Caso Marta: El juez reprocha al perito que pida el acceso a los móviles del hermano de Carcaño y del Cuco

el caso Marta del Castillo

El instructor le da un ultimátum para que presente su informe en dos meses y le recuerda que sólo puede examinar los datos de Miguel y Marta

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Miguel Carcaño durante uno de los traslados al juzgado que investigó el asesinato de Marta del Castillo.
Miguel Carcaño durante uno de los traslados al juzgado que investigó el asesinato de Marta del Castillo. / Victoria Hidalgo

El juez de Instrucción número 4 de Sevilla, Álvaro Martín, reprocha al perito Manuel Huerta, CEO de la empresa Lazarus, que haya insistido en acceder a los códigos PIN y PUK para desbloquear los tarjetas SIM de los terminales usados por el hermano de Miguel Carcaño, del Cuco y de los otros adultos que fueron juzgados y absueltos del encubrimiento del asesinato de Marta del Castillo.

En un auto dictado en la pieza separada abierta para la búsqueda del cuerpo de Marta, el magistrado ha dado un ultimátum al experto para que presente su informe en un plazo máximo de dos meses, al considerar que la realización de la pericia para clonar los móviles –con el objetivo de tratar de reconstruir la geolocalización de estos aparatos y conocer los movimientos realizados la noche del 24 de enero de 2009–, se está dilatando.

La resolución del juez, que tiene fecha del pasado 30 de mayo y a la que ha tenido acceso este periódico, se produce después de que el perito volviese a solicitar al juzgado que autorizara la entrega por parte de las compañías telefónicas de los códigos PIN y PUK para poder desbloquear las tarjetas SIM de los terminales usados por estas personas, entre los que se encuentran los del hermano de Miguel Carcaño, su novia, María García Mendaro, así como los de Samuel Benítez y Javier García Marín, el Cuco.

En este sentido, el magistrado recuerda al perito que en otro auto dictado el pasado 18 de febrero se autorizó el acceso a los “datos telefónicos crudos” únicamente de Miguel Carcaño y de Marta del Castillo, excluyéndose expresamente el resto de los terminales para los que se pedía autorización, al tratarse de personas que habían sido absueltas en el caso de los adultos, mientras que el Cuco también había cumplido su condena por encubrimiento.

El juez insiste en que en aquel auto de febrero facultaba al perito para requerir a las compañías telefónicas los datos necesarios para la elaboración de su pericia y sólo en el caso de que se le denegase esa información deberían instar una nueva resolución del juzgado.

Y es aquí donde viene la crítica del juez a la actuación del perito. “Sin embargo las actuaciones periciales parecen incidir en la constante de solicitar lo que ya se ha denegado, es decir, el acceso a teléfonos cuyos datos le han sido denegados en auto de 18 de febrero, constituyendo esto un caso verdaderamente anómalo, pues parecía más acomodado a derecho que el perito se centrase en llevar a cabo la pericia para la que se ha ofrecido y que le ha sido autorizada”, asevera el juez Álvaro Martín.

De esta forma, el magistrado insiste en que respecto a los termínales a examinar “hay que reiterar que se esté a lo acordado” en el auto de 18 de febrero de 2022, es decir, vuelve a cerrar la puerta a que se analicen las tarjetas SIM del resto de implicados.

El juez le recuerda asimismo al experto que puede instar a las compañías telefónicas a “darle los códigos que habiliten el acceso a los datos guardados”, de tal modo que, sólo en el caso de que las operadoras denieguen dicho acceso, deberá acudir de nuevo al juzgado para que éste “adopte las medidas oportunas para garantizar que se ejecute lo resuelto en la citada resolución de 18 de febrero”.

A estos reproches por las peticiones del perito, el magistrado añade un ultimátum para que finalice su informe. “Por último, visto el modo en que se está dilatando la pericia, se requiere al perito para que en plazo que no debe exceder de los dos meses presente su informe”.

Este auto se produce tan sólo unas semanas después de que el perito Manuel Huerta reiterara al instructor la autorización para acceder a cinco tarjetas SIM de los implicados en la desaparición de Marta. El juez sólo autorizó el acceso a la tarjeta de Marta y de Miguel Carcaño.

El teléfono móvil de Miguel Carcaño intervenido en la cárcel de Sevilla-II

En el caso de Carcaño, el análisis se refiere a la tarjeta SIM de un Motorola U9, de los antiguos móviles con forma de concha, que permaneció todos estos años retenido en la cárcel de Sevilla-II hasta mayo de 2021, cuando la dirección de la prisión se lo entregó a la Policía Nacional una vez autorizada la práctica de esta prueba por el juez.

Fue el propio Miguel Carcaño, quien, en una carta remitida a la abogada de la familia de Marta el 2 de agosto de 2020, ofrecía su colaboración para esclarecer la “verdad de lo ocurrido” y para ello autorizaba incluso la “revisión de su móvil”.

El perito era consciente de que estaba reiterando la petición de acceso a las tarjetas de los implicados que ya le habían sido denegadas anteriormente, de ahí que en su escrito precisaba que en el supuesto de que el juzgado “considere desproporcionada” esta solicitud, se dará “por satisfecho si el juzgado concede el permiso de solicitar a las compañías telefónicas los códigos PIN y PUK” de dos terminales móviles vinculados a Miguel Carcaño y a Marta del Castillo.

El juez ya había lanzado con anterioridad un mensaje al perito, en otra de la resoluciones, cuando le recordó que las diligencias que se desarrollan en esta pieza separada para la búsqueda del cuerpo de Marta “no tienen por objeto el esclarecimiento de la autoría de los hechos, como parece que el perito viene a entender en su solicitud de identificación de número PUK. Esta pieza separada se ciñe a la comprobación del lugar en el que pueda encontrarse el cuerpo de Marta del Castillo, siendo ésta la perspectiva que debe seguir en la pericial”, decía el magistrado.

La familia ha recurrido ante la Audiencia para que se autorice el desbloqueo de todos los móviles

La familia de Marta del Castillo presentó en marzo pasado un recurso contra la decisión del juez de Instrucción número 4 de Sevilla de autorizar sólo el desbloqueo y análisis de los datos crudos de los móviles de Miguel Carcaño y de la propia Marta, y no de los otros implicados en el caso, como el hermano de Miguel, su novia, el Cuco y Samuel Benítez.

En el recurso, la abogada Inmaculada Torres, que ejerce la acusación particular en representación de los padres de Marta, destaca la relevancia de esta prueba en la búsqueda del cuerpo por cuanto Miguel Carcaño "se pudo servir de los terminales de su hermano Francisco Javier Delgado y de María García para transmitir o recibir información, y Francisco Javier García Marín [el Cuco] quedó acreditado que colaboró con Miguel Carcaño en sus fines ilícitos".

La letrada presentó un recurso de apelación -directo ante la Audiencia de Sevilla- contra el auto dictado por el juez Álvaro Martín el pasado 18 de febrero, al estimar que la resolución vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva por cuanto modifica el criterio que el propio instructor había plasmado en una anterior resolución dictada el 14 de abril de 2021, cuando solicitó a la compañías telefónicas los datos crudos de los seis implicados.

La acusación entiende que el nuevo auto modifica el criterio establecido bajo el argumento de que, excepto Miguel Carcaño, el resto de personas cuya información telefónica fue concedida, "fueron absueltos y no han autorizado que se facilite dicha información, vulnerándose todos los derechos y garantías procesales y constitucionales que ostenta, como todos los ciudadanos, mi representado, en su único afán, repetimos, de encontrar a su hija, después de 13 años de su desaparición".

"Con todos los respetos que a esta parte merecen todas las instituciones, no deja de sorprender que ante la posibilidad que nos ofrecen las nuevas técnicas, se impida a una familia poder conocer el paradero de su hija, amparándose en que dichas personas fueron absueltas, cuando lo cierto es que, al amparo de lo dispuesto en el art. 588 ter c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es posible la intervención judicial de las comunicaciones emitidas desde terminales o medios de comunicación telemática pertenecientes a una tercera persona".

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