El Gobierno andaluz esgrime dos informes jurídicos para avalar la legalidad de los contratos del SAS
La Junta afirma que los dictámenes jurídicos amparan la prórroga de la contratación de emergencia
La denuncia del PSOE-A colige que ningún convenio debió seguir, ya que la alarma acabó en junio de 2021
Los contratos de emergencia del SAS eran un "colosal fraude" que provocó el "despilfarro" de los fondos públicos
El Gobierno andaluz considera que la denuncia del PSOE-A sobre los contratos de emergencia del SAS es un caso de lawfare o judicialización de la política, y para ello esgrime dos informes jurídicos de los servicios jurídicos del Servicio Andaluz de Salud (SAS) que avalan las prórrogas de esas contrataciones que se realizaron entre 2021 y 2022. Estos dos informes fueron emitidos con fechas 28 de diciembre de 2021 y 11 de agosto de 2022 por la letrada del SAS, justo antes de la primera y la segunda prórrogas del contrato del expediente 110/2021, que pasó de un importe inicial de 70 millones a los 242 millones que se estableció en la última prórroga, que tiene fecha del 31 de diciembre de 2022.
El primer informe jurídico, que está incorporado en la propia denuncia presentada por los socialistas andaluces y que investiga el juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla, llevaba por título la "posibilidad de acuerdo de continuidad de la prestación de servicios por interés general en los contratos de asistencia sanitaria formalizados por vía de emergencia" y había sido solicitado por la Subdirectora de Compras y Logística del SAS.
En ese dictamen -que tiene una extensión de ocho folios- se explica que la resolución del director gerente del SAS del 20 de enero de 2021 autorizó la contratación de emergencia de servicios de asistencia sanitaria complementaria para la realización de procedimientos quirúrgicos y pruebas diagnósticas por sobrecarga de la red propia derivada de la pandemia, por importe de 70 millones y que tenía como fecha de finalización el 31 de diciembre de 2021. La letrada señala en primer lugar que esa resolución se dictó al amparo del real decreto que declaró el estado de alarma para contener la propagación del Covid, pero esa situación finalizó el 9 de mayo de 2021, por lo que "la referida norma en el momento de la emisión de este informe ha perdido su vigencia".
La posibilidad de prórrogar ese contrato de emergencia se enmarca "a modo de justificación", según precisa el servicio jurídico, en que "se están tramitando expedientes para la contratación de la asistencia sanitaria complementaria de ámbito provincial que se encuentran en distintas situaciones pero cuya formalización no será posible con fecha 1 de enero de 2022, con el fin de dar satisfacción a la necesidad existente en relación al objeto de estas contrataciones". Y añade que el artículo 29.4 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) habilita un mecanismo que permite la prórroga de los contratos siempre que se den varios requisitos como que el retraso en la tramitación del nuevo expediente no esté motivado por la Administración y que exista un "interés público probado para no interrumpir la prestación" de esa contratación.
Por todo ello, el informe concluía que este contrato de emergencia es "susceptible de prórroga en base a las previsiones del artículo 29.4" hasta que "se formalice la nueva licitación, de modo que no se cause perjuicio para el interés público", si bien establecía un límite temporal máximo para esa prórroga de nueve meses.
Tras ese informe, el gerente del SAS dictó una resolución, con fecha 30 de diciembre de 2021, que acordaba la prórroga ese contrato (110/2021) hasta el 30 de septiembre de 2022 y ampliando el importe a 125 millones.
El segundo informe de la letrada de la Administración sanitaria se dictó con fecha 11 de agosto de 2022, cuando estaba a punto de finalizar la prórroga anterior y en el mismo se especificaba que ese dictamen ese emitía "sobre la posibilidad de ampliación de la contratación de emergencia de servicios de asistencia sanitaria complementaria a usuarios del SAS durante la licitación y hasta la adjudicación de los nuevos contratos". La propia letrada comienza explicando en ese dictamen, que a diferencia del anterior tiene una extensión de sólo tres folios, que la "petición de informe se hace en términos muy generales y por tanto el informe jurídico a emitir por esta asesoría jurídica responderá a este condicionante".
A continuación, vuelve a analizar el artículo 29.4 de la Ley de Contratos del Sector Público y concluye que se podrá prorrogar el contrato originario "hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario". "La posibilidad de utilizar las previsiones del artículo 29.4 de la LCSP resulta razonable y proporcionada dado que, en todo caso, debe prevalecer el interés general ante un eventual e imperceptible perjuicio de terceros, sin que pueda observarse que con la misma se contravengan los principios básicos y esenciales de la contratación pública como son la publicidad, la concurrencia, la igualdad y la no discriminación", aseveraba ese segundo informe.
La clave es que no hubo nueva contratación
Fuentes del caso consultadas por este periódico han señalado que el SAS engañó a los asesores jurídicos con el "dato falso de que los procedimiento ordinarios de contratación se habían iniciado, algo que era falso, porque eran perfectos conocedores de que sín licitar los nuevos contratos ,los de emergencia no se podían prorrogar". El dato relevante para los socialistas es que al no licitar los nuevos contratos y engañar a los asesores jurídicos, consiguieron estar "dos años y medio con una contratación de emergencia completamente ilegal, es decir, contratando a dedo sin sacar los contratos por el procedimiento legal que permite la concurrencia y pagar mucho menos por los mismos servicios".
Los denunciantes aportaron a la denuncia el informe jurídico para demostrar que el SAS conocía que no podía prorrogar, pues entienden que del propio escrito se deduce que "de haberles dado el dato correcto, es decir, que no habían tramitado los nuevos contratos ni pensaban hacerlo, jamás habrían obtenido el informe favorable”. Según estas fuentes, los informes de la asesoría jurídica parten de una premisa que nunca se cumplió, por cuanto en el periodo investigado, entre 2021 y 2023, en el que se extendió la contratación de emergencia no hubo una nueva contratación y ése es el presupuesto de partida de esos dictámenes, que se prorrogaba el contrato en cuestión mientras se producía la tramitación y adjudicación del nuevo.
Además, recuerdan que desde junio de 2021 -de acuerdo con la instrucción 1/2021, de 18 de junio, de la dirección general de Contratación de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea de la Junta- se había declarado el fin de la contratación de emergencia con motivo de la pandemia del Covid-19, y este aspecto no es analizado en los informes jurídicos mencionados.
De hecho, la denuncia del PSOE aportaba como documentación precisamente el primero de los informes de la asesoría jurídica del SAS y, en este sentido, señala que "ni un solo contrato debió haberse prorrogado, pues dejó de haber causa legal para la emergencia y se podía y debía haber contratado de manera ordinaria". Así, relata la denuncia que incluso partiendo de la hipótesis de que una primera contratación de emergencia tras el estado de alarma tuviera viabilidad jurídica, "resulta que el único precepto legal con el que se pudiera pretender justificarse una primera y única prórroga (artículo 29.4 de la LCSP), lo supedita y condiciona a que paralelamente se abra un nuevo proceso de contratación, y que dicha prórroga quede limitada a un plazo máximo de nueve meses".
A los asesores jurídicos, prosigue la denuncia, "se les habrían suministrado premisas falsas con el fin de obtener un informe favorable que formalmente habitare o permitiere una primera prórroga; y de la cuidada lectura de dicho informe, se saca la evidente conclusión de que los responsables de la contratación eran plenamente conocedores de que obraban en la más completa ilegalidad" porque siguieron "realizando la contratación a dedo durante un total de dos años y medio".
De ahí que afirmen los denunciantes que "es imposible sostener que no haya sido posible arbitrar un procedimiento de contratación de los muchos que contiene la Ley de Contratos del Sector Público y que hubiere evitado adjudicar más de 242 millones de euros de contratos públicos a dedo y sin procedimiento durante dos años y medio, cuando la Administración sanitaria tuvo tiempo más que suficiente para, al menos, haber fomentado la concurrencia, la competencia y la fijación de los precios de los servicios públicos conforme a las reglas del mercado".
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