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La juez que investiga los incidentes de la Madrugada divide la causa en dos piezas contra 15 investigados

Incidentes Madrugada

La causa ha sido dividida en dos piezas: una para tres de los encausados, que golpearon mobiliario urbano y proferían expresiones amenazantes, con alusiones a ETA y otra para doce personas, investigadas por los hechos del entorno de Álvarez Quintero y las carreras en el Salvador y la Avenida de la Constitución

La instrucción y el informe de la Policía Nacional señalan seis hechos concretos "causantes de las avalanchas"

Incidente en la Magdalena

La Madrugada de 2017 fue la última en la que hubo incidentes durante esta jornada tan señera de la Semana Santa de Sevilla y supuso un cambio a las medidas de seguridad. Tras los sucesos ocurridos en 2000 y 2015, una serie de incidentes desembocaron en carreras y disturbios. Un nazareno de la hermandad del Gran Poder falleció de un infarto y hubo centenares de heridos. En esos primeros momentos se detuvieron a ocho personas. Ahora, tres años después y una vez finalizada la instrucción, hay 15 investigados.

La juez de Instrucción número 5 de Sevilla, que investiga estos incidentes , ha dictado un auto en el que, una vez concluida la investigación, acuerda dividir la causa en dos piezas para que se enjuicien por separado los hechos concretos atribuidos a tres de los encausados, por un lado, y otra serie de hechos ocurridos esa misma noche que se atribuyen inicialmente a otras doce personas, de otro.

En un primer momento, la Policía descartó cualquier tipo de organización entre los disturbios.

En un auto dictado el día 22 de mayo, que no es firme y contra el que cabe interponer recurso, la magistrada relata que, durante la Madrugada del Viernes Santo, 14 de abril de 2017, tuvieron lugar una serie de "incidentes" en el centro de Sevilla "algunos de los cuales provocaron carreras entre las personas que estaban cerca", lo que "a su vez generó miedo y el desconcierto en las multitudes de personas que abarrotaban las calles con motivo del paso" de las seis hermandades que recorrían la ciudad esa noche, "incluidos los que procesionaban en las mismas".

La instructora contextualiza en la resolución que "el sentimiento generalizado de pánico, alimentado por acontecimientos recientes de terrorismo en otras ciudades europeas, unido a la saturación de público en las calles, generó varias avalanchas" entendiendo por tales "grandes movimientos masivos y descontrolados de personas, acompañados de una sonoridad estremecedora, iniciada por un murmullo in crescendo, hasta convertirse en un ruido ensordecedor entremezclado con los gritos de angustia de los allí presentes".

Como consecuencia de estos episodios, que "lógicamente afectaron al normal desarrollo" de las procesiones, se causaron lesiones de diversa consideración a "multitud de personas" y algunos daños materiales, indica en el auto la juez, que manifiesta que, tras la "exhaustiva y concienzuda" investigación de la Policía Nacional y la instrucción desarrollada por el Juzgado, "se han conseguido individualizar" hasta seis hechos concretos "causantes de avalanchas" y a los que, de manera preliminar, se atribuye una autoría conocida.

Las amenzas en la calle Alfonso XII

En primer lugar, la magistrada alude al hecho ocurrido sobre las 4:00 en la calle Alfonso XII y en el que tres personas "estaban presuntamente golpeando con palos elementos del mobiliario urbano y algunos vehículos estacionados en la vía pública, al tiempo que proferían expresiones amenazantes contra la población, con alusiones explícitas a la banda terrorista ETA". En este sentido, la juez acuerda continuar las diligencias previas incoadas en su día por este hecho número 1, por el que han resultado investigadas las tres personas referidas.

La pelea de la calle Arfe

Seguidamente, hace mención al hecho número 2, producido sobre las 4:05 a las puertas de un establecimiento hostelero en la calle Arfe, donde varios jóvenes "se enzarzan en una pelea por motivos propios en la vía pública mientras está pasando uno de los tramos de la Hermandad del Gran Poder, llegando a caer sobre alguno de los nazarenos e interrumpiendo el paso de la procesión".

Sobre este hecho, la juez señala que "ni se ha acordado por el Juzgado de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal ni se ha solicitado por ninguna de las acusaciones particulares" personadas en la causa que se recibiera declaración como investigados a los implicados en la pelea, a lo que se añade que la conducta de los participantes en la misma "no puede ser imputada a título de desorden público, ni contra la libertad religiosa, por ausencia de un dolo específico en tal sentido; ni siquiera de imprudencia", por lo que, respecto a tales hechos, acuerda el sobreseimiento provisional.

Ruido y gritos de Alá es grande en Álvarez Quintero

La magistrada se refiere, también a otro hecho sucedido sobre las 5:00 en la confluencia de las calles Álvarez Quintero y Chapineros, donde cinco personas "comenzaron, presuntamente, a vociferar y golpear elementos del mobiliario urbano, como papeleras y persianas metálicas", y al hecho número 4, ocurrido sobre las 6:00 en la confluencia de Argote de Molina con Álvarez Quintero, donde las mismas cinco personas referidas "volvieron a realizar acciones consistentes en hacer ruido golpeando persianas metálicas u otros elementos urbanos con un palo u otro elemento similar, mientras que gritaban expresiones como ‘Alá es grande’ y otras en lo que parecía ser lengua árabe".

Carreras en el Salvador y la Avenida

Sobre el hecho número 5, la juez precisa que ocurrió sobre las 6:05 en la Plaza del Salvador, cuando dos personas “corrían de un lado a otro sin motivo aparente y se reían a continuación”, mientras que el hecho número 6, según el auto, acaeció a las 6:10 en la Avenida de la Constitución, donde cinco personas “salieron corriendo y gritando en dirección a la Puerta de Jerez, y se reían a continuación”.

De este modo, la juez acuerda continuar las diligencias previas abiertas tras los incidentes por los hechos de la calle Alfonso XII, por los que han resultado investigadas tres personas, mientras que, en relación a los golpes en el mobiliario urbano y persianas metálicas con gritos de Alá es grande en el entorno de Älvarez Quintero y las carreras en el Salvador y Avenida de la Constitución, atribuidos a un total de doce investigados, acuerda deducir testimonio e incoar otras diligencias previas distintas para que el enjuiciamiento se produzca por separado de los hechos referidos a los gritos amenazantes y golpes al mobiliario urbano en la calle Alfonso XII.

La magistrada considera que, de lo actuado,"resulta de manera preclara que no existió ningún tipo de connivencia ni concertación previa ni posterior" entre los investigados incluidos en los distintos grupos de hechos"para actuar de manera conjunta u organizada para sembrar el pánico en las calles del centro ni para atentar contra los sentimientos religiosos de los fieles, ni para alterar el orden público en las procesiones de la Madrugá”.

En el auto, la instructora indica que, a través de distinta información aportada a la causa, "se deduce la existencia de otras avalanchas en otros momentos y en otros puntos de la ciudad, si bien no resultan indicios de la autoría o participación en su génesis respecto a ninguna de ellas”, mientras que también consta que, como consecuencia de estas “avalanchas”, se produjeron lesiones "de diferente entidad y gravedad a muchas de las personas allí presentes".

En este sentido, explica que no ha resultado posible atribuir responsabilidad por las mismas a persona concreta alguna. “No es posible establecer una relación de causalidad directa ni un criterio claro de culpabilidad, ni siquiera a título de dolo eventual”, sostiene la juez, que por ello acuerda el sobreseimiento provisional respecto a los hechos causantes de las lesiones producidas a más de un centenar de personas.

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