El SAS niega la indemnización a la joven sevillana que se operó en la sanidad privada de cáncer para salvar su vida
Considera que el cáncer no es una urgencia vital y deniega el reembolso de unas intervenciones que la sanidad pública descartó por ser arriesgada y ante el avanzado estado de la enfermedad
La paciente reclama al SAS 48.000 euros por el coste de su operación de cáncer en la sanidad privada

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha rechazado la indemnización de 47.616,11 euros que reclama una sevillana de 28 años por el coste de varias intervenciones quirúrgicas y pruebas diagnósticas que se realizó en la sanidad privada por un cáncer de ovario, ante el "prácticamente desahucio vital al que le llevó la sanidad pública". La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud ha desestimado ahora el reintegro de estos gastos en una resolución en la que rechaza que las intervenciones de la paciente constituyeran una urgencia vital y rechaza asumir el coste a pesar de que la sanidad pública descartó la operación por ser arriesgada y ante el avance de la enfermedad.
La resolución del SAS, a la que ha tenido acceso este periódico, comienza reconociendo que efectivamente la paciente fue sacada de la lista de espera tras descartarse la cirugía por el comité de tumores, al afirmar que el 9 de agosto de 2023 en el comité de Carcinomatosis Peritoneal se decide "desestimar la cirugía de máximo esfuerzo tras valorar la respuesta a la quimioterapia y la extensión de la enfermedad", información que se trasladó a la familia y "se le da de baja en el Registro de Demanda Quirúrgica (RDQ)", es decir, se saca a la paciente de la lista de espera. Varias semanas después, en concreto, el 1 de septiembre de 2023, la joven estaba citada en la consulta de Oncología Médica, pero no acudió y comunicó por teléfono que "ha decidido trasladarse a Córdoba para ser intervenida", una operación que tuvo lugar al día siguiente, el 2 de septiembre.
Tras analizar el caso desde "la perspectiva de asistencia sanitaria urgente en situación de riesgo vital", el SAS ha rechazado el abono de las cantidades que reclama la paciente porque entiende que las dos operaciones a las que se sometió "ninguna reúne las condiciones de excepcionalidad del riesgo vital establecidas" porque, dice la Administración, "ambas operaciones fueron planificadas y se dispuso de tiempo para la toma de decisión por parte de la paciente".
Además, alega que desde el inicio de la enfermedad y su diagnóstico se le ha facilitado "una atención continuada, se ha consultado con otros servicios y al Comité de Tumores; se le han propuesto diferentes alternativas terapéuticas; se le ha seguido atendiendo de las complicaciones postquirúrgicas de la primera intervención y estando ingresada (citada para prueba diagnóstica), solicita el alta voluntaria en el SAS y acude ese mismo día a la segunda intervención en centro privado; en más, en la actualidad continúa su seguimiento del proceso en el Hospital Virgen Macarena de Sevilla".
La decisión de operarse es "comprensible", admite la Administración
El SAS admite que “la decisión de operarse es comprensible desde el punto de vista individual", pero niega el reembolso del dinero de las intervenciones a la paciente porque, añade, que “supondría reconocer un uso abusivo de los servicios sanitarios públicos, ya que desde el SAS se le han ofrecido diferentes alternativas de la que se ha ido informando a ella y a sus familiares y es ésta la que adopta la decisión individual de acudir a un centro sanitario privado en ambas ocasiones" y, además, “no pueden obligar al conjunto social a asumir esos gastos por el sistema sanitario público, ya que ello supondría, entre otras cosas, una discriminación respecto a otros pacientes en similares circunstancias y no puede aceptarse desde la perspectiva de la financiación por parte de la sanidad pública, dado que en ningún caso ha sido indicada por ésta".
La paciente recurrirá la decisión del SAS
El abogado Pedro Arnaiz, que representa a la joven sevillana, ha mostrado su disconformidad con la decisión del SAS y ha anunciado que la recurrirá porque los motivos que alega la Administración para denegar el pago son "inadmisibles desde el punto de vista legal, médico y humanitario". El letrado va a presentar una reclamación previa a la vía judicial y no desistirá hasta que el SAS reconozca su derecho a la compensación de los gastos, aunque esto suponga para la Administración que se "abra una vía para que otros pacientes en iguales circunstancias" puedan plantear reclamaciones similares, algo que, explica el letrado, "parece ser la razón principal para no querer reembolsarle lo que le ha costado operarse en la sanidad privada".
Sobre los argumentos de la resolución del SAS, Pedro Arnaiz indica que tras citar los cuatro requisitos para que proceda la devolución solicitada, esto es, que se trate de una urgencia inmediata, que sea de carácter vital, que no hubiera posibilidad de utilización de los servicios de la sanidad pública y que el caso no constituya una utilización abusiva de la excepción, los analiza y los descarta con unos argumentos a su juicio totalmente desafortunados. Así, el letrado indica con respecto a que no se trataba de una urgencia inmediata porque las intervenciones fueron planificadas, que el 1 de septiembre de 2023 fue vista en la sanidad privada siendo intervenida de urgencia "al día siguiente".
El letrado recuerda que, en contra del criterio de la Administración, se trataba de una intervención de carácter vital, porque "hablamos de un cáncer en estadio IIIC con metástasis que el SAS descartó operar dada la extensión de la enfermedad”.
Reconocen que "la habían abandonado a su suerte"
Tampoco existía la posibilidad de utilización de los servicios de la sanidad pública, como justifica el SAS, puesto que "están reconociendo que la habían abandonado a su suerte", asegura Pedro Arnaiz, que niega que esta reclamación de los gastos suponga una utilización abusiva de la excepción, porque "se le habían ofrecido otras alternativas y es la paciente la que decide acudir a un centro privado", preguntándose la enferma qué alternativas le ofrecían porque no hubo ninguna tras descartar la operación y, lo que es más grave, "por absurdo y por revelar la realidad y verdadera causa de la negación del reembolso del importe". En este sentido, prosigue el letrado, reconociendo que “comprenden desde el punto de vista individual que haya querido salvar su vida, añadan a continuación que si se le reconoce el derecho a la devolución de lo que le ha costado supondría una discriminación respecto a otros pacientes en circunstancias similares”.
Pedro Arnaiz apunta que la pregunta que queda en el aire, sin respuesta, es la siguiente: "¿Se deniega el reembolso, aun siendo comprensible que quisiera salvar su vida en la sanidad privada tras ser desahuciada por la pública, porque si se le reconoce a ella, teniendo derecho, habría que reconocérselo a otros andaluces?".
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