Un juez perdona una deuda de 60.643 euros a un funcionario de Sevilla por la ley de Segunda Oportunidad
Ley de segunda oportunidad
El deudor podrá además conservar su vehículo, según la decisión judicial
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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla ha cancelado todas las deudas pendientes de un funcionario, por importe total de 60.643,96 euros, permitiéndole además mantener su vehículo en propiedad. A partir de esta resolución, el funcionario puede comenzar de cero financieramente y solicitar la salida inmediata de todos los ficheros de morosos en los que esté incluido.
Los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento se han encargado de llevar este caso exitosamente, logrando la sentencia en tan solo 10 meses, a través de un concurso breve que permite mantener su único bien a este deudor.
Frecuentemente, los empleados públicos tienen más facilidades para obtener créditos que otros perfiles con ingresos menos estables. En este caso, este sevillano solicitó diferentes préstamos previendo poder hacerles frente en el futuro cercano, pero sin ser consciente de que las condiciones y los intereses le iban a ser inasumibles con su nómina en pocos meses.
Sin darse apenas cuenta acumuló créditos por 60.643,96 euros totales con diferentes financieras. El problema estalló cuando, tras fallecer su madre, quien le ayudaba a pagar sus deudas, tuvo que enfrentar los préstamos únicamente con su nómina. A pesar de que el interesado intentó hacer frente a la cuota mensual total, llegó el momento en el que le era imposible compaginarlo con sus gastos básicos.
Previendo que en no mucho tiempo agotaría sus ahorros para abonar las cuotas mensuales de las financieras, en abril de 2022 decidió buscar ayuda legal para refinanciar o lograr solventar la deuda de forma amistosa. Fue entonces cuando los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, concretamente, Pepe Domínguez, tras comprobar que cumplía los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, le recomendaron iniciar el trámite.
Un aspecto de importancia para este vecino era mantener su vehículo en propiedad tras el proceso. La nueva Ley Concursal permite excluir este bien de la liquidación, es decir, permite al deudor conservarlo, por tener una financiación con reserva de dominio que iba al día de pagos:
“El coche tiene un valor considerable, pero es cierto, que sobre él pesa un préstamo con garantía real. Siempre que este crédito se vaya pagando como se firmó, el coche no constaría como un activo libre de cargas y, por tanto, no se debe vender para pagar parte de las otras deudas”, explica el letrado Pepe Domínguez.
Convencer a un cliente de que le van a perdonar sus deudas en pocos meses
En abril de 2020 este deudor contaba con que para lograr el perdón de sus deudas debía presentar antes un plan de pagos a sus acreedores en notaría. No obstante, justo cuando se disponía a coger cita, se aprobó la reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad la cual agiliza los trámites y permitía ignorar este formalismo.
A pesar de ser en su día una noticia prometedora, el abogado confiesa que el deudor sintió miedo de cambiar la estrategia y presentar directamente concurso de acreedores:
“Ya cuesta de por sí convencer a un cliente de que le van a perdonar las deudas que llevan quitándole el sueño durante años, imagina cuando en pocos meses le informas de que el procedimiento será más sencillo aún e iremos a concurso de acreedores directamente a pedir este beneficio. Afortunadamente, el deudor confió en nuestro buen hacer y hemos logrado te diría hasta exceder sus expectativas”, asegura el abogado de la asociación.
Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad tras la reforma
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos básicos, tales como la insolvencia del interesado, es decir, no contar con activos suficientes para pagar las deudas, carecer de antecedentes penales socioeconómicos y no haber sido beneficiado por la Ley de la Segunda Oportunidad en los previos cinco años. Todo esto se resume en que el solicitante sea un “deudor de buena fe”.
Una vez comprobadas estas condiciones, el juez encargado del presente caso no ha tenido dudas y ha perdonado a este funcionario la totalidad de las obligaciones pendientes de abonar hasta la fecha.
Esta resolución dictada el pasado 10 de febrero concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 60.643,96 euros y mantener su vehículo en propiedad.
Desde entonces, los acreedores del ya ex deudor -entre ellos, Banco Santander, Servicios Financieros Carrefour o Bankinter- no podrán reclamarle ningún pago más ni incluirlo en ficheros de morosos.
No es el primer caso en el que la Asociación de Ayuda al Endeudamiento consigue exonerar a un funcionario, siendo este perfil uno de los más comunes, debido a la facilidad para lograr créditos preconcedidos.
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