Las defensas reclaman el archivo de la macrocausa del taxi de Sevilla por superar los plazos legales de instrucción

La macroinvestigación del taxi

La investigación de la quema de los 9 vehículos de Cabify y a la Asociación Solidaridad del Taxi quedan a expensas de la decisión de la Audiencia de Sevilla

Los vehículos de Cabify incendiados en la madrugada del 1 de mayo de 2017.
Los vehículos de Cabify incendiados en la madrugada del 1 de mayo de 2017. / M. G.

Un nuevo giro en la investigación a un sector del taxi sevillano por los casos de presunto acoso, amenazas y daños que un juzgado de Sevilla mantiene abierta desde el año 2017 y que está relacionado con la competencia de los VTC y el control de la parada del aeropuerto de San Pablo. Dos de las defensas de los taxistas investigados han pedido a la Audiencia de Sevilla que archive la investigación por haberse superado los plazos legales de instrucción fijados en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), al estimar que la prórroga de la investigación se realizó fuera del plazo previsto de seis meses y, por tanto, debe declararse la nulidad de todas las actuaciones posteriores.

Según estas defensas, en caso de que la Audiencia decida la nulidad, la consecuencia no podía ser otra que el archivo de dos de las tres piezas en las que se dividió la causa y en la que se investigan los hechos más graves: el incendio de los nueve vehículos de Cabify en la madrugada del 1 de mayo de 2017 y supuesta implicación de la Asociación Hispalense de Solidaridad del Taxi como una organización criminal relacionada con delitos de asociación ilícita coacciones y daños.

La juez de Instrucción número 8 de Sevilla, Reyes Flores, que investiga la macrocausa del taxi, dictó un auto el pasado 3 de noviembre en el que ha avalado las prórrogas de la instrucción que se inició el 16 de marzo de 2017 y en la que, según señala la juez, se abrieron con fecha 1 de junio de ese mismo año dos piezas separadas. En el auto, la juez explica que "la extensa instrucción, no exenta de una actuación recurrente de la defensa y con ello con tramitación dilatada y complicada, no puede estimarse interrumpida ni practicada fuera del plazo legal, no pudiendo estimarse el recurso y la pretendida nulidad de lo actuado" porque la causa sólo está a la espera del dictado del auto de transformación de las diligencias previas en un procedimiento abreviado, indica la instructora.

Uno de los abogados que han recurrido la decisión de la juez ante la Audiencia es Simón Fernández, del despacho "Constitución 23, estudio de litigación", quien ha presentado un recurso de apelación en el que solicita a la Audiencia de Sevilla el sobreseimiento y archivo de la macroinvestigación del taxi. El letrado señala en el recurso que la declaración de complejidad de la causa se produjo "fuera de plazo" y en las diligencias principales, las abiertas en el año 2017, no en las dos piezas separadas mencionadas que se incoaron en julio de 2018.

La defensa entiende que, en todo caso, no se trata de una "nueva causa" sino la continuación bajo otro número distinto de "la misma investigación que arrancó en marzo de 2017 y que agotó su plazo de instrucción en enero de 2018, antes incluido de que se acordara esa división formal que no obedecía a una verdadera nueva causa".

La decisión de la instructora, prosigue el letrado, "por más que responda a razones prácticas [la juez aludió a la necesidad de evitar dilaciones indebidas] no puede servir para burlar el sistema de plazos que, como bien dice la sentencia número 455/2021 de 27 de mayo de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, no se trata de plazos propios o impropios, sino de una decisión de política legislativa cuya meridiana claridad no ofrece dudas".

De esta forma, las defensas consideran que las dos piezas separadas "nacieron ya viciadas y muertas", por lo que no es procedente la prórroga de la instrucción y "sólo cabe el sobreseimiento y archivo pues cuando se crean en julio de 2018 es en realidad la continuación" de la investigación de 2017 que había ya "expirado en enero de 2018". Y en este sentido, destaca que si ambas diligencias se hubieran creado en junio de 2017 "no podrían tener la numeración de 2018".

Por ello, concluyen que "no hay una nueva causa ni se deduce un testimonio por la aparición en la primera de hechos delictivos nuevos. Se utiliza la ficción o la formalidad de darle un nuevo número a una parte de la investigación que ya se había iniciado más de un año antes", y añaden que en las piezas separadas no consta ni petición del fiscal ni auto de prórroga o de complejidad alguna.

La consecuencia de haber superado el plazo inicial de seis meses de instrucción conllevaría la nulidad de todas las actuaciones posteriores, son "inválidas cuantas diligencias hayan sido realizadas, incluidas aquella que se realizaron bajo el paraguas de una nula declaración de complejidad y prórroga".

De aceptar el criterio de las defensas, el macroproceso contra el taxi se circunscribiría a los seis primeros meses de instrucción, en los que sólo declararon como investigados varios taxistas por los insultos, amenazas y daños a los conductores de los VTC, pero quedaría fuera la investigación por el incendio de los Cabify y todo lo relacionado con la asociación Solidaridad del Taxi.

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