Atracadores
Buscan a una banda de ladrones de viviendas que actúa en el Aljarafe

Una juez obliga al Ayuntamiento de Sevilla a retirar la bandera LGTBI de la glorieta de la avenida de Andalucía

Se trata de una medida cautelar solicitada por la asociación de Abogados Cristianos que, sin embargo, no tiene efectividad porque se ha producido el mismo día en que se iba a retirar, tras haber estado colocada durante todo el mes de junio.

La magistrada aprecia la "falta de interés público municipal protegible" que pudiera verse dañado, pero el Ayuntamiento presentará alegaciones

España, primer país europeo con más población que se declara no heterosexual

La bandera LGTBI. / D.C.

Una juez ha obligado al Ayuntamiento de Sevilla a reiterar la bandera LGTBI de la rotonda de la avenida de Andalucía, atendiendo así la petición realizada por la asociación de Abogados Cristianos, que llevó a la Justicia el izado de esta bandera al considerar que se infringía el principio de neutralidad y objetividad que deber regir toda actividad administrativa según la Constitución Española.

La titular del juzgado de lo Contencioso-administrativo número 11 ha dictado un auto, que tiene fecha del 29 de junio pero que ha sido notificado este miércoles día 30 al Consistorio, en el que acuerda como medida cautelar urgente la retirada de la bandera, si bien la decisión judicial no ha tenido mucho recorrido puesto que precisamente se ha notificado el auto el mismo día en el que esta prevista la retirada de la bandera al concluir las celebraciones del orgullo.

El izado se llevó a cabo el día 1 de junio en el mástil de la glorieta situada en la Avenida de Andalucía y ha permanecido ahí todo el mes hasta que se ha notificado dicho auto, que se ha dictado inaudita parte, por lo que fuentes municipales han explicado a este periódico que el Ayuntamiento presentará ahora alegaciones -la juez ha concedido un plazo de tres días para la presentación de las mismas, pronunciando sobre el levantamiento o modificación de la medida adoptada- porque precisamente se había acordado el izado en ese punto de la ciudad para cumplir con la sentencia que se dictó en otro ayuntamiento que establecía que no se podía izar con otras banderas institucionales, de ahí que se dejara de poner en la fachada del Ayuntamiento, en la Plaza Nueva.

En la resolución, la juez señala que el artículo 135 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa permite adoptar la medida cautelar medianteauto sin oír a la parte contraria cuando se alegue la concurrencia de circunstancias de especial urgencia en el caso. "Éste es el supuesto de autos en que por la recurrente se alega que el mantenimiento de la bandera izada lo será durante el mes de junio, siendo el día de hoy el penúltimo -se refiere al día 29-, dado que la actuación del Ayuntamiento encaja en la consideración de la vía de hecho prevista en el artículo 30 de la ley de la jurisdicción, pero el recurso perdería su finalidad si para cuando se resuelve la medida la bandera ha permanecido izada en el mástil municipal", asevera.

En este caso, la magistrada aprecia la "urgencia alegada" por los Abogados Cristianos, máxime "valorando el día de la solicitud, así como que consta requerimiento previo que no ha sido atendido. Sin tiempo material por tanto para demorar la adopción de la medida cautelar de impedir el izado de la bandera", y añade que se valora además la "falta de interés público en el mantenimiento del izado de una bandera no oficial, en sustitución de la bandera oficial de la Comunidad autónoma, en el mástil municipal de un espacio público por parte de un Ayuntamiento".

El auto cita otra resolución del juzgado de contencioso-administrativo número 2 de Cádiz, que en un supuesto similar puso de manifiesto que la ley 39/1981 "no permite a las administraciones públicas utilizar más banderas que las contempladas en ella y en la forma que ordena, siempre que de un acto oficial se trate y que las simbolice"

La juez hace suyos estos argumentos y al apreciar la "falta de interés público municipal protegible que pudiera resultar dañado en el acto de mantener izada una bandera no oficial", accede a la medida cautelar, algo que sin embargo ha llegado el último día después de un mes ondeando en la glorieta de la avenida de Andalucía.

14 Comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último