo deja en manos de la Audiencia el indulto de Griñán

Los ex altos cargos de los ERE han cumplido su primer año en prisión

Los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en el juicio de los ERE.
Los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en el juicio de los ERE. / Efe

La Audiencia de Sevilla ha pedido a la Junta de Andalucía que se pronuncie sobre la petición de indulto del ex presidente de la Junta José Antonio Griñán y de otros siete ex altos cargos que fueron condenados a penas de prisión en el caso de los ERE.

La petición de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que finalmente debe resolver los indultos, se produce a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, y en la providencia dictada por el tribunal se pide a la Junta, como "única parte perjudicada" en el caso, que en el plazo de tres días se pronuncie sobre la petición de indulto planteada por el ex presidente andaluz, que fue condenado a seis años de prisión y cuya pena está inicialmente suspendida durante cinco años debido a la enfermedad que padece.

El tribunal ha dictado sendas providencias en el mismo sentido pidiendo a la Junta que se pronuncie sobre la petición de indulto de otros siete ex altos cargos, todo ello después de que el Tribunal Supremo dejara en manos de la Audiencia hispalense la resolución de la petición de estos indultos.

La Junta de Andalucía ejerce la acusación particular en el caso de los ERE pero en la pieza del denominado "procedimiento específico", en la que fueron condenados los ex presidentes José Antonio Griñán y Manuel Chaves, fue aparta del juicio porque en el año 2016, cuando gobernaba el PSOE, pidió el archivo para los ex altos cargos.

Los letrados del servicio jurídico sostuvieron entonces que ni había una "trama criminal" ni se creó un procedimiento específico para eludir los controles de la Intervención y conceder de forma arbitraria las ayudas de los ERE.

El escrito elaborado por los servicios jurídicos de la Junta analizó a lo largo de 69 folios el auto de procesamiento dictado por el juez de refuerzo Álvaro Martín y concluía que no puede sostenerse una acusación contra los ex presidentes ni contra el resto de ex altos cargos procesados, a los que la Fiscalía ha solicitado penas de prisión e inhabilitación.

La acusación particular considera que la tesis sostenida en el auto y en el informe elaborado por los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), a los que criticaba con vehemencia, "parte de la existencia de una trama criminal, que no consideramos acreditada de acuerdo con las diligencias de prueba acordadas en las actuaciones, que implicaría, durante más de diez años, la concertación por centenares de personas intervinientes en procedimientos, procesos y decisiones distintos, y sin relación entre sí, para la asignación arbitraria de fondos públicos, de los que se han seleccionado, no sabemos según qué criterios, menos de una treintena de personas", precisa el escrito del gabinete jurídico al que tuvo acceso este periódico.

Pero esta argumentación de la Junta fue tumbada tanto por la sentencia de la Audiencia de Sevilla como por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que ratificó las condenas de los ex altos cargos. La sentencia del Alto Tribunal, cuyo fallo se anticipó en julio de 2022 y cuyo contenido se conoció en septiembre de ese mismo año, consideró que José Antonio Griñán y Manuel Chaves conocían las ilegalidades, que no se podían utilizar las transferencias de financiación para el pago de las ayudas, y que con este modelo de gestión se propiciaba el "despilfarro" de los fondos públicos por la "ausencia de todo control", dado que las ayudas las concedía la Consejería de Empleo pero las abonaba la Agencia IDEA.

Los cinco magistrados que han compuesto el tribunal coinciden en que los ex altos cargos incurrieron en un delito de prevaricación, pero dos magistradas han emitido un voto particular en el que consideran que Griñán y otros cuatro ex altos cargos debieron ser absueltos de la malversación, que es la que conlleva las penas de cárcel.

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