La juez rectifica su decisión de exigir al Ayuntamiento la fianza de 5 millones por el brote de listeriosis

caso magrudis

La instructora aclara en un auto que "no es necesario" en este momento procesal reclamar al Ayuntamiento la fianza al "no existir riesgo de que no pueda hacer frente a las responsabilidades civiles" que pudieran corresponderle

La juez abrió juicio oral contra la veterinaria municipal y declaró al Consistorio responsable civil subsidiario del brote de listeriosis

El Ayuntamiento de Sevilla defiende que la "responsabilidad máxima" recae en los empresarios de Magrudis
El Ayuntamiento de Sevilla defiende que la "responsabilidad máxima" recae en los empresarios de Magrudis / María José López / Ep

El Ayuntamiento no tendrá que depositar la fianza de 5.025.648,40 euros. La juez de Instrucción número 10 de Sevilla ha rectificado su decisión de exigir al Ayuntamiento de Sevilla el abono de esta fianza, como responsable civil subsidiario del mayor brote de listeriosis detectado en 2019 en España, que provocó cuatro muertos, siete abortos y 245 lesionados.

La instructora, Pilar Ordóñez, dictó el pasado 21 de noviembre el auto de apertura de juicio oral contra los seis acusados, entre los que se incluye la veterinaria municipal María José O. B., y requirió a cinco de ellos, entre ellos los dueños, para que en el plazo de un día presten una fianza solidaria de cinco millones de euros.

En ese auto, la juez requirió también el plazo de un día al Consistorio para que prestara la fianza solidaria de 5.025.648,40 euros, como responsable civil subsidiario de los delitos de "homicios, abortos, lesionados y de la indemnización a la Junta de Andalucía" por el gasto sanitario que provocó el brote de listeriores. Todo ello para "asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva pudieran imponérsele, en cualquiera de las clases señaladas en los artículos 591 y 764.2 y 3 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, con el apercibimiento de que de no prestarla se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada".

Sin embargo, el Ayuntamiento pidió a la instructora que "aclarara o rectificara el error material" de ese auto, lo que ha motivado un nuevo pronunciamiento de la juez en el que no considera necesario que el Ayuntamiento preste la fianza en este momento procesal.

En concreto, la juez señala en un nuevo auto, al que ha tenido acdeso este periódico, que una vez examinados los autos y "comprobando la existencia de un error material, procede aclarar la resolución indicada en el sentido interesado", dado que "con base en el artículo 177.2 de la ley de Haciendas Locales no es necesario en este momento procesal exigirle al Ayuntamiento de Sevilla el pago de una fianza al no existir riesgo de que no pueda hacer frente a sus responsabilidades civiles que en un futuro pudieran recaerle".

En el auto de apertura de juicio oral, la magistrada también requirió a Magrudis S.L. y Elaborados Cárnicos Mario S.L. para que, en el plazo de un día, “presten fianza solidaria en cantidad de 5.166.688,50 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta de Andalucía y al Ayuntamiento de Sevilla)”, y 36.000 euros “como responsabilidad pecuniaria que pudiera imponérseles”.

Además, reclamó a los investigados José Antonio Marín Ponce y a su hijo Sandro la misma fianza de 5.166.688,50 euros y otros 3.060 euros “como responsabilidad pecuniaria que pudiera imponérseles”. Al otro hijo, Mario, y a la mujer del dueño Encarnación Rodríguez se les requiere que presten fianza por importes de 5.166.688,50 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta y al Ayuntamiento)” y 1.440 euros “como responsabilidad pecuniaria que pudiera imponérseles”.

Por último, requirió a la inspectora veterinaria municipal María José O.B. se le reclama que en el plazo de un día “preste fianza solidaria en cantidad de 5.025.648,40 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta de Andalucía)”, y al acusado Sergio L. G. para que “preste fianza solidaria en cantidad de 1.440 euros como responsabilidad pecuniaria que pudiera imponérsele”.

En junio pasado, la instructora acordó la finalización de la instrucción y procesó al principal investigado, José Antonio Marín Ponce, administrador de hecho de Magrudis; a sus hijos Sandro y Mario, a su mujer Encarnación Rodríguez y a la veterinaria municipal María José O. B. por un delito contra la salud pública en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio imprudente, seis delitos de lesiones al feto por imprudencia grave con resultado de aborto y 244 delitos de lesiones por imprudencia grave, declarando responsables civiles al Ayuntamiento de Sevilla y a la Compañía de Seguros AXA.

El juicio también se dirige contra el arquitecto Sergio L. G., que ha sido procesado por un delito de falsedad en relación con la "declaración responsable" que presentó Magrudis para el desarrollo de la actividad de la empresa que fabricaba la carne bajo la marca "La Mechá". La juez ha requerido al arquitecto que preste una fianzade 1.440 euros.

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