La Fiscalía pide 45 años de cárcel para un malagueño por 'sexting', 'child grooming' y otros doce delitos contra una niña de Sevilla
Delitos sexuales y machistas
La víctima es de Alcalá de Guadaíra y, según la acusación, fue objeto de acoso, amenazas y más delitos a través de las redes sociales después de entablar relación con el encausado a través de Instagram
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La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla dejó ayer visto para sentencia un juicio de unas características muy peculiares contra un joven de Alhaurín el Grande (Málaga) para quien la Fiscalía solicita casi 46 años de cárcel. Ya lo hacía en su escrito de calificación provisional y lo ratificó después de la vista oral, una vez oídos el acusado, la víctima, las peritos y varios policías. A.S.M. no ha matado a nadie, pero el Ministerio Público le imputa catorce delitos relacionados con la libertad sexual y la violencia de género contra una niña de Alcalá de Guadaíra, de ahí que la suma de todas las penas pedidas resulte tan llamativa. La particularidad del caso, aparte de esa calificación tan extrema, es que la mayoría de los delitos que se le atribuyen no fueron cometidos físicamente, sino por vía telemática. Entre ellos figuran los de sexting (obtener imágenes o vídeos personales de índole sexual y difundirlos después contra la voluntad de la víctima), child grooming (ciberacoso sexual a menores) e incluso agresión sexual aunque nunca llegaron a consumar el acto, tal como reconoció la joven ante el tribunal.
Los hechos comenzaron hace unos ocho años, cuando A.S.M. tenía veinte y la víctima era una niña de once o doce. Ambos contactaron por Instagram y durante unos meses a finales de 2017 llegaron a tener una relación de pareja (de ahí que la Fiscalía contemple la agravante de parentesco), aunque en realidad sólo se vieron un par de veces. En una de ellas en principio no ocurrió nada y en otra él le dio un beso, hecho por el cual está acusado de abuso sexual con una petición de seis años de reclusión.
Durante el tiempo que mantuvieron contacto, el encausado supuestamente logró que la menor le mandase imágenes y grabaciones en situaciones íntimas y las distribuyó entre sus contactos. Según la Fiscalía, también la acosó, la amenazó y la maltrató, entre otros comportamientos contrarios a la ley (y a la integridad y dignidad de la joven).
La consecuencia es que la lista de delitos que dan forma a la calificación de la Fiscalía contra A.S.M. es extensísima. La mayor pena que reclama es una de trece años de prisión por un delito de sexting con embaucamiento en concurso con un delito de creación de pornografía infantil con intimidación, todo sobre una menor de 16 años. Por esta infracción, de reciente incorporación al Código Penal en el primer caso, la acusación también pide que el procesado sea inhabilitado para cualquier trabajo que implique contacto con menores de edad durante 18 años.
El Supremo como aval para la agresión sexual
El segundo delito más grave es el de agresión sexual, por el que la Fiscalía pide diez años de cárcel. Tanto el acusado como la víctima aclararon ante el tribunal que no habían mantenido ningún contacto sexual, así que la fiscal tuvo que explicar por qué interesaba esa pena. Y lo que hizo la representante de la acusación pública fue remitirse a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que en una sentencia de 2021 tipificó como agresión sexual el caso de un hombre que intimidó a una menor a través de las redes sociales y le exigió fotografías y vídeos de ella con claro contenido sexual. También la amenazó con publicar los archivos que ya le había enviado en Tuenti si no le mandaba esas imágenes.
En esa sentencia, el alto tribunal estableció que la “distancia física” entre el agresor y la víctima “no desnaturaliza los requisitos de la agresión sexual” porque “mediante intimidación se atenta contra la libertad sexual de la víctima en un escenario, el de las redes sociales, con mayor impacto nocivo y duradero”. El paralelismo con el caso de Alcalá es tan grande que la víctima de Valencia tenía doce años cuando sufrió aquella agresión.
Además de esos dos grandes delitos, la Fiscalía elevó ayer a definitiva su petición de seis años de prisión por el abuso sexual (el beso); tres años por el delito de child grooming o ciberacoso sexual a un menor de edad; tres años por un delito contra la intimidad por difusión no consentida de imágenes íntimas en concurso con un delito de distribución de pornografía infantil; tres años por un delito de malos tratos habituales de violencia de género; dos años por un delito de acoso; dos años por un delito de amenazas; un año por un delito de exhibicionismo; un año por un delito de amenazas de violencia de género; un año por un delito de coacciones de violencia de género; y nueve meses por un delito de tenencia de pornografía infantil.
En relación con todos los delitos de cariz sexual, la acusación quiere que A.S.M. sea condenado a diez años de libertad vigilada una vez salga de la cárcel. Y en cuanto a las órdenes de alejamiento, la conclusión de la fiscal es que se le prohíba acercarse a menos de 500 metros de la joven y de Alcalá de Guadaíra durante un total de 70 años.
El juicio, que estaba señalado para un solo día, se celebró ayer durante toda la mañana. Unas tres horas y media duró la vista oral, que comenzó con la petición del abogado de A.S.M. de que su cliente declarase en último lugar. El tribunal de la Sección Séptima no tuvo inconveniente, así que la ronda de comparecencias comenzó con la víctima. Después fue el turno de la madre de la joven, tres agentes de la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de Alcalá, dos peritas, el policía que hizo el volcado del móvil del encausado y, por último, A.S.M.
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