Cabrera recurre su imputación por la “absoluta falta de motivación”
Macrocausa de la mafia del taxi
El delegado se persona en la macrocausa del taxi con el abogado José Manuel García-Quílez
El delegado de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla, Juan Carlos Cabrera, ha presentado un recurso contra la decisión de la juez que investiga la macrocausa de la mafia del taxi de imputarle en este proceso, al estimar que la resolución por la que la instructora acuerda su citación para el próximo 18 de febrero deber ser declarada nula “por su completa y absoluta falta de motivación”.
Cabrera, que ya se ha personado en la causa a través del abogado José Manuel García-Quílez, de Zurbarán Abogados, ha presentado un escrito en el juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla en el que impugna la providencia dictada por la magistrada Reyes Flores en la que únicamente se señalaba que “visto el resultado de las diligencias practicadas se acuerda citar a declarar en condición de investigado al delegado de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla, Juan Carlos Cabrera, para el próximo día 18 de febrero”.
El abogado de Cabrera considera que la imputación del edil vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y le causa indefensión por la “absoluta falta de concreción tanto de los hechos como de los delitos en que se basa la imputación”, por cuanto nada de ellos se menciona en la providencia y esto deriva en que el concejal “ni siquiera puede intuir las razones que sustentan la imputación penal”. El letrado José Manuel García-Quílez añade en su escrito que, en el presente caso, el delegado de Movilidad “no conoce porque nada se le comunica ni notifica al respecto, ni siquiera mínimamente, sobre cuáles son los hechos punibles en los que pudiera haber tenido alguna participación en algún momento”.
La defensa cita jurisprudencia de la Audiencia de Sevilla, del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional para exponer que, jurisprudencialmente, “se exige que la imputación sea concreta, proporcionando información sobre los hechos indiciarios obrantes en la investigación de los que podría ser responsable el llamado en calidad de investigado y sobre la preliminar trascendencia jurídico-penal individualizada”.
El letrado concluye que “no se ha facilitado ni siquiera de manera mínima una expresión concreta y precisa de los hechos punibles cuya comisión se le atribuye, ni se especifica en qué concreto delito ha podido tener participación o intervención”.
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