Los jueces de Sevilla mantienen las visitas de los hijos de divorciados
Coronavirus
A diferencia de otras ciudades, en Sevilla creen que las visitas “pueden ser necesarias e ineludibles”
Aconsejan transformarlas en semanales o quincenales
La Junta Sectorial de Jueces de Familia de Sevilla acordó este sábado mantener el régimen de visitas de los hijos de divorciados mientras dure el estado de alarma por coronavirus, pero aconsejando que se transformen en semanales, quincenales o mensuales.
A diferencia de juntas similares en otras provincias, que han suspendido las visitas por el riesgo de contagio para los menores, la de Sevilla entiende que el Real Decreto del estado de alarma “no significa que queden eliminadas las visitas o estén prohibidos los intercambios, pues en ocasiones pueden ser incluso necesarios e ineludibles para conciliar la vida laboral, familiar y la salud”.
La declaración del estado de alarma “no elimina el derecho de visitas y custodia” pues los jueces recuerdan que el citado decreto permite los desplazamientos para la “asistencia y cuidado” de menores, entre otros colectivos dependientes.
La Junta (“telemática y urgente”) de los cinco jueces de Familia, con asistencia del juez decano, Francisco Guerrero, aconsejó a los progenitores “reducir los intercambios al mínimo posible, con estancias semanales, quincenales o incluso mensuales según las circunstancias de cada caso". Puede servir de ejemplo "lo acordado para periodos estivales”, según la resolución a la que tuvo acceso este periódico.
Al igual que otras juntas sectoriales, la de Sevilla dice que se deben aumentar las comunicaciones telemáticas de los hijos con el progenitor que no se encuentra en ese momento con ellos e incluso compensar, una vez finalizada esta situación excepcional, los periodos que una de las partes no haya podido disfrutar.
Por regla general, no se despachará ejecución por supuestos incumplimientos derivados del confinamiento domiciliario pero los magistrados indican que, tras el cese de la presente situación excepcional, los progenitores podrán instar modificaciones en el régimen de visitas, valorando en su caso “el abuso de derecho, la mala fe o las actitudes injustificadas que hayan podido perjudicar a los progenitores o a los menores, o hayan puesto en peligro la salud de los mismos on la salud pública”.
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