La Justicia perdona 25.000 euros de deuda a un sevillano que perdió su trabajo

Al quedarse en paro vio reducidos sus ingresos a la mitad y no pudo hacer frente a los préstamos

Acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que le asesoró para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad

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Un juez perdona 441.000 euros a un sevillano por la ley de Segunda Oportunidad

Un juzgado de Sevilla ha perdonado 25.000 euros a un sevillano que perdió su empleo y pasó a ver reducidos sus ingresos al a mitad. La dificultad para volver a encontrar un trabajo estable le impidió llevar al día los préstamos, según informó este miércoles la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, cuyos abogados han logrado exonerar a este hombre de todas sus deudas aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad.

La organización relató que este sevillano "se encontraba en una situación estable hasta que perdió su empleo". "Pasar de su nómina a la prestación por desempleo que le correspondía significaba una disminución de sus ingresos de un 50%", indicó la asociación. Esto, que apenas le daba para cubrir sus gastos mensuales indispensables, le obligó a dejar de pagar algunos préstamos.

La dificultad para encontrar un empleo estable complicaba la situación conforme pasaba el tiempo. "Los impagos se encadenaban y la deuda subía muy rápido por los intereses de demora. Fue entonces cuando, en 2023, tuvo que buscar solución y contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento", detalla la nota de prensa. Esta asociación está compuesta por abogados especialistas en la llamada Ley de la Segunda Oportunidad. Fueron estos letrados los que comprobaron que cumplía todos los requisitos para declararse insolvente.

Pepe Domínguez, abogado de la asociación, detalla cómo fue el asesoramiento en este caso. "Acudir a nosotros suele ser la última opción cuando ya no saben qué hacer. Llegan en una situación límite económica y anímicamente. Por suerte, después de contarles cómo podemos ayudarle, la alegría es enorme".

El inicio del procedimiento trajo buenas noticias de forma inmediata. Se comunicó al juzgado de su municipio que el deudor no tenía forma de pagar todo lo que debía y comenzó un periodo de negociación preconcursal. Esto lo exime de pagar a todos los acreedores durante unos meses, con el consecuente respiro económico y ahorro que supone.

Tras esto, se presentó en el juzgado de lo mercantil la demanda del concurso con todos los datos importantes de la situación del deudor: ingresos, bienes en propiedad, estado civil, deudas, origen de los préstamos… Admitida por el juzgado, daba inicio a la fase judicial donde se solicitaría el perdón de todas las deudas acreditando el cumplimiento de todo los requisitos que marca la ley para poder beneficiarte.

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos cinco años y carecer de delitos de orden socioeconómico. Una vez comprobados estos condicionantes, se dictó la resolución definitiva el pasado 26 de julio concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho), que ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 24.292,88 euros. Con esta sentencia los acreedores del concursado no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos al ya ex deudor.

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