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Diez meses de cárcel y casi un millón de euros para dos hermanos acusados de quedarse con dinero de huertos solares en Salteras

Apropiación indebida

La Fiscalía solicitaba cinco años de cárcel por apropiación indebida

El tribunal ha aplicado la atenuante muy calificada de dilaciones indebidas al haber empezado el proceso judicial en el año 2012

Placas solares en una explotación agraria / Juan Carlos Muñoz

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 10 meses de cárcel a los hermanos Luis Miguel y Manuel B. G. por apropiarse presuntamente de 987.339 euros de ocho sociedades de energía solar de las que habían sido cesados. Según la Fiscalía, los acusados firmaron con la distribuidora eléctrica Aditel la ejecución de estos huertos solares en una finca del término municipal de Salteras.

Según los hechos probados recogidos por la sentencia, el 25 de marzo de 2008, los acusados suscribieron con una entidad financiera ocho pólizas de préstamo vinculadas a las ocho cuentas bancarias de cada una de las plantas solares para la financiación de la construcción de los huertos, cubriendo así el precio fijado en el contrato con Aditel y Profimsur, que ascendía a 4.010.279 euros, estableciéndose un calendario de pago y una estipulación de que los prestamos serían destinados para atender las facturas que emitiera el proveedor.

"Llegado el momento", al no ser tampoco atendido el pago de la deuda pendiente, Aditel "ejecutó la prenda" acordada y se adjudicó en subasta pública las participaciones sociales de las ocho sociedades mercantiles de los encartados, para extinguir la deuda de Profimsur, tras lo cual Aditel acometió el cese de los hermanos acusados como administradores de tales sociedades que se había adjudicado. Aún así, los hermanos siguieron gestionando las plantas porque, según declararon ante el tribunal, eran los avalistas y era "la única manera de hacer frente al pago de los créditos".

Los acusados, a pesar de no ser ya propietarios de las acciones de los huertos solares, "puestos de común acuerdo y guiados por un ánimo de ilícito beneficio", desde el 22 de abril de 2009, un día después de la fecha de adquisición por parte de Aditel de las participaciones sociales y hasta el 7 de mayo de 2010,continuaron disponiendo de cantidades de las ocho cuentas bancarias abiertas por las ocho sociedades de las plantas solares, ordenando transferencias y emitiendo pagarés que se cargaron a las citadas cuentas en perjuicio de Aditel e interés de dos entidades propiedad de los acusados, llegando a detraer de las citadas cuentas un importe total de 987.339,00 euros.

Según el tribunal, estos hechos son constitutivos de delito continuado de apropiación indebida y les impone a los acusados 10 meses de prisión y 1.500 euros de multa, además se les inhabilita para el cargo de administrador. Deberán indemnizar conjunta y solidariamente a las ocho plantas de energia solar Olivares en un total de 987.339 euros.

La sentencia indica que el tiempo de tramitación total de la causa, iniciada en abril de 2012, respecto a hechos ocurridos entre abril de 2008 y mayo de 2010 ha sido "extraordinario, ya que se ha prolongado su resolución más allá de los nueve años y cinco meses".

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