Un juez perdona a un sevillano una deuda de 100.000 euros por la ley de Segunda Oportunidad

El deudor avaló préstamos para el negocio de su padre, que quebró por la acumulación de impagos y tuvo que echar el cierre

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Una cartera con dinero
Una cartera con dinero / Jacqueline Macou (Pixabay)

La Justicia ha perdonado 101.000 euros a un sevillano que avaló préstamos para el negocio de su padre, el cual quebró y el cierre del negocio generó una acumulación de impagos en estos préstamos. Como avalista, el deudor se vio directamente afectado por las reclamaciones generando embargos sobre sus bienes.

El caso ha sido llevado íntegramente por los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad especializada en procedimientos de insolvencia de ámbito nacional. La dificultad del negocio para seguir facturando cada día aumentaba. Con el tiempo, la deuda creció y un trabajador llevó el caso a los tribunales, lo que resultó en el embargo de sus bienes.

A pesar de los problemas, el empresario está comprometido a resolver la situación y agradece el apoyo recibido de la comunidad. Se mantiene esperanzado en encontrar nuevas oportunidades en el futuro. En cuanto llegaron las llamas reclamando y amenazando de embargar, el miedo llegó y buscó amparo en los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Tras ser asesorado decidió declararse insolvente y tramitar el comúnmente denominado proceso de la “Ley de la Segunda Oportunidad”.

“No es raro que familiares o allegados arriesguen su economía para ayudar en momentos difíciles. En este caso, la acumulación de deudas fue insostenible, pero la Ley de la Segunda Oportunidad ofrece una salida legal y digna”, explica Pepe Domínguez, abogado de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.

El inicio del proceso: alivio inmediato

Solo con iniciar el procedimiento obtuvo un beneficio inmediato: suspender intereses de demora y evitar el inicio de un embargo en su nómina. “La mejora anímica del interesado es casi inminente, generando una sensación de alivio enorme en el deudor”, detalla Pepe Domínguez, letrado de la Asociación.

Poniendo en conocimiento del Juzgado de Sevilla la situación completa del deudor: no tiene ni ingresos ni bienes para poder pagar la deuda y son unos préstamos que no ha generado ella misma; hizo que tuviera el derecho al 100% del perdón de sus deudas.

Esta solicitud se hizo ante el correspondiente magistrado aportando la ausencia de delitos penales y las 3 últimas declaraciones de la renta. El resultado esperado, es decir, la exoneración del pago de los créditos fue concedido por el Juzgado el pasado 2 de noviembre de 2024.

Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.

Esta resolución ha supuesto dejar a esta deudora libre de pagar 101.334,87 euros. Desde entonces, los acreedores de los asociados -entre ellos Caixabank, Cetelem o Banco Bilbao Vizcaya- no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirla en ficheros de morosos.

“Este auto también permite a una persona que admite su equivocación, comenzar de 0. De otra forma jamás hubiera podido levantar cabeza y se tendría que agarrar a la economía sumergida para poder vivir, impidiendo invertir o generar mayor riqueza”, ha concluido.

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