Un juzgado de Sevilla exonera 60.000 euros al dueño de una inmobiliaria que quebró
Ley de Segunda Oportunidad
El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sevilla (Andalucía) ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) a un joven que tenía una inmobiliaria y se endeudó con la crisis de 2008, llegando a deber 60.000 euros. El caso ha sido tramitado por Repara tu Deuda Abogado.
"El concursado -explican los abogados- tenía una inmobiliaria en el 2008. No vendía nada por la crisis en el país. Pidió créditos personales para mantener a su personal y a la empresa. Pero fue imposible de sostener”. Acudió al despacho para salir de la situación de sobreendeudamiento en la que se encontraba.
La Ley de Segunda Oportunidad fue aprobada en el año 2015. Aunque existe cierto desconocimiento sobre esta herramienta, cada vez más personas solicitan acogerse a ella para empezar una segunda vida desde cero y cancelar las deudas que han contraído y a las que no pueden hacer frente.
Es fundamental en estos casos cumplir con los requisitos que exige esta legislación. Así, el montante de la deuda no puede ser nunca superior a los 5 millones de euros, se debe haber procurado un acuerdo extrajudicial para el pago a plazos de esta cantidad y el deudor tiene que actuar de buena fe, sin ocultar bienes ni ingresos y ser colaborador en el proceso.
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