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Las defensas piden la nulidad del caso Isofotón por saltarse los plazos

Consideran que la instrucción de la macrocausa finalizó en junio de 2017 y que se han producido prórrogas de la investigación cuando no era posible por estar ya “fuera de plazo”

Una manifestación de los trabajadores de Isofotón pidiendo ayuda a la Junta de Andalucía, en marzo del año 2013. / Javier Albiñana

Varias defensas han comenzado a plantear una línea de actuación que puede dar al traste con la macrocausa relacionada con la empresa malagueña Isofotón, que recibió más de 80 millones de fondos públicos en ayudas, avales y préstamos. Según ha confirmado este periódico, algunas defensas están estudiando plantear en el juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla la nulidad de las actuaciones, al considerar que en este proceso, en el que la juez ha imputado recientemente a 38 personas –entre ellas 12 ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía–, se han vulnerado los plazos procesales de la instrucción, además de estimar que se ha actuado durante cinco años “a espaldas de los investigados”, generando su indefensión.

Quien sí lo ha solicitado ya en el juzgado ha sido el abogado Juan Carlos Alférez, que representa a un directivo de la agencia IDEA investigado en Isofotón, quien ha pedido a la juez la nulidad de tres autos dictados en octubre de 2017, octubre de 2018 y junio de 2020 en los que se prorrogó por 18 meses la instrucción al estimar que estos autos se dictaron “fuera de plazo”, puesto que la instrucción de la misma debió finalizar el “6 de junio de 2017”.

De esta forma, entiende el letrado que los autos de prórroga mencionados son “contrarios a derecho” por haberse vulnerado el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, así como el derecho a un proceso con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva. Así, concluye Alférez que debe declararse la nulidad de los mismo, expulsando todas las diligencias practicadas desde esa fecha –incluido el último atestado de la UDEF, que fue entregado en el juzgado el 20 de abril de 2020 y en el que se fundamentan las imputaciones de las 38 personas– y a partir de ahí la instructora debe dictar una de las resoluciones posibles de las contenidas en el artículo 779: el archivo o la transformación de las diligencias en un procedimiento abreviado.

La juez acordó, a instancias de la Fiscalía, cuatro prórrogas con la investigación “caducada”

La defensa critica además que la presente instrucción se ha desarrollado “en su integridad hasta la fecha a espaldas de los investigados” y para acreditar que se han dictado las prórrogas fuera de plazo realiza un recorrido cronológico de la causa, que se inició el 6 de mayo de 2015 con la apertura de las diligencias previas.

En este sentido, señala que el 27 de mayo de 2016, dentro del plazo legal, la Fiscalía solicitó la declaración de causa compleja, acordándose por la juez la prórroga de 18 meses de instrucción, debiendo finalizar el 6 de junio de 2017, según los cálculos que aporta el defensor.

La siguiente prórroga fue pedida por el Ministerio Público el 5 de octubre de 2017, es decir, “cuatro meses después de haber caducado la instrucción”, en un escrito “presentado a todas luces fuera de plazo”, insiste el letrado, que añade que en octubre de 2018 se volvió a reclamar una tercera prórroga “cuando ni siquiera era posible pedir una tercera e indebida” ampliación de la instrucción.

Y tras esa nueva prórroga, también acordada por el juzgado, la el Ministerio Público volvió a solicitar una cuarta extensión del plazo de instrucción en junio de 2020 y la juez acordó la “inaudita” cuarta prórroga.

El letrado concluye que una instrucción penal “no puede durar cinco años” y “menos aún, no se pueden dictar cuatro prórrogas de una causa compleja, pero lo que choca frontalmente con la norma es dictar autos de prórrogas de la instrucción cuando ésta ya ha caducado, especialmente en el caso analizado, donde incluso todas las peticiones de prórroga del Ministerio Fiscal están presentadas fuera de plazo”.

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