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Coronavirus: El Ayuntamiento pide aclaración sobre el salvoconducto para alimentar a gatos

Colonias felinas

Antes de dar credenciales pide al juez cuatro aclaraciones a sus medidas cautelares urgentes

El Ayuntamiento no tiene competencia en los recintos no municipales: Puerto, Fábrica de Tabacos y Alamillo

Un gato callejero bajo un coche
Amanda Glez. De Aledo

22 de abril 2020 - 05:00

El Ayuntamiento de Sevilla no ha entregado aún los salvoconductos a las personas que alimentan gatos callejeros, como le ordenó el juez el pasado 17 de abril, y ha presentado un escrito en el que pide aclaración sobre cuatro aspectos: el listado de voluntarios, el horario al que alimentarán a las colonias felinas, qué hacer en los recintos que no son de titularidad municipal (Alamillo, Fábrica de Tabacos y Puerto de Sevilla) y que debe hacer el Zoosanitario Municipal que ya ha empezado a alimentar a esos animales.

El juez de lo Contencioso 3 había dictado unas medidas cautelares urgentes para que el Ayuntamiento dotase de credenciales a los voluntarios que alimentan las colonias de gatos ferales (callejeros), que hasta ahora son multados por incumplir el estado de alarma cuando se dirigen a alimentar a esas colonias.

La asociación Abogacía Andaluza por la Defensa Animal (AADA) y el Movimiento Ciudadano para la Defensa de los Derechos de los Animales Abandonados se dirigieron entonces al Ayuntamiento para solicitar una reunión en la que “coordinar las credenciales y el acceso a los espacios públicos cerrados”. “Tenemos una posición de absoluta colaboración y predisposición pero no obtenemos respuesta”, indican a este periódico.

La letrada del Ayuntamiento pide al juez que aclare cuales son las personas que deben ser autorizadas, ya que un primer escrito de las asociaciones protectoras de animales contenía un listado de 26 voluntarios y otro escrito citaba a 18, de las cuales 12 eran coincidentes.

Otro inconveniente, según el Consistorio: uno de los recintos que citan las protectoras de animales es el Megaocio Bormujos, situado en otro término municipal. Y añade: tres de los recintos cerrados en los que, según el juez, deben ser autorizados los voluntarios no son de titularidad municipal: el Puerto de Sevilla, titularidad de la Autoridad Portuaria, el Parque del Alamillo, bajo jurisdicción de la Junta de Andalucía, y la Antigua Fábrica de Tabacos, cuyo titular en la Universidad de Sevilla.

Las credenciales para esos recintos “en modo algunos pueden ser otorgadas por el Ayuntamiento”, indica su escrito.

También expone problemas en torno a la franja horaria para alimentar a los gatos: si debe ser especificada en la credencial o basta la sola comunicación al Consistorio por los voluntarios acreditados.

Por último, la letrada del Ayuntamiento indica que después de conocer el auto del 17 de abril y notificárselo a la unidad municipal correspondiente, tuvieron conocimiento de que desde que se decretó el estado de alarma, el Zoosanitario Municipal viene alimentando a las colonias de gatos ferales, para lo cual ya ha llevado a cabo “la contratación por vía de urgencia de pienso seco y húmedo al efecto, indagándose incluso si existen colonias antes no detectadas”.

También comunica al juez que, según esta información, no se han detectado animales muertos “en una medida mayor a la que pueda darse en circunstancias de normalidad”.

Por ello, el Ayuntamiento pide al juez que aclare si la Administración Municipal puede continuar prestando alimentación y cuidados sanitarios veterinarios con medios propios a las colonias de las que se vayan a ocupar las protectoras de animales ”a los efectos de tener un control sobre su estado”.

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