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Juicio a 22 bares de Dos Hermanas por piratear La Liga

Propiedad intelectual

Son parte de los 4.394 establecimientos de toda España denunciados por un fraude de 11 millones

La Policía inspeccionó de forma simultánea miles de bares en toda España
Amanda Glez. De Aledo

31 de agosto 2020 - 05:00

Los juzgados de Dos Hermanas van a enjuiciar en las próximas semanas a 22 dueños de bares acusados de piratear la señal de los partidos de la liga de fútbol. Son solo una parte mínima de los 4.394 establecimientos de toda España investigados en la Operación Themis, desarrollada en diciembre de 2018 para identificar a bares que emitían ilegalmente los partidos de fútbol.

La Policía inspeccionó miles de locales y constató la emisión de los encuentros sin los elementos de seguridad (logo, mosca y fingerprint), en un fraude que La Liga valora en más de 11 millones de euros.

Según la denuncia, el fraude se realiza mediante descodificadores ilegales o con aparatos legales pero contratados para domicilios particulares (un tercio más baratos) y que son usados para emitir en bares y casas de apuestas.

Solo es un delito leve porque las imágenes de un partido no son “creaciones artísticas”

En el caso de los 22 bares investigados por el juzgado de instrucción 5 de Dos Hermanas, el juez abrió juicio por un delito leve contra el mercado y los derechos de los consumidores (artículo 286 del Código Penal), castigado con pena de multa.

No apreció concurso con un delito contra la propiedad intelectual (artículo 270 del Código Penal), que prevé prisión de 6 meses a 4 años a quien “reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente una obra o creación literaria, artística o científica”.

El Tribunal Supremo ya había dicho en 2013 que la grabación de los eventos deportivos “no constituye una obra protegida por la propiedad intelectual puesto que no son creaciones originales literarias, artísticas o científicas”.

El juez, en un auto al que tuvo acceso este periódico, dice que “la doctrina es clara al considerar que los derechos audiovisuales no están considerados como derechos de propiedad intelectual puesto que no son obras protegidas por el derecho de autor”, y “no son consideradas creaciones con unos estándares de originalidad y creatividad que puedan ser protegidos por tal normativa“.

La Liga recurrió a la Audiencia de Sevilla para que se aplicase el concurso de los dos delitos y la Fiscalía le apoyó, pero sorpresivamente la patronal del fútbol desistió de su recurso. La Sección Tercera de la Audiencia, en un auto de enero pasado, declaró que la Fiscalía no podía mantener su recurso al haberse retirado el recurrente principal y confirmó la decisión del juzgado de declarar como leves las 22 infracciones denunciadas, que serán juzgadas por separado.

No es delito amplificar la señal para llegar a toda la casa

El abogado Francisco Andrés Piña Cabezas, especializado en asuntos de mercado y consumidores, defiende a un hostelero de Dos Hermanas que va a ser juzgado el 30 de octubre.

El letrado manifiesta a este periódico que “no toda irregularidad constituye delito, ya que la jurisprudencia recoge supuestos en los que no lo hay”. Por ejemplo, cuando “a través de equipos legítimos facilitados por el proveedor se amplifica la señal para hacerla llegar a todas las habitaciones, sin empleo de equipos o programas informáticos diseñados para piratear la señal”.

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