El denunciante de las oposiciones pide al juzgado que ejecute la sentencia que obliga a cesar a 44 policías locales
EL CASO DE LA FILTRACIÓN DE LAS OPOSICIONES DE LA POLICÍA LOCAL
El plazo para la ejecución voluntaria del fallo por parte del Ayuntamiento venció el pasado domingo.
El juzgado rechaza no ejecutar la sentencia de la filtración de las oposiciones
El dilema del alcalde: cesar o no a los agentes
El denunciante de las filtraciones en las oposiciones de 2012 en la Policía Local de Sevilla pasa a la acción. Después de que el Ayuntamiento de Sevilla haya dejado transcurrir el plazo legal de los dos meses para la ejecución voluntaria de la sentencia de las polémicas oposiciones que afecta a 44 agentes de la Policía Local -que tendrían que ser cesados para volver a examinarse para mantener sus plazas-, el denunciante ha presentado un escrito en el juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla en el que solicita precisamente la ejecución del fallo.
El Ayuntamiento de Sevilla tenía de plazo hasta el pasado domingo, 18 de junio, para la ejecución voluntaria de la sentencia finaliza. El plazo vencía justo el día después del relevo en la Alcaldía de Sevilla, con la salida de Antonio Muñoz y la entrada del popular José Luis Sanz, que venció al socialista en las pasadas elecciones municipales del 28-M y que será quien finalmente tendrá que decidir sobre un conflicto que se generó en la etapa de otro alcalde del PP, Juan Ignacio Zoido.
Sin embargo, hasta el momento el Ayuntamiento no ha ejecutado la sentencia, por lo que los 44 agentes continúan desempeñando su labor con normalidad, al menos hasta el día de ayer. El denunciante del fraude, en cambio, sí que presentó ayer mismo un escrito en el juzgado solicitando la ejecución del fallo, según confirmaron a este periódico fuentes judiciales. A partir de ahora, el juzgado tendría que dar traslado al Ayuntamiento de Sevilla y a la defensa de los agentes de esta petición, ante la que se podría plantear un "incidente de ejecución" por el tiempo transcurrido y la imposibilidad material de ejecutar el fallo, debido a los posibles perjuicios que se podrían ocasionar.
De hecho, el juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla, tal y como adelantó este periódico, rechazó la semana pasada no ejecutar la sentencia, después de que el abogado del sindicato SPPME, que representa a unos 35 de los 44 afectados por la sentencia presentara un "incidente de ejecución", en el que solicitaba la inejecutabilidad de la sentencia. El juzgado rechazó de plano esta petición porque ni si quiera se había cumplido todavía el plazo legal de los dos meses que tenía el Ayuntamiento para ejecutar la sentencia. No obstante, la defensa podría volver a plantear la inejecución ahora.
El artículo 105.2 de la Ley 29/1998, de la jurisdicción Contencioso-administrativa, establece precisamente que "si concurriesen causas de imposibilidad material o legal de ejecutar una sentencia, el órgano obligado a su cumplimiento lo manifestará a la autoridad judicial a través del representante procesal de la Administración, dentro del plazo previsto en el apartado segundo del artículo anterior, a fin de que, con audiencia de las partes y de quienes considere interesados, el Juez o Tribunal aprecie la concurrencia o no de dichas causas y adopte las medidas necesarias que aseguren la mayor efectividad de la ejecutoria, fijando en su caso la indemnización que proceda por la parte en que no pueda ser objeto de cumplimiento pleno".
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declaró "firme" el pasado 23 de marzo la sentencia que afecta a 44 agentes por la polémica de las "filtraciones" de las oposiciones de la Policía Local de Sevilla en 2012 -eran 45 pero uno de los afectados falleció en acto de servicio-, y desde ese momento el Ayuntamiento ha estado estudiando la situación.
El informe de la dirección general de Recursos Humanos
Así, hay dos informes, uno de ellos elaborado por la dirección General de Recursos Humanos, que señalan cómo debe llevarse a cabo la ejecución de la sentencia, lo que plantea un dilema para el nuevo alcalde, que debe decidir sobre el futuro de estos agentes que, a la espera de la repetición de la prueba práctica de las oposiciones, tendrían que cesar en el cargo más de once años después de someterse al proceso selectivo.
El informe elaborado por la dirección general de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Sevilla sobre la ejecución de la sentencia de las oposiciones señala precisamente los efectos que se han producido por el tiempo transcurrido desde que se celebró el proceso selectivo y la firmeza de la sentencia y, en este sentido, señala que el total de aspirantes cuyo nombramiento se han visto anulados por la sentencia asciende en realidad a 45 agentes -menos el agente que falleció en acto de servicio- porque aunque la convocatoria era de 56 plazas, la juez rechazó el recursos con respecto a la selección de 11 plazas del turno de movilidad.
De esos 44 afectados, cinco agentes ya no prestan servicio en el Ayuntamiento de Sevilla porque permutaron sus plazas con policías de otras provincias, y otros cinco han promocionado a "oficial" de la policía local, mientras que otros 15 están en un proceso de promoción interna para adquirir precisamente la categoría de oficial y uno incluso para subinspector.
Dice este informe que el coordinador general de la Alcaldía ha decretado ya el "acatamiento" dictado por la providencia dictada por el Tribunal Supremo y, en consecuencia, "procede ejecutar" la sentencia del juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla, que fue ratificada por el TSJA y luego el Tribunal Supremo inadmitió los recursos, y que puede poner en la calle a estos agentes 11 años después.
Con la repetición del caso práctico, según este informe, habría 250 aspirantes que tendrían derecho a volver a realizar la prueba práctica del tercer ejercicio del proceso selectivo aectado por la sentencia que debe ejecutarse, dado que tendrían la condición de "interesados".
La dirección general de Recursos Humanos propone paralizar la promoción interna a la categoría de oficial a los aspirantes, dado que habrían dejado de cumplir un requisito esencial de la convocatoria -"ser policía local del Ayuntamiento de Sevilla y haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en la referida categoría"-; y también propone "cesar" en la condición de funcionarios a los afectados por la sentencia que, tras su cese, "dejarán de manener relación alguna con el Ayuntamiento de Sevilla".
Por último, propone iniciar el procedimiento de revisión de oficio de la permuta de plazas, ascensos y traslados, con la finalidad de que se declare la nulidad de los actos administrativos que aprobaron dichas permutas.
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