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El positivo en Covid de una acusada aplaza a mayo el quinto juicio de Invercaria

Quinto juicio de Invercaria / las ayudas a Lolita Canalla

El tribunal ha acordado la comparecencia de la administradora de la empresa, María Malo, que reside en Bali, para que dé explicaciones

Uno de los acusados sale de la Audiencia con su abogado. / Juan Carlos Vazquez

El positivo en Covid-19 de la administradora de la empresa Lolita Canalla, María Malo Feijoo, que reside actualmente en Bali, ha provocado este lunes el aplazamiento hasta el mes de mayo del quinto juicio de la macrocausa de Invercaria, en relación con las ayudas de 100.000 euros concedida a esta empresa textil. El fiscal delegado de Anticorrupción, Fernando Soto, ha solicitado a la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, encargada de celebrar este juicio, que acuerde la comparecencia de la acusada para que dé explicaciones sobre su incomparecencia.

A través de su abogado, la acusada, que se enfrenta a dos años y medio de cárcel, ha aportado un certificado de la provincia indonesia, en el que se acredita su positivo en Covid-19 y la imposibilidad de acudir al inicio del juicio, pero el tribunal ha acordado, a instancias del Ministerio Público, la comparecencia de María Malo para que dé explicaciones sobre este incidente que ha provocado la suspensión de la vista oral.

Mientras tanto, el tribunal ha fijado un nuevo calendario para celebrar este juicio a partir del próximo 18 de mayo, habiéndose establecido un total de nueve sesiones hasta el 31 de mayo, en la que declararán los testigos, peritos, y los tres acusados, que lo harán al final de la vista, una vez que se practique toda la prueba.

En este caso, la Fiscalía Anticorrupción reclama seis años de prisión y 20 años de inhabilitación para Tomás Pérez-Sauquillo, al que atribuye delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos en relación con la ayuda de 100.000 euros concedida por “pura liberalidad y arbitrio” a la empresa textil Lolita Canalla.

En el escrito de conclusiones provisionales, el Ministerio Público pide como inductores de los delitos mencionados otros dos años y medio de prisión y 11 de inhabilitación para la administradora de Lolita Canalla, María Malo Feijoo, y la misma pena para Ignacio Jarillo Aldeanueva, jefe de publicidad y comunicación de la empresa, y la persona encargada de las gestiones y conversaciones con Invercaria para la consecución del préstamo, además de ser la persona encargada de elaborar la documentación que se entregó y quien mantenía las reuniones con sus responsables.

Además de las penas de prisión, la Fiscalía reclama que los tres acusados indemnicen “conjunta y solidariamente” con 100.000 euros a la agencia Idea.

El juez de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas, investigó esta ayuda a Lolita Canalla, una sociedad mercantil constituida el 12 de julio de 2005 en Tarifa (Cádiz) y dedicada al diseño, confección y venta de textil y complementos, y que en febrero de 2006 tenía un capital social de 55.000,80 euros.

Lolita Canalla tiene préstamos con entidades por valor de 1.194.000 euros y el 19 de julio de 2009 recibió un préstamo de Invercaria por 100.000 euros “sin que hasta la fecha se haya pagado cantidad resultante del mismo”. Para la concesión de este préstamo, se aportó un plan de negocios e innovación por la mercantil y un informe de riesgo de la entidad Axesor, pero la Fiscalía explica en su escrito de conclusiones que del examen de las declaraciones de liquidación tributaria “puede observarse cómo la mercantil disminuía progresivamente tanto su valor como sus ventas, hasta el punto de que en 2008 liquidó por concepto de IVA 47.016,07 euros”, y en 2009 depositó cuentas fuera de plazo y se encontraba en “causa lega de disolución” a la fecha de solicitar el préstamo.

Para la concesión del crédito, prosigue la Fiscalía Anticorrupción, no se realizó ni propuesta de inversión y “ni un solo informe positivo” por parte de Invercaria, debiéndose dicha concesión “a la pura liberalidad y arbitrio de Tomás Pérez Sauquillo”, quien actuando aún dentro de sus facultades, faltó de modo patente al procedimiento descrito en el plan director 2005-2008 y sin que fuera un proyecto escalable, tal y como se denominaba en la entidad a los proyectos propios de capital riesgo”.

Según el Ministerio Público, tampoco fue “aprobado o informado siquiera por los departamento de Invercaria, como el comité de dirección e inversiones”.

El préstamo que Pérez-Sauquillo decidió dar a Lolita Canalla “no era participativo, modalidad usual con la que Invercaria invertía en terceras sociedades, tenía una duración de cinco años y un vencimiento el 29 de julio de 2014, con un año de carencia”.

El 29 de enero de 2010 se faltó al primer pago del vencimiento y en enero de 2013, ante el impago de las cantidades totales por parte de la mercantil “en todas sus cuotas”, Invercaria instó la reclamación del capital e intereses ante los juzgados de Algeciras. La Fiscalía dice concluye que a fecha de la decisión del ex presidente de Invercaria y la concesión del préstamo y debido a la situación económica, “la mercantil estaba en causa de disolución”.

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