La juez descarta cualquier responsabilidad penal de los laboratorios de Magrudis
Caso Magrudis
La magistrada rechaza la petición de imputar en la causa a trabajadores de Tecoal y Biocontrol porque "en ningún momento tuvieron capacidad de decisión ni de actuación".
La juez de Instrucción número 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez, que investiga el mayor brote de listeriosis detectado en España, que provocó cuatro muertos y seis abortos, ha descartado cualquier responsabilidad penal por parte de los técnicos de los laboratorios que se encargaban de los análisis y el control de la actividad de Magrudis, rechazando citarlos como investigados al considerar que estas imputaciones son "injustificadas".
La magistrada ha dictado un auto, fechado el pasado 3 de noviembre y al que ha tenido acceso este periódico, en el que rechaza imputar en la causa a los técnicos de los laboratorios Microal/Tecoal y Biocontrol, quienes ya han declarado como testigos, al estimar que "no cabe imputarles penalmente pues en ningún momento tuvieron capacidad de decisión ni de actuación, no asumieron responsabilidades en la cadena de producción o comercialización, careciendo de capacidad autónoma de decisión, limitándose a asesorar y a realizar informes técnicos y análisis de productos".
El perito que ha realizado el informe pericial sobre el brote para el juzgado criticó la actuación del laboratorio Microal/Tecoal, por cuanto consideró que tras los análisis de los dos lotes fabricados en marzo y abril de 2019, debería "haberse comunicado por escrito en el informe de ensayo de las medidas correctoras que tenían que poner en marcha en base a la normativa higiénico-sanitaria en vigor", por lo que opinaba que este laboratorio "no obró con ética profesional, aunque tampoco podemos establecer esta falta de información voluntaria como la causa de que Magrudis no pusiese en marcha medidas correctoras, o si lo hizo, no fueron suficientes".
Con respecto a Controltec/Biocontrol, que elaboró el plan de autocontrol y los planes de higiene, el perito concluyó que el plan "no está bien diseñado, pues de partida no cumple la premisa de adaptarse a la industria, por lo que no previene los peligros potenciales de Magrudis; no incluye la nave 21 (Elaborados Cárnicos Mario), no incluye la actividad de almacenamiento polivalente y almacenamiento en refrigeración de productos de origen animal, permitiendo en el sistema de autocontrol que carne de ave y carne de cerdo, chorizo o morcilla sean conservadas en la única cámara de almacenamiento refrigerado de materias primas".
La juez cree que son "imputaciones injustificadas"
Tras este informe, una de las acusaciones personadas por varios de los afectados solicitó la imputación del gerente de Microal, Mariano Barroso, y de la responsable del diseño teórico del sistema y del asesoramiento técnico de laboratorios Biocontrol, Ana Váquez, pero la juez lo ha rechazado categóricamente al afirmar que ambos ya declararon en calidad de testigos y "aclararon su participación y relación" con Magrudis.
Así, la juez insiste en el auto en que su participación en relación a los hechos investigados "ha sido ya esclarecida en los presentes autos y no existe indicio racional de criminalidad contra los mismos, sin que podamos atribuirles responsabilidad penal alguna en los hechos objeto de investigación, siendo las pretensiones del recurrente inconsistentes e infundadas, pretendiendo imputaciones injustificadas".
La instructora explica que Tecoal ofrece un servicio de asesoramiento y control periódico analítico, manteniendo una "relación comercial esporádica, no continua, ya que Magrudis rechaza otro tipo de relación comercial" y así recuerda que en febrero la empresa le hizo una oferta a los dueños de Magrudis que fue rechazada.
Por su parte, Ana Vázquez se limitó a prestar asesoramiento técnico, al trabajar para la empresa Controltec, que usa la marca Biocontrol, y en este sentido, la juez añade que la testigo realizó funciones de asesoramiento y elaboró un documento de autocontrol en abril de 2019, es decir, "después de que ya Magrudis supiera la existencia listeria monocytogenes en sus productos, y si bien el documento que elaboran puede que contenga algunas deficiencias, ello no implica que deban responder criminalmente de lo ocurrido", asevera el auto. Y concluye que analiza la conducta de Microal y Biocontrol, estos "no incurren en responsabilidad penal", ya sea de forma dolosa, con dolo eventual o por imprudencia grave.
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