La justicia cancela los 245.000 euros de la deuda de un matrimonio de Sevilla por varios microcréditos
La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha cerrado este expediente aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad vuelve a convertirse en el alivio para muchas familias que están agobiadas económicamente. En esta ocasión, el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Sevilla ha exonerado a un matrimonio de las deudas contraídas tras acudira a varios microcréditos. Con un solo sueldo que les permite apenas cubrir sus gastos más necesarios, en los meses de más ahogo o en algún bajón esporádico su vía de salida era solicitar un microcrédito.
Según explican desde la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, "el gran desconocimiento de esta financiación es que los intereses generan más perjuicio que ayuda en la situación, llevándote al límite económica y anímicamente. ¿Cuánta gente a dia de hoy en pleno desespero económico no ha creído que esta era la mejor solución?".
Cuando más desesperados estaban por querer solucionar esos impagos, el matrimonio solicitó más para poder hacer frente a los antiguos intereses, "generando lo que a día de hoy denominamos como una ¨espiral de deudas¨ llegando a acumular 245.000 euros, conocieron lo que a día de hoy se llama La Ley de la Segunda Oportunidad" .
Ahí es cuando acudieron a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad de ámbito nacional que ayuda a personas que no ven salida a sus deudas. Tras estudiar su caso, los abogados de la entidad le aconsejaron declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Pepe Dominguez, abogado de la asociación, explica que en estas situaciones, "la desesperación lleva a solicitar nuevos créditos para pagar otros antiguos, pero esto no es más que un parche. Los intereses de estos créditos pueden superar el 100% TAE y, si impagas un recibo, las llamadas con continuas amenazas se convierten en todo un calvario para los deudores".
Pasos para conseguir la liberación de las deudas
El primer trámite es informar a los Juzgados competentes de la situación de los deudores. Con un preconcurso de acreedores, comienza un periodo por el cual los interesados no deben pagar a nadie y tienen cualquier posibilidad de embargo paralizada.
En el siguiente paso, se presenta la demanda de concurso por los letrados en el Juzgado Competente. "Lo que se pide al tribunal es la apertura de una fase judicial donde se exponen principalmente dos aspectos: la situación actual de la deudora y la explicación de cómo se originó todo, demostrando que son deudores de buena fe", explica.
Una vez admitido por el tribunal y valorado las posibilidades de pago de los protagonistas, en cuyo caso actual eran nulas, se procede a pedir la solicitud de exoneración. Los requisitos en términos generales son la insolvencia del deudor, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico. Concretamente, el juez debe confirmar estas condiciones antes de emitir la sentencia.
Esta resolución definitiva concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a esta pareja libre de deudores y tampoco estará incluida en ficheros de morosos.
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