Coronavirus: Ultimátum del juez al Ayuntamiento: o salvoconductos o denuncia penal

Colonias felinas

En 48 horas debe dar credenciales para alimentar a las colonias felinas, bajo amenaza de ser multado y denunciado

El Ayuntamiento debe identificar al funcionario responsable de que aún no se haya cumplido el auto judicial

Una colonia felina en el Cementerio de Sevilla
Amanda Glez. De Aledo

04 de mayo 2020 - 16:27

El juez de lo Contencioso-Administrativo 3 de Sevilla ha instado al Ayuntamiento a que, en el plazo de 48 horas, dé salvoconductos a las personas que alimentan al medio centenar de colonias felinas que existen en la ciudad. En caso contrario, le advierte de que será multado y sus responsables denunciados en la vía penal por desobediencia.

En un auto al que tuvo acceso este periódico, el juez Rafael Tirado requiere al Ayuntamiento para que “de forma inmediata y en todo caso dentro del plazo de 48 horas siguientes” a esta comunicación, de cumplimiento a su auto del 28 de abril, que ordenó dar credenciales para alimentar a los gatos a las 38 personas identificadas por el Movimiento Ciudadano para la Defensa de los Derechos de los Animales Abandonados y la asociación Abogacía Andaluza por la Defensa Animal (AADA).

Al transcurrir el tiempo sin recibir noticias, el abogado de las protectoras de animales denunció ante el juez “la evidente dejadez del Ayuntamiento de Sevilla”.

El magistrado, en un nuevo auto de este mismo lunes, advierte al Consistorio de que si no cumple lo ordenado en el plazo de 48 horas, adoptará las medidas coercitivas previstas por la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En su artículo 112, prevé que si transcurrido el plazo señalado para el total cumplimiento del fallo sin obtener respuesta de la Administración, el juez o tribunal adoptarán “las medidas necesarias para lograr la efectividad de lo mandado”. Entre ellas, deducir testimonio para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder e imponer multas coercitivas de entre 150 y 1.500 euros a las autoridades, funcionarios o agentes que incumplan los requerimientos del juzgado, así como reiterar esas multas hasta la completa ejecución del fallo judicial, "sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales".

Para ello, el juez pide al Ayuntamiento que, en el plazo de 48 horas, informe al juzgado cual es el el servicio encargado de cumplir lo acordado en el auto del 28 de abril, así como el “funcionario o funcionarios encargados de la ejecución de la resolución judicial dictada”.

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