La juez avala que el Ayuntamiento ejerza la acusación contra Magrudis
Magrudis
Apunta que si "en el futuro" pueda resultar responsable civil subsidiario del brote, podría tener la "doble condición de responsable y perjudicado"
La juez Pilar Ordóñez, que investiga el brote de listeriosis registrado en la empresa Magrudis, ha dictado un auto en el que confirma que el Ayuntamiento puede ejercer la acusación particular en esta causa, con independencia de que "en el futuro" y con el avance de la investigación pudiera resultar responsable civil subsidiario del contagio que ha causado cuatro muertes, siete abortos y más de 200 afectados.
En un auto que tiene fecha del pasado día 10, al que ha tenido acceso este periódico, la instructora rechaza el recurso que habían presentado varias de las acusaciones particulares y de la asociación Defensor del Paciente contra la decisión de la magistrada de admitir la personación del Ayuntamiento.
Dice la magistrada que una vez examinadas las presentes actuaciones, debe desestimar el recurso presentado por varias acusaciones particulares y la asociación Defensor del Paciente, y "tener por parte al letrado del Ayuntamiento de Sevilla en calidad de acusación particular, ya que, si bien no es una víctima directa del delito que se investiga, en concreto el delito contra la Salud Publica en su modalidad de fraude alimentario, artículo 363 del Código Penal, sí es perjudicada por el mismo, ya que ha sufrido perjuicios derivados de los hechos que se investigan, conforme establece el artítculo 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".
Estos perjuicios, prosigue la juez, han quedado "acreditados documentalmente, ya que no debemos olvidar que el bien jurídico protegido en el delito que se investiga, es la salud de los consumidores, existiendo multitud de personas afectadas y habiendo el Ayuntamiento realizado gestiones, una vez decretada la alerta, interviniendo mercancía, realizando inspecciones, procediendo al análisis de las mercancías intervenidas, destruido parte del material intervenido por orden de este Juzgado, lo que sin lugar a dudas, le ha causado perjuicios económicos" que han sido valorados inicialmente más de 141.000 euros.
No obstante, la juez precisa que el hecho de que "pueda resultar en un futuro, una vez avance la presente instrucción, responsable civil subsidiario, no impide que en este momento se le tenga por personado como perjudicado, pues es posible tener la doble condición de responsable y perjudicado o tercero afectado, ya que una misma persona puede ser responsable civil de un delito y al mismo tiempo perjudicado o afectado del mismo", asevera Pilar Ordóñez.
En noviembre pasado la juez dio los primeros pasos para indagar si el Ayuntamiento ha podido incurrir en alguna responsabilidad, dado que libró oficio a la delegación de Consumo del Consistorio para que le informe sobre “si se incoó algún expediente sancionador” a Magrudis tras la inspección realizada el 24 de noviembre de 2016, una vez que se detectó que "aunque existe un sistema de autocontrol, falta cumplimentar las diferentes hojas de registro”.
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