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Un opositor a inspector de Policía logra una sentencia que obliga a Interior a razonar la nota de su examen

La sentencia obliga a emitir un informe "suficientemente motivado y detallado" sobre los criterios del tribunal

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Examen de unas oposiciones, en una imagen de archivo. / Europa Press

Un opositor a inspector de la Policía Nacional ha conseguido una sentencia favorable que obliga al Ministerio de Interior a motivar y razonar la nota de su examen. El reclamante es un vecino de Écja que no aprobó el examen por escaso margen y ahora, tras esta decisión de la Justicia, el órgano examinador tendrá que emitir un informe "suficientemente motivado y detallado".

El fallo, según ha explicado el abogado Fernando Osuna, obliga igualmente especificar los criterios que adoptó el tribunal de la oposición en una determinada parte del ejercicio y además el examinador tendrá que concretar que la aplicación de los criterios empleados condujo a la nota de calificación.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid resuelve el recurso presentado por el opositor contra la resolución de la Dirección General de la Policía del 3 de junio de 2022, que rechazó el recurso de alzada presentado por el aspirante contra el acuerdo del tribunal calificador del proceso selectivo para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía.

El opositor solicitó que se emitiera un informe "suficientemente motivado y detallado" sobre "cuáles fueron los criterios que se adoptaron por el tribunal al objeto de que la valoración de la parte c) 'resolución de un supuesto' del segundo de los ejercicios ('conocimientos'), de la fase de oposición de las pruebas selectivas de referencia fuera lo más homogénea y justa posible; los criterios de valoración cualitativa que se utilizaron para emitir el juicio técnico correspondiente; y, en fin, el concreto porqué la aplicación de esos criterios condujo al resultado individualizado que determinó la concreta valoración que se otorgó" a este opositor en el ejercicio de referencia, que fue de 3,04 puntos, y en el que, por no haber alcanzado una valoración de al menos 4 puntos, le impidió la superación del mismo.

 

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