La juez mantiene en prisión al dueño de Magrudis y a su hijo

Magrudis

La magistrada toma esta medida para evitar el riesgo de fuga y de ocultación, alteración o destrucción de fuentes de prueba

El gerente de la empresa Magrudis, José Antonio Marín (i), y su hijo Sandro José (d), custodiados por la Guardia Civil en los juzgados.
El gerente de la empresa Magrudis, José Antonio Marín (i), y su hijo Sandro José (d), custodiados por la Guardia Civil en los juzgados. / EP

La juez de Instrucción número 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez, que investiga el brote de listeriosis que ha provocado tres muertes, siete abortos y el contagio de 217 personas, ha ratificado su decisión de mantener en prisión provisional al dueño de Magrudis José Antonio Marín Ponce y a su hijo Sandro José Marín Rodríguez, tal y como había solicitado la Fiscalía de Sevilla y la acusación particular que ejerce la asociación de consumidores Facua.

En un auto, la instructora ha rechazado el recurso planteado por la defensa solicitando la libertad provisional y ha confirmado la decisión que adoptó el pasado 26 de septiembre tras tomarle declaración a ambos investigados, al considerar que “existen indicios racionales de criminalidad” contra ambos, a los que se atribuyen inicialmente delitos contra la salud pública en su modalidad de fraude alimentario, tres delitos de homicidio por imprudencia, dos delitos de lesiones a feto con resultado de aborto y lesiones imprudentes a un número de personas aún no determinado “que pudiera ascender a doscientas”.

“Los indicios racionales de criminalidad son incontestables e indiscutibles”, subraya la instructora, que argumenta que, “ante ello, es necesario asegurar la presencia” de los investigados en el proceso, ya que “se infiere la existencia de riesgo de fuga debido a las penas que llevan aparejadas los delitos que se les imputan y, si bien poseen arraigo familiar, ello no anula la existencia del riesgo que entendemos concurre ante la gravedad de los hechos que se le imputan”.

Asimismo, la medida “es necesaria” a fin de “evitar la ocultación, alteración o destrucción de fuentes de pruebas relevantes para el enjuiciamiento, capacidad que poseen pues aún no hemos examinado el contenido de toda la documentación incautada, es necesario practicar multitud de diligencias, oír a otras personas involucradas en los hechos, como su esposa y cuñada, a los trabajadores de Magrudis y de Elaborados Cárnicos Mario [la empresa del otro hijo que quedó en libertad], así como oír y examinar la documentación que aporten tanto Microal como Biocontrol”.

La juez rechaza las alegaciones del hijo respecto a que era un mero "testaferro" de su padre por lealtad familiar, porque él mismo ha reconocido que ante la ausencia de su padre "sí tomaba decisiones", por lo que para la juez el padre era "el verdadero jefe de Magrudis, siempre auxiliado por su hijo".

De igual modo, la instructora expone que, “en algunas de las conversaciones telefónicas mantenidas” entre José Antonio Marín y algunos trabajadores y comerciales “se ordenaba quitar información de la empresa y tirar a la basura unas tarrinas recogidas, es decir, destruir documentos y deshacerse de productos elaborados por Magrudis, sin olvidar la ocultación de información a las autoridades sanitarias en el mes de agosto, por parte de ambos investigados, ya que el día 14 de agosto se le solicita por primera vez información y que faciliten listado de distribución y entregan una lista de clientes incompleta, y con posterioridad, tras nuevos requerimientos, un simple listado de proveedores sin datos de trazabilidad alguna”.

La magistrada añade que, “el 17 de agosto se les solicita información de otros productos, a lo que José Antonio Marín manifiesta que no seguirá dando información sin documentación y sin el correspondiente procedimiento, ocultando la existencia de la marca blanca, que fue detectada por la autoridad sanitaria el día 21 de agosto de 2019, y ocultando información esencial para evitar que las personas continuaran consumiendo productos infectados ocultando la fabricación de chorizo, que fabricaron hasta julio de 2019, cuando les fue requerido el listado de productos Magrudis”.

Por último, señala la juez en el auto, “debemos evitar la reiteración delictiva, pues si bien es cierto que las naves se encuentran precintadas, aún no se sabe con seguridad cuantos lotes de carne mechada y de los otros productos han sido contaminados, ni si se ha producido la efectiva retirada del mercado de los mismos, siendo necesario recabar dicha información”.

“Subsistiendo los motivos por los cuales se acordó la medida cautelar de prisión provisional, comunicada y sin fianza, el día 26 de septiembre de 2019, sin que hayan variado sustancialmente las circunstancias que hicieron aconsejable la adopción de la medida cautelar, procede mantener la medida cautelar acordada, con el fin evitar la fuga, dada la gravedad de las penas que pudieran recaer en un futuro, al encontrarnos, ante un delito castigado con penas graves en el Código penal, evitar la reiteración delictiva y que puedan obstruir la investigación que se encuentra prácticamente en su inicio”, concluye la magistrada.

El hijo alegó que no conocía los análisis

La defensa se Sandro José Marín Rodríguez alegó en su recurso que aunque era el administrador único de Magrudis y tomaba las riendas del negocio cuando su padre no estaba, no se encontraba en local donde ejercía la actividad dicha sociedad, puesto que es su padre quien "ejerce de administrador de hecho y él no tiene poder de decisión, ignorando muchos aspectos de la empresa a pesar de ser administrador único de la misma". De esta forma, prosigue la juez, señaló que "desconocía cuáles son los protocolos a seguir para evitar el contagio y la presencia de listeria en los productos, ignorando los trámites administrativos que debe seguir para poder ejercer la actividad y objeto social de la empresa que representa".

Sandro José subrayó asimismo que las cuentas bancarias eran manejadas por su padre y que él firmaba la documentación que le indicaba el asesor fiscal, desconociendo además la existencia de una "marca blanca", el número de trabajadores de su empresa y todo lo referente a la sesión y dirección de la empresa, al tiempo que dijo que "nunca tuvo conocimiento de los resultados de los análisis de los lotes que envió a Microal en febrero de 2019". En definitiva, aseguró que no poseía capacidad para contradecir lo que ordenaba su padre, habiéndose limitado a hacer "lo que éste le decía, convencido de que actuaba correctamente" y siendo ese "mero testaferro por lealtad familiar".

Por su parte, la defensa del padre, José Antonio Marín Ponce, argumentaba que el delito que se le atribuye habría sido cometido de forma "imprudente", por lo que las posibles penas a imponer serían inferiores a los cuatro años de prisión, aplicándose las reglas del concurso ideal respecto a los otros delitos de homicidio por imprudencia y lesiones, por lo que concluía que no existía riesgo de fuga ni de destrucción de pruebas.

Defendió el padre asimismo que el resultado de las pruebas de febrero dieron un positivo en listeria en uno de los lotes y negativo en otro, y que el propio laboratorio le comento que la contaminación "ha debido ser en la manipulación posterior a su fabricación y por falta de medidas de conservación adecuadas, retirando con su hijo Sandro ese lote del mercado, sin que el protocolo de autocontrol elaborado por Microal imponga ninguna obligación de realizar o adoptar cualquier otra medida, por lo que no pudo saber que existía riesgo para la salud".

El padre también alegó que posee licencia de actividad que se solicitó en diciembre de 2018 y los servicios municipales competentes "guardaron silencio", por lo que se trata de un silencio positivo, y añadió que él no es el único responsable del brote de listeriosis, puesto que "ni el Ayuntamiento ni la Junta de Andalucía realizaron inspección alguna y el Ayuntamiento en las inspecciones de los años 2016 y 2017 no detectó anomalía" alguna, ni Microal adoptó ninguna medida.

La Fiscalía también apuntó a la "gravedad de los hechos", el riesgo de fuga y la destrucción de pruebas

La Fiscalía se había opuesto precisamente a la puesta en libertad de los responsables de la distribución de la carne mechada La Mechá por la "gravedad de los hechos" que se les atribuyen, así como el posible riesgo de fuga y de destrucción de pruebas, dado que la investigación "no ha concluido".

Facua también se opuso a la petición de libertad planteada por la defensa de los responsables de Magrudis, al considerar que sigue existiendo el riesgo de fuga y de destrucción de pruebas que provocaron su ingreso en prisión.

El Ayuntamiento ultima el contrato para la destrucción de los más de 6.000 kilos de carne intervenidos

El Ayuntamiento de Sevilla está actualmente culminando el contrato con una empresa especilizada para proceder a la destrucción de entre 6.000 y 7.000 kilos de carne intervenidos a Magrudis desde agosto pasado, cuando se decretó la alerta por el contagio. Fuentes municipales han confirmado a este periódico que la contratación de la empresa es "inminente" y que a partir de ese momento se acordará, como ha ordenado la instructora, la destrucción de la carne, dado que no se contempla otra opción por el posible riesgo de que se produzcan nuevos contagios de listeriosis, como por ejemplo la de utilizar dichos productos para elaborar alimentos para animales.

En una providencia, la instructora ordenó recientemente a la delegación de Consumo del Ayuntamiento de Sevilla la destrucción de la totalidad de la carne intervenida, entre la que se encuentran productos envasados, así como carne sin elaborar procedente de las compras realizadas por Magrudis. La juez pidió además que se haga un "inventario" de todos los productos y las cantidades que se destruyan.

Para la destrucción de estos miles de kilos el Ayuntamiento debe contar con los servicios de una empresa especializada porque, aunque no hay confirmación de que toda la carne incautada está contaminada con la bacteria listeria monocytogenes, deben seguirse los protocolos para la destrucción en estos casos.

Hace varias semanas desde los servicios del Ayuntamiento ya se solicitó al juzgado y a la Junta que se adoptara alguna decisión con respecto a la decisión de la destrucción de estos productos, como ahora ha acordado la instructora. Esto generaría un coste económico para las arcas municipales, además de otros que se hayan podido causar a lo largo de la alerta sanitaria, por lo que el Ayuntamiento ha iniciado el expediente para personarse como acusación particular, como perjudicado, en la causa en la que se investiga el brote de listeriosis, de acuerdo con los criterios de lo servicios jurídicos locales.

No se puede tirar a la basura la carne contaminada, como declaró a la juez que había hecho el dueño de Magrudis, José Antonio Marín Ponce, quien dijo en su comparecencia el pasado 26 de septiembre que arrojó a un contenedor los restos del lote contaminada, aunque sostuvo que era poca cantidad.

La instructora apuntó en el auto que envió a prisión al propietario de Magrudis y a su hijo que así lo había admitido el propio investigado en una de las escuchas telefónicas. La juez consideró "significativo" del conocimiento del brote por parte de ambos investigados la conversación que José Antonio Marín mantuvo con un hermano suyo el 12 de septiembre pasado, a las 19:33 horas, en la que el dueño de la empresa reconoce a su hermano que "es cierto que en febrero había habido una alerta y se la habían comunicado, que retiró el producto y ya está, porque eran muy pocos kilos y los tiró".

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