La juez reclama los informes forenses para cerrar la instrucción del caso Magrudis

la investigación del mayor brote de listeriosis de España

La magistrada Pilar Ordóñez pide al Instituto de Medicina Legal que se aporten estos dictámenes "a la mayor urgencia posible" dado que el cierre de la instrucción "pende" sólo de estos informes

Una furgoneta de Magrudis anuncia la carne "La Mechá".
Una furgoneta de Magrudis anuncia la carne "La Mechá". / D. S.

Sólo quedan algunos informes forenses de los afectados para poner fin a la instrucción de la causa por el mayor brote de listeriosis detectado en España. La juez de Instrucción número 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez, ha reiterado al Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla la necesidad de que aporte "a la mayor urgencia posible" los informes médicos de los perjudicados por el brote detectado en la empresa Magrudis -que provocó cuatro muertes, seis abortos y más de 200 lesionados- que aún están pendientes de entregar, "algunos de ellos desde enero de 2021".

En una providencia, a la que ha tenido acceso este periódico, la magistrada señala asimismo que la "presente instrucción pende únicamente de la unión al procedimiento de dichos informes", y añade que en el caso de que estos informes que falta "no estuvieran aún realizados", pide al IML que informe al juzgado sobre el "motivo y el tiempo estimado para su realización".

La providencia revela que la juez sólo espera la llegada de estos informes para dictar, en su caso, el correspondiente auto de transformación de las diligencias previas en un procedimiento abreviado, en el que determinará quienes se sentarán finalmente en el banquillo de los acusados y, quizás lo más importante en esta investigación, quienes son los posibles responsables civiles del brote de listeriosis, de lo que dependerá el pago de las correspondientes indemnizaciones habida cuenta de que los dueños de la empresa no disponen de fondos suficientes para hacer frente a la compensación de los perjudicados.

La Fiscalía de Sevilla pidió en abril pasado a la juez que declare al Ayuntamiento de Sevilla responsable civil en la causa de Magrudis, por el “deficiente control sanitario y de la licencia de actividad” realizado por la Administración local. En este caso, se trata de una indemnización millonaria, dado que en su momento la instructora fijó en cinco millones de euros la fianza impuesta a los dueños de Magrudis para hacer frente a los daños causados por el brote de listeriosis. Los familiares de los fallecidos y las personas que resultaron perjudicadas tendrán que ser indemnizados cuando se dicte sentencia y también debe serlo la Junta de Andalucía, por el coste sanitario derivado del brote y que, hasta el momento, había sido cuantificado en otros 3.428.663,02 euros.

Al propio Ayuntamiento de Sevilla el caso le ha costado, por ahora, 141.040 euros, por los gastos en servicios y horas extraordinarias del laboratorio municipal y del área de Consumo, la vigilancia policial, y el contrato para la digitalización y tratamiento de datos del expediente. La juez aún no se ha pronunciado sobre la petición de la Fiscalía.

En un escrito presentado en el juzgado, la Fiscalía solicitó el archivo de la causa contra la inspectora veterinaria municipal María José O. B., pero al mismo tiempo consideró que el Ayuntamiento debe ser declarado responsable civil y “asumir las consecuencias de su inacción, acción deficiente y acción tardía, por cuanto supone de funcionamiento normal o anormal de un servicio público y la trascendencia en el resultado producido”.

Sobre la veterinaria municipal, la Fiscalía considera que su conducta, acción u omisión "no constituye una imprudencia grave que determine su responsabilidad penal en los resultados lesivos producidos, si bien sí debieran generar responsabilidad de tipo civil del Ayuntamiento por la falta de control sanitario y de autorizaciones que le competen".

La fiscal María Ángeles González recordaba en su escrito que con anterioridad a la alerta sanitaria declarada en agosto de 2019, Magrudis sólo fue objeto de dos inspecciones, en noviembre de 2016 y julio de 2017. En la primera, la inspectora hizo constar que aunque la empresa tenía sistema de autocontrol "falta cumplimentar las hojas de registro", calificándose a la empresa con la categoría A, lo que implicaba una frecuencia de inspección de seis meses, mientras que la supervisión sería cada 12 meses.

En la segunda inspección, la veterinaria hizo constar que se había comprobado que la empresa tenía instaurado el sistema de autocontrol y se controlaban los registros de agua potable, limpieza y desinfección, desratización, trazabilidad, control de temperatura, control de proveedores, eliminación de residuos y manipulación de alimentos. En esta visita se calificó a la empresa con la categoría C, con lo que la periodicidad de la inspección pasaba de seis a 18 meses y la frecuencia de supervisión de 12 meses a dos años.

La Fiscalía concluye que la comprobación por parte de la veterinaria de que la empresa tenía contratado el sistema de autocontrol "permitía suponer que se estaban realizando todos los controles periódicos, incluidas tomas de muestra y que en caso de resultados positivos, serían comunicados; lo que evidentemente no ocurrió en este caso".

No obstante, el Ministerio Público señala que la carga de trabajo que tenían los 9 veterinarios que prestaban sus servicios en el distrito de Sevilla "se suplía en parte con la confianza que ofrece la implantación de un sistema de autocontrol de empresas alimentarias", en tanto que se trata de un sistema obligatorio que "identifica los posibles riesgos de contaminación en la cadena de alimentos, que establece unas normas para controlar dichos peligros y así minimizar las probabilidades de intoxicación".

Por todo ello, sostiene que no se puede acreditar, "con la contundencia requerida en el derecho penal", la participación de la veterinaria en el delito contra salud pública que se investiga, "al no costear que tuviera conocimiento de la presencia del positivo en listeria ya en el mes de febrero de 2019, ni en los resultados que finalmente se produjeron (muertes, lesiones, lesiones al feto)".

Actuación "deficiente" del servicio de inspección

La actuación del servicio de inspección veterinaria del Ayuntamiento de Sevilla fue "sin duda, deficiente" y la exculpación de la veterinaria deriva de la "falta de medios del propio servicio de inspección y la sobrecarga de trabajo, por la escasa dotación de personal a la vista de la existencia de sólo nueve veterinarios oficiales para el distrito de Sevilla". En este sentido, señala que la frecuencia de inspecciones con estos medios es "evidente que nunca podrá hacerse según las exigencias de la normativa sanitaria".

Durante la investigación, varios funcionarios del Ayuntamiento han reconocido que ante la falta de personal, el expediente administrativo de Magrudis "lo metieron en una caja” y de ahí se produjo la “demora en generar el expediente a fecha 28 de diciembre de 2018”. Según una funcionaria, existía “mucho atraso en la gestión de muchas cosas” y ya se había comunicado “varias veces” la falta de personal a la Sección de Personal del Ayuntamiento hispalense.

Otra trabajadora municipal explicó que accedió el 26 de agosto de 2019 al expediente de Magrudis –una vez que ya se había conocido el brote– por orden de un jefe de servicio para generar la correspondiente orden de trabajo sobre este expediente y, tras la revisión de la documentación, el Ayuntamiento anuló la “declaración responsable” de la empresa.

La acusación pública considera acreditada la "falta de control efectivo" por parte del Ayuntamiento de la licencia de Magrudis, tras haber recibido la "declaración responsable" de la empresa sobre el inicio de la actividad y haberla "asumido como de su competencia, dado que no existe constancia de que diera traslado de la documentación a ningún otro organismo o administración".

Tras el brote, el Ayuntamiento abrió sendos expedientes y con fecha 30 de agosto de 2019 se preparó una propuesta de sanción de 6.001 euros a Magrudis, con posibilidad de aminorar la cuantía si se reconoce la responsabilidad y se paga voluntariamente, y otra de 2.000 euros al técnico redactor del proyecto, por la redacción del proyecto "con la inexactitud y las omisiones" detectadas.

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