El juzgado acuerda la venta de los bienes embargados de Magrudis por 11.500 euros
Magrudis
Todavía queda por aprobar la venta de los vehículos intervenidos a los responsables de la empresa.
El juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla, que investiga el mayor brote de listeriosis detectado en España, ha acordado la venta de los bienes embargados en las naves de Magrudis -empresa responsable del mayor brote de listeriosis detectado en España y que ha causado la muerte de cuatro personas, seis abortos y más de 200 afectados- que se pactó en el convenio de realización.
En un decreto, el juzgado recuerda que una vez valoradas las distintas ofertas presentadas sobre los 26 bienes embargados y depositados en las naves de Magrudis, se aprobó como la "más conveniente" la realizada por importe de 11.500 euros, cantidad que ya incluso fue depositada por el comprador en la cuenta de consignaciones de dicho órgano judicial.
El pasado 23 de abril, la juez dictó asimismo un auto autorizaron la realización de los bienes embargados de forma "anticipada", si bien se realizó la salvedad de los vehículos embargados sobre los cuales "pesan cargas anteriores". En relación a los vehículos, y "aun considerando esta vía de realización la más adecuada par alcanzar mayor rédito posible de los mismos, se entendió en el indicado auto que habría de esperarse al conocimiento de las referidas cargas", por lo que aunque se hicieron ofertas sobre los mismos éstas habrán de valorarse "una vez se sepa del importe de los embargos previos".
La juez aún tiene que pronunciarse sobre la petición de la Fiscalía de que se declare al Ayuntamiento de Sevilla responsable civil en la causa de Magrudis, por el "deficiente control sanitario y de la licencia de actividad" realizado por la Administración local.
En un escrito presentado en el juzgado, la Fiscalía pide que se archive la causa contra la inspectora veterinaria municipal María José O. B., pero al mismo tiempo considera que el Ayuntamiento debe ser declarado responsable civil y "asumir las consecuencias de su inacción, acción deficiente y acción tardía, por cuanto supone de funcionamiento normal o anormal de un servicio público y la trascendencia en el resultado producido"
Según la Fiscalía, la actuación del servicio de inspección veterinaria del Ayuntamiento fue “sin duda, deficiente”, aunque ha pedido el archivo de la causa contra la inspectora veterinaria investigada por la “falta de medios del propio servicio de inspección y la sobrecarga de trabajo, por la escasa dotación de personal a la vista de la existencia de sólo nueve veterinarios oficiales para el distrito de Sevilla”.
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