La Junta amplía la prestación a los abogados de oficio por los procesos de mediación obligatorios

La Consejería de Justicia modificará la orden para abonar el asesoramiento jurídico en mediaciones aunque no haya acuerdo

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El consejero de Justicia, José Antonio Nieto, en un curso de mediación civil y mercantil.
El consejero de Justicia, José Antonio Nieto, en un curso de mediación civil y mercantil. / M. G.

La Junta de Andalucía abonará a los abogados de oficio su asesoramiento jurídico en los procesos de mediación obligatorios, aunque estos no logren alcanzar un acuerdo entre las partes, en aquellos asuntos en los que la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia obliga desde el pasado 3 de abril a intentar una vía alternativa para resolver los conflictos antes de presentar una demanda judicial. Para ello, la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública modificará la Orden aprobada el año pasado con la que Andalucía se convirtió en la primera comunidad autónoma en incluir la mediación dentro del sistema de Justicia Gratuita, compensando económicamente con hasta 400 euros a los profesionales que lograran cerrar un acuerdo.

Desde el 1 de enero de 2024, los andaluces que cumplen los requisitos para solicitar un abogado o procurador de oficio pueden también solicitarlos para procesos de mediación. La Consejería de Justicia abona este trabajo con el módulo máximo previsto en la orden reguladora de las retribuciones económicas del sistema de Justicia Gratuita. De esta forma, los letrados reciben hasta 400 euros por su labor en procesos de mediación que se cierren con un acuerdo entre las partes. En el primer año de aplicación de esta medida, los letrados andaluces han certificado a la Consejería un total de 181 acuerdos, por los que la administración autonómica ha abonado 72.400 euros.

Tras la entrada en vigor de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, que recoge los medios alternativos de solución de controversias (MASC) y obliga a intentar un acuerdo antes de presentar una denuncia en el ámbito civil y mercantil, la Consejería de Justicia modificará la orden para abonar, con efectos retroactivos desde el 3 de abril, el asesoramiento de los profesionales jurídicos en procesos de mediación obligatorios aunque estos no acaben en acuerdo. El borrador del texto para esta modificación se encuentra actualmente expuesto a información pública para recibir aportaciones hasta el próximo 25 de abril.

Servicio de Mediación Civil y Mercantil de Andalucía (SEMCA)

Además de la modificación de la orden, la Consejería de Justicia también ultima la creación del Servicio de Mediación Civil y Mercantil (SEMCA), que contará con sedes en las ocho provincias andaluzas y tendrá carácter público. Los ciudadanos podrán acudir a este servicio para iniciar procesos de mediación en conflictos de tipo civil y mercantil. En colaboración con el Consejo Andaluz de Cámaras de Comercio, la Junta ha formado a representantes de más de 300 empresas andaluzas sobre las ventajas de la mediación a través de jornadas organizadas en todas las provincias.

El SEMCA será gratuito si una de las dos partes reúne los requisitos para acceder a la Justicia Gratuita. Próximamente se sacará a licitación la gestión de este servicio, si bien mientras se pone en marcha los andaluces pueden acudir a los Puntos de Información a la Mediación en Andalucía (PIMA) que existen en las principales sedes judiciales de las ocho capitales, además de en Marbella (Málaga) y Algeciras (Cádiz), atendidos por técnicos formados en mediación. Estos puntos, además de orientar y guiar a los ciudadanos para desarrollar procesos de mediación, emitirán la documentación acreditativa de haber intentado la mediación, que la ley exige como requisito de procedibilidad para poder presentar una demanda en los juzgados en el ámbito civil y mercantil.

Andalucía, comunidad pionera en impulsar la mediación

Los PIMA, la creación del SEMCA o la inclusión de la mediación en el sistema de Justicia Gratuita forman parte de una Estrategia de Mediación impulsada por la Consejería de Justicia andaluza para fomentar las vías alternativas de resolución de conflictos. En el marco de esta Estrategia, el año pasado se creó el Servicio de Mediación Penal de Andalucía (SEMPA), de carácter público y gratuito, que comenzó a funcionar en mayo de 2024 en cinco provincias y en septiembre en el resto. Desde su puesta en marcha, el SEMPA ya ha logrado evitar casi 1.200 juicios penales al propiciar que las partes llegaran a acuerdos o renunciaran a emprender acciones judiciales, con un plazo medio de resolución de tan solo 30 días. La mayoría de los asuntos derivados por los juzgados de lo Penal a este servicio son delitos leves de amenazas, lesiones o hurtos que en los tribunales hubieran tardado uno o dos años en resolverse.

Asimismo, el pasado mes de diciembre la Consejería firmó un convenio con el Consejo Andaluz de Graduados Sociales para que estos profesionales especializados en Derecho Laboral actúen como mediadores voluntarios en conflictos entre empresas y trabajadores ya judicializados, dando una segunda oportunidad a la mediación en este ámbito cuando el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CEMAC) no logra evitar que las partes acaben en los tribunales.

Todas estas medidas puestas en marcha por la Junta de Andalucía forman parte de una decidida Estrategia de Mediación con la que la comunidad autónoma se ha adelantado a la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia impulsando vías alternativas de resolución de conflictos. Una apuesta basada en el convencimiento de que el diálogo y el acuerdo permiten ahorrar tiempo y costes, además de contribuir a aliviar la sobrecarga que sufren los juzgados por la excesiva tasa de litigiosidad existente.

¿Qué beneficios aporta la mediación frente a la vía judicial?

La mediación ofrece numerosas ventajas como alternativa a los procesos judiciales tradicionales para resolver conflictos:

  • Ahorro de tiempo, al permitir alcanzar acuerdos en plazos mucho más breves que los habituales en los tribunales.
  • Reducción de costes económicos asociados a los procesos judiciales.
  • Mayor satisfacción de las partes implicadas, al ser ellas mismas quienes alcanzan los acuerdos.
  • Descongestión de los juzgados, aliviando su carga de trabajo.
  • Fomento de la cultura del diálogo y el consenso en la resolución de controversias.

¿En qué tipo de conflictos es obligatorio intentar la mediación antes de acudir a los tribunales?

Desde la entrada en vigor de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia el pasado 3 de abril, es obligatorio intentar la mediación de forma previa a la presentación de una demanda judicial en determinados tipos de conflictos del ámbito civil y mercantil, como por ejemplo:

  • Reclamaciones de cantidad inferiores a 5.000 euros
  • Conflictos entre propietarios y inquilinos de viviendas
  • Reclamaciones de consumidores frente a empresas
  • Conflictos entre socios de sociedades mercantiles
  • Reclamaciones por incumplimiento de contratos de servicios, suministros o transporte
  • Conflictos en el ámbito de las comunidades de propietarios
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