2025
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Los delitos al volante suponen una de cada tres condenas

La delincuencia vial

Los jueces dictaron en Sevilla 2.043 sentencias a conductores que dieron positivo en alcohol o drogas, y otros 1.940 fueron cazados cuando circulaban sin licencia o permiso

Un agente de Policía Local durante un control de alcohol y drogas. / Antonio Pizarro

Una de cada tres condenas que dictan los juzgados y tribunales se refieren a delitos contra la seguridad vial, según refleja la memoria de la Fiscalía General del Estado presentada esta semana con motivo de la apertura del año judicial. La cifra es nacional pero es perfectamente extrapolable a nivel regional y provincial, según ha confirmado a este periódico el fiscal jefe de Sevilla, Luis Fernández Arévalo, que ha destacado como los delitos que se producen al volante, ya sea por exceso de velocidad o conducción bajo los efectos del alcohol y/o las drogas son la primera tipología delictiva de Sevilla. El año pasado –la memoria recoge los datos de 2018– estos delitos motivaron la presentación de 3.122 escritos de acusación en Sevilla.

Otro dato corrobora la relevancia de las infracciones en esta materia: de las más de 5.900 acusaciones formalizadas por el Ministerio Público en diligencias urgentes en Sevilla, algo más de la mitad, el 52% (esas 3.122) lo fueron por esta materia.

Tras los delitos de tráfico, se sitúan las acusaciones por asuntos de Violencia de Género, que es la segunda tipología delictiva más frecuente en Sevilla y de las que la Fiscalía hispalense realizó 802 acusaciones.

El año pasado se dictaron en Sevilla 2.043 sentencias contra conductores que fueron sorprendidos bajo la influencia del alcohol –con una tasa en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro– o las drogas; mientras que otros 18 conductores fueron juzgados precisamente por negarse a someterse a las pruebas de detección de estas sustancias, y 1.940 por circular sin licencia o permiso, o hacerlo tras haber perdido todos los puntos del carné.

Muchos de estos procedimientos se tramitan como diligencias urgentes y en la “inmensa mayoría”, en porcentajes que superan ampliamente el 90%, se produce una conformidad del acusado con los hechos denunciados, lo que motiva que el proceso se tramite con mayor celeridad en un juzgado de instrucción sin que el caso tenga que ser enjuiciado ante un juzgado de lo Penal.

La explicación a este gran número de acuerdos de los acusados, señala Fernández Arévalo, se debe a que se trata de “tipos delictivos con una prueba obvia y objetiva”, como cuando se supera la tasa de alcohol o se conduce sin carné, por lo que el infractor accede a la conformidad, dado que además de esta forma logra una reducción “de un tercio en la condena”.

La memoria de la Fiscalía General del Estado señala que de los 651 conductores que fallecieron en 2017, el 42%, lo que supone 274 personas, habían tomado alcohol, drogas o sustancias psicotrópicas. Y en 138 casos, la tasa de alcohol era de 1,2 gramos por litro, y en 89 de dos gramos, lo que supone unos niveles muy elevados.

Por este dato, el Ministerio Público aconseja “incrementar los controles de conducción bajo la influencia de dichas sustancias y, en general, la supervisión en las vías públicas de todas las infracciones de la legislación vial indiciariamente constitutivas de delito, como estrategia esencial para reducir la siniestralidad”.

Los controles, “cuya finalidad no es estrictamente sancionadora sino preventiva, constituyen una estrategia esencial para la disminución de la siniestralidad”.

De la misma forma, considera “imprescindible” una apuesta decidida por la seguridad vial, con la correspondiente inversión económica, lo que requiere un “aumento sustancial del número de radares de nuestro país, pues en la comparativa europea estamos en un lugar que no nos corresponde en función del número de habitantes y extensión geográfica”. Y en este sentido advierte que si no se aumentan los radares “es muy difícil que haya reducciones de la siniestralidad”, recoge la memoria de la Fiscalía General del Estado.

Pero no sólo son necesarios más controles y radares, la Fiscalía apunta que es necesario “con la misma firmeza” la mejora del estado de las vías públicas, con el “abordaje de los tramos de concentración de accidentes”, que para el Ministerio Público es otra asignatura pendiente.

Las apps que alertan a los usuarios

La memoria de la Fiscalía señala asimismo que la trascendencia de los controles es “incompatible” con las conductas que se vienen observando en los últimos tiempos de “avisar”, sobre todo a partir de aplicaciones de uso compartido y de otras herramientas tecnológicas, de los lugares en los que se está realización un control de alcohol o drogas.

Y lo mismo sostiene sobre la utilización de inhibidores o detectores de radares, que son contrarios al artículo 13.6 de la ley de seguridad vial y sancionados en la misma norma.

Con el aviso de los lugares en los que se realizan los controles de alcohol o drogas, se “frustra en gran medida la finalidad preventiva, ocasionando una perturbación relevante de las estrategias para atajar la siniestralidad”, dado que obliga a la Policía a establecer controles itinerantes o en lugares de escaso tráfico o de corta duración, con lo que se “dispersan los esfuerzos de los agentes que pierden así su eficacia y, sobre todo, se ocasiona un daño considerable a la seguridad vial”.

La Fiscalía añade que al crearse en los últimos tiempos avisos de “presencia de la Policía” sin mayor comprobación pueden frustrarse igualmente actuaciones de los agentes “dirigidas a la investigación o persecución de otras formas delictivas de mayor gravedad, como el tráfico de drogas o las actividades terroristas”.

Por ello, la Fiscalía de Seguridad Vial requiere la colaboración policial para informen sobre las apps y herramientas tecnológicas que facilitan esas conductas, y una vez que dispongan de los datos se examinarán las “iniciativas, propuestas o acciones que sean procedentes”, concluye la memoria.

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