La ventana
Luis Carlos Peris
Perdidos por la ruta de los belenes
Agresión sexual
La Audiencia de Sevilla ha condenado a cuatro años de cárcel a un ciudadano de Túnez que, estando en situación irregular en España, violó a una trans a la que acababa de conocer cerca de la Alameda de Hércules. Los hechos, ocurridos a sólo unos metros de la Comisaría de la Policía Nacional, fueron reconocidos por Nidhal R. durante el juicio. En realidad no tuvo más remedio que admitirlo, ya que el suceso fue grabado por un amigo de la víctima y además era parte del acuerdo que su abogada alcanzó con la Fiscalía antes de la vista oral para que rebajase los años de prisión que pedía para él. Otra condición de esa conformidad es que será expulsado de vuelta a su país cuando cumpla casi la mitad de la condena, para lo cual apenas le falta poco más de un año.
Los hechos, según consta en la sentencia (ya firme) dictada el pasado 24 de junio por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, comenzaron sobre la una de la madrugada del 3 de diciembre de 2023. El encausado conoció “en aquel instante” a Alejandra (nombre registrado por la víctima tras su cambio oficial de sexo) y a un amigo que la acompañaba aquella noche. Los tres empezaron a caminar juntos mientras mantenían “una amigable conversación”.
El trío llegó hasta la calle Becas. Una vez allí, Nidhal R. invitó a las otras dos personas a detenerse en distintas ocasiones. Ese comportamiento les hizo sospechar que albergaba “algún tipo de intencionalidad de índole sexual”. Y efectivamente, a la altura del número 12 de esa vía, el acusado “de repente se bajó los pantalones”, mostró sus genitales a Alejandra y le dijo “venga, vamos”. En otras palabras, como gráficamente refiere la sentencia, “la instó a realizarle una felación”. La víctima “hizo el amago de acercarse a él”, pero “rápidamente desistió, se echó hacia atrás y mostró su tajante negativa a practicar sexo oral”
Tras verse rechazado, el procesado cambió de objetivo y fue a por el amigo de la víctima. “Venga, guapa”, le espetó. Alejandra, con el fin de “evitar que causara ningún tipo de mal” a su acompañante, se interpuso entre ambos “para que le dejase en paz”. La reacción de Nidhal R. fue empujarla “fuertemente” contra la pared, tirarla al suelo y “acorralarla”. También le puso su miembro viril a la altura de la cara. “O me la chupas o te mato”, la amenazó al mismo tiempo que metía una mano en un bolsillo “como si tuviese una navaja oculta”. “Por miedo” a que de verdad tuviese un arma, la víctima “accedió” entonces a cumplir su orden.
Tras sufrir la agresión sexual, la joven intentó marcharse pero el acusado la agarró por el brazo porque tenía más cosas que decirle. “No te vas de aquí, saca el móvil para apuntar mi Instagram. Tú y yo vamos a vernos mañana”, le reclamó. Ella, todavía “amedrentada”, sacó su teléfono mientras el encausado la golpeaba en el costado y el tórax, le daba rodillazos en las piernas y le tapaba la boca para que no gritase.
En un momento dado, la víctima pudo al fin zafarse de su atacante y huir junto a su amigo, que “paralizado por el miedo presenció todo lo que había sucedido”. Aun así, “llegó a grabar parte de lo acaecido con su móvil”.
Como consecuencia de este suceso, la víctima sufrió policontusiones en el brazo derecho, el costado izquierdo y la zona cervical. Se curó de las heridas después de recibir asistencia médica, aunque necesitó una semana para recuperarse del todo
En cuanto al acusado, que residía en La Rinconada, fue detenido en San Sebastián pasados unos meses y el Juzgado de Instrucción número 4 de la ciudad vasca lo mandó a prisión provisional el 11 de septiembre de 2023. En el momento de los hechos tenía 30 años y desde el 28 de marzo de 2022 contaba con un decreto de expulsión dictado por la Subdelegación del Gobierno en Sevilla.
Según consta en la sentencia facilitada por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sección Cuarta condena a Nidhal R. como autor de un delito de agresión sexual de acuerdo con la ley del sólo sí es sí y le impone cuatro años de cárcel. Esa pena “habrá de ser cumplida en territorio español” durante un año y nueve meses, periodo del hay que descontar lo que ya llevaba en prisión provisional. Después será expulsado de España y tendrá prohibido regresar durante cinco años. Si “por cualquier circunstancia” no se pudiera llevar a efecto esa expulsión, Nidhal R. cumpliría íntegramente su castigo en España.
Además de la pena de reclusión, la Audiencia de Sevilla impone al condenado siete años de libertad vigilada una vez que salga del centro penitenciario y quince años de inhabilitación especial para cualquier profesión o actividad que implique contacto con menores de edad. También le prohíbe acercarse a la víctima y comunicarse con ella durante dieciocho años.
El castigo de prisión impuesto a Nidhal R. obedece al delito de agresión sexual, pero el acusado también ha sido condenado por un delito leve de lesiones. En este caso no recae sobre él más tiempo de pérdida de libertad, sino una simple multa de 45 días con una cuota diaria de seis euros. En total, 270 euros. No es gran cosa, pero sí lo es la indemnización que tendrá que abonar a la víctima en concepto de responsabilidad civil: 6.300 euros. Son 6.000 euros por el daño moral que le ocasionó y otros 300 por las lesiones físicas.
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