Un juez exonera a una sevillana del pago de 600.000 euros por la ley de Segunda Oportunidad
Ley de Segunda Oportunidad
La mujer había avalado la mayoría de las operaciones empresariales de su esposo y tenía la nómina embargada
Un juzgado perdona una deuda de más de 300.000 euros
Una nueva resolución que "perdona" a una sevillana del pago de importantes deudas por la ley de Segunda Oportunidad. La Sección Segunda el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha exonerado a una mujer de Sevilla de la totalidad de sus créditos que había contraído como fiadora de las operaciones de la empresa familiar, por un importe de más de 600.000 euros. La esposa, actualmente empleada por cuenta ajena, había avalado la mayoría de las operaciones empresariales de su esposo y se encontraba con su nómina embargada.
Los letrados María José Cansino y Javier Rodríguez, del bufete Aselegal Consultores, iniciaron el procedimiento en marzo de 2022 y tras cuatro meses de procedimiento, han obtenido la resolución que deja a esta sevillana, en palabras de la beneficiaria "con una verdadera posibilidad de comenzar una nueva vida, una auténtica segunda oportunidad”.
La letrada ha explicado a este periódico que, en este caso, la clienta "llegó al despacho exponiendo una situación bastante desesperada en la que la crisis económica de la empresa familiar arrastró a ambos cónyuges y ya habían perdido todas sus propiedades. Aún así, los bancos seguían reclamando la deuda no satisfecha con los inmuebles y, como los bancos venden sus deudas a fondos extranjeros, vivían acosados a llamadas y comunicaciones de reclamación. Para mayor agravamiento, el único sueldo de la familia percibido por la esposa, estaba parcialmente embargado, por lo que la perspectiva era muy negativa para todo el núcleo familiar, incluyendo a sus hijos".
Este expediente se tramitó con la ley que estaba vigente antes de la reforma de septiembre de 2022 y se solicitó la paralización del embargo de la nómina. Al no existir acuerdo con los acreedores se inició el proceso concursal ante el juez, quien ha exonerado de todas las deudas a la cliente en un procedimiento muy rápido. "Es decir, de un día para otro, como quien dice, nuestra cliente dejó de deber más de 600.000 euros", señalan los letrados.
La Ley ha sido reformada a finales del pasado año y aún no se han podido valorar los cambios que traerá. “Es demasiado pronto para anticipar cómo irán los futuros expedientes de Segunda Oportunidad. Por una parte, se ha pretendido abaratar costes y clarificar cuestiones controvertidas con la anterior regulación. Los Juzgados mercantiles en Sevilla, además, están siendo muy ágiles. Si bien es cierto que quedan matices por aclarar que se irán resolviendo con la propia práctica. Desde luego, una gran noticia ha sido que el deudor ahora puede acogerse a este mecanismo sin perder su vivienda habitual”, añaden desde Aselegal Consultores.
Los letrados recuerdan que si su caso es susceptible de acogerse a esta normativa, su vida puede cambiar de manera muy favorable. Lo que sí es necesario es asesorarse con un profesional del Derecho, más ahora que toda la tramitación se ha de llevar a través de los juzgados, suprimiéndose el anterior inicio ante notario así como la figura del mediador concursal. "Nuestra mayor recompensa es la satisfacción del cliente, en este caso, nos alegran sus palabras: Es un nuevo comienzo, algo real. La gente debe saber que hay casos en los que sus deudas se perdonan", han concluido.
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