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Coronavirus: El juez reitera al Ayuntamiento que debe dar salvoconductos para alimentar gatos

Colonias felinas

Los voluntarios alimentarán a los gatos callejeros en tres franjas horarias de menos afluencia de personas

Las protectoras de animales “conocen mejor la concreta ubicación de las colonias”

Una colonia de gatos en un solar abandonado
Amanda Glez. De Aledo

28 de abril 2020 - 14:16

El juez de lo Contencioso-Administrativo 3 de Sevilla reiteró este martes el “requerimiento urgente” al Ayuntamiento para que entregue credenciales a los voluntarios de una asociación protectora de animales para alimentar a las colonias de gatos ferales (callejeros) durante la alarma por coronavirus.

El auto, que es respuesta a varias peticiones de aclaración por parte del Ayuntamiento de Sevilla, concreta que la actividad de los voluntarios debe llevarse a cabo de forma prioritaria en los horarios de menos afluencia de público a los espacios públicos: de 6:00 a 9:00, de 15:00 a 17:00 de 21:00 a 0:00 horas.

El juez acoge los argumentos del Ayuntamiento sobre su falta de titularidad sobre ciertos espacios donde se sitúan esas colonias felinas: el puerto, titularidad de la Autoridad Portuaria, la Fábrica de Tabacos, bajo responsabilidad de la Universidad de Sevilla, o el Parque de la Alamillo, bajo autoridad de la Junta de Andalucía.

Sin embargo, añade que “tratándose de una cuestión de salud pública dentro de la ciudad, cuya competencia sí corresponde en exclusiva al Ayuntamiento, tanto las asociaciones protectoras de animales como el propio Consistorio podrán realizar “cuantas gestiones correspondan para obtener los permisos necesarios para acreditar a los voluntarios”.

Otro argumento del Ayuntamiento se refería al hecho de que veterinarios municipales ya están ocupándose de esas colonias. Pero el juez responde que las protectoras de animales -la demanda fue presentada por la asociación Movimiento Ciudadano para la Defensa de los Derechos de los Animales Abandonados y Abogacía Andaluza por la Defensa Animal- parecen tener “mejor conocimiento sobre la concreta ubicación“ de las colonias.

Por tanto, su actuación “parece complementaria” y por ello insta a las protectoras a “tener en cuenta en el desarrollo de su actividad que aquellas colonias que hayan sido alimentadas o atendidas por los servicios del Ayuntamiento y no necesiten más atención o cuidado, no deberán ser objeto de actuación alguna, a fin de evitar una dualidad de intervenciones“.

El juez permite al Ayuntamiento que, dada la situación de urgencia por la alarma sanitaria, emita una única credencial a favor de la asociación. El propio auto enumera las 38 personas que están autorizadas para llevar a cabo esa alimentación y el medio centenar de ubicaciones de colonias felinas en Sevilla.

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