Un hombre que le quemó el chalet a su abuelo y a los dos días intentó matarlo se libra de la cárcel tras un acuerdo judicial

Incendio y tentativa de homicidio en Palomares del Río

La Audiencia de Sevilla impone casi tres años y medio de prisión al nieto por unos hechos ocurridos en una finca de Palomares en 2022, pero la Fiscalía y la víctima aceptan que esa condena no se ejecute

El abuelo aceptó que el acusado le pagase una indemnización de 15.000 euros como paso previo para rebajar las penas que inicialmente pedía contra su familiar, con quien tenía una relación de "enemistad"

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Los hechos ocurrieron en una finca junto a esta carretera, la SE-3301, el 27 de febrero y el 1 de marzo de 2022.
Los hechos ocurrieron en una finca junto a esta carretera, la SE-3301, el 27 de febrero y el 1 de marzo de 2022. / M.G.

Un hombre que prendió fuego al chalet de su abuelo y dos días después intentó matarlo a golpes, todo como consecuencia de una pésima relación que había degenerado en “enemistad”, ha sido condenado a distintas penas que suman tres años, cuatro meses y diecisiete días de cárcel. Sin embargo, no entrará en prisión. Su abogado negoció un acuerdo con la Fiscalía y con la propia víctima y, además de rebajar las peticiones iniciales de reclusión, consiguió que aceptasen que se suspenda la ejecución de esas penas de internamiento en un centro penitenciario. El abuelo dio el visto bueno al pacto tras recibir una indemnización de 15.000 euros. Los hechos ocurrieron en Palomares del Río.

En una sentencia firme dictada el 29 de mayo y facilitada por la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla condena a Antonio P.R. a dos años, seis meses y un día de cárcel por un delito de tentativa de homicidio, seis meses por un delito de incendio (sin comportar peligro para la vida o integridad física de las personas) y cuatro meses y dieciséis días por un delito de quebrantamiento de medida cautelar. También le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de su abuelo durante cinco años y un día. Y aunque no decide si suspende o no la ejecución de las penas de prisión, sí refleja en su resolución que la defensa lo solicitó y que la Fiscalía y la defensa de la víctima mostraron su conformidad. Una de las condiciones, lógicamente, es que no cometa ningún delito durante varios años.

Los hechos que la Audiencia declara probados, con la conformidad del propio acusado, empezaron en la mañana del 27 de febrero de 2022. Antes de las 10.00 horas, Antonio P.R. accedió a la finca donde reside su abuelo, en los márgenes de la carretera SE-3301 en el término municipal de Palomares. “A sabiendas de que no había ninguna otra persona en el interior”, el nieto metió “rastrojos y trozos de madera” por las ventanas de las habitaciones y les prendió fuego “con ánimo de provocar un incendio y cuantiosos daños”. No sólo calcinó los dos cuartos y provocó daños cuantificados en más de 400 euros, sino que bloqueó la cancela de entrada a la finca con alambres para impedir que los bomberos accedieran al lugar. Después, el encausado fue sorprendido por su abuelo mientras huía del recinto.

Cuando cometió este hecho, Antonio P.R. tenía en vigor una orden de alejamiento respecto de la víctima acordada por el Juzgado número 2 de Coria del Río el 13 de noviembre de 2021. El día del incendio, por tanto, quebrantó esa medida cautelar. Pero no se quedó ahí. Menos de 48 horas después de incendiar la vivienda, entre las 6.15 y las 6.30 de la mañana del 1 de marzo, volvió a presentarse allí aunque con un propósito más grave: intentar matar a su abuelo.

Lo que hizo fue esperar al hombre cerca de la valla de acceso a la finca, en esa ocasión con una braga ocultando su rostro. Cuando el abuelo llegó, el nieto se abalanzó sobre él y lo golpeó “repetidamente” en la cabeza, la cara, el tronco, los brazos y las piernas con un objeto contundente que no fue hallado. Pese a su resistencia, el agredido acabó en el suelo. El agresor siguió pegándole hasta que la víctima consiguió lanzarle tierra a los ojos y forzarlo a huir. Antes, sin embargo, le bajó la braga y consiguió identificarlo.

Como consecuencia de este episodio, el perjudicado sufrió distintas fracturas en la cara, varios dedos y el peroné derecho, así como heridas incisocontusas en el cráneo y la mano derecha, artritis postraumática en la rodilla derecha y un edema en el ojo derecho. Tardó tres meses en recuperarse y la mitad de ese tiempo tuvo una pérdida de calidad de vida “moderada”. Aun así, todavía presenta secuelas funcionales, como vértigo y limitación en un dedo de la mano derecha; estéticas, como cuatro cicatrices en la cara, un antebrazo y una mano; y psíquicas, como un trastorno neurótico grave.

El abuelo empezó reclamando una indemnización por las lesiones sufridas, las secuelas, el perjuicio moral y los daños causados en su vivienda. Ya el día del juicio, sin embargo, compareció ante el tribunal y manifestó que únicamente pedía 15.000 euros por lesiones y daños y que renunciaba expresamente a cualquier otra cantidad. También con anterioridad a la celebración del juicio, el acusado ingresó la cantidad reclamada. Como la sentencia también recoge que en la época de los hechos era consumidor de cocaína de larga evolución, “lo que debilitaba su capacidad volitiva”, y en el juicio reconoció los hechos al mostrar su conformidad con el escrito definitivo de la Fiscalía, Antonio P.R. se aseguró así las atenuantes de reparación del daño, drogadicción y confesión, con las consiguientes rebajas en la condena final. También se le aplicó la agravante de parentesco.

El nieto, en todo caso, sí llegó a pisar la cárcel porque entró en prisión provisional y sin fianza el 3 de marzo de 2022.

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