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Firme la absolución de la antigua cúpula de los empresarios andaluces

Confederación de Empresarios

La Fiscalía, el administrador concursal y los acreedores no recurren la declaración del concurso como fortuito

Tampoco lo hará la Sareb, que llevó el caso a la Fiscalía como principal acreedora

Manifestación en el año 2013 de afectados por la paralización de los pisos
Amanda Glez. De Aledo

09 de julio 2020 - 05:00

La sentencia que absolvió a la anterior cúpula de los empresarios andaluces por la quiebra de una promoción de viviendas en Sevilla Este es firme desde este miércoles, al haber concluido el plazo de recurso sin que lo hagan la Fiscalía de Sevilla, el administrador concursal ni los acreedores.

El ex presidente de la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), Santiago Herrero, el ex vicepresidente Juan Salas Tornero y el ex secretario general Antonio Carrillo fueron exculpados por el juez de lo Mercantil 2 de Sevilla, quien declaró fortuito el concurso de acreedores de la fundación de la CEA que promovió 583 viviendas VPO en Sevilla Este.

Según el juez, la anterior cúpula empresarial no cometió irregularidades contables, no ocultó pasivo y eligió a una de las empresas constructoras mas solventes de la época. Como cuarto demandado figuraba la constructora Dolmen (ahora liquidada) y su administrador, Antonio González Lara, que también resultó exculpado.

El administrador concursal, Jesús Borjabad, había pedido que se declararse culpable el concurso de la Fundación para el Desarrollo del Sur de Europa y que se condenara a Salas Tornero, Carrillo y Herrero a inhabilitación para administrar los bienes ajenos durante un periodo de tres y cuatro años y a restituir a la concursada diferentes porcentajes del déficit patrimonial.

La Fiscalía pidió su inhabilitación para administrar bienes ajenos durante tres años. Ambas partes les acusaron de irregularidades contables “relevantes” y de la agravación de la insolvencia por culpa grave. El fiscal pedía inicialmente que cada uno de los directivos de la CEA abonase cantidades de entre 1,8 y 2,8 millones de euros, según el tiempo en que permanecieron al frente de la Fundación.

Las 583 viviendas se encuentran ahora habitadas pero la quiebra dejó cuantiosas deudas tanto con grandes acreedores como las aseguradores como con pequeños suministradores.

Un portavoz de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), que fue la primera que denunció el caso en la Fiscalía como principal acreedora, informa a este periódico de que van a secundar a la administración concursal y al fiscal en su decisión de no recurrir.

Tampoco va a hacerlo la aseguradora Milennium, a la que adeudan mas de cinco millones de euros ya que, en caso de perderlo, el trámite le supondría costas por encima de los 100.000 euros, según fuentes del caso.

En su sentencia, el juez reconoció que la fundación contabilizó de modo incorrecto las obligaciones derivadas de los préstamos que le fueron concedidos, pero añadió que esa irregularidad contable “no era relevante” para la comprensión de la situación patrimonial o financiera de la concursada.

La concursada “no ocultó pasivo alguno, sino que lo contabilizó de modo incorrecto” (incorporando como pasivo no corriente lo que era pasivo corriente) y dicha incorrección o irregularidad “no tenía capacidad, por sí sola para influir en las decisiones económicas de quienes consultaran las cuentas anuales”.

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