Condenan a un sevillano que se bajó 20.000 archivos pedófilos como "válvula de escape" tras la muerte de su madre

Pornografía infantil

La Audiencia de Sevilla impone cinco años de cárcel al hombre, que está casado y tiene un hijo, por distribuir y compartir un número indeterminado de ese material "de extrema crudeza"

El psicólogo determinó que su comportamiento era "un mero desfogue de su ansiedad" y que "no buscaba excitación sexual, sino relajación"

El Supremo no perdona al hombre que durante nueve años abusó de su hijastra en Carmona y en Sevilla

Dos investigadores de la Policía Nacional dedicados a la lucha contra la pornografía infantil.
Dos investigadores de la Policía Nacional dedicados a la lucha contra la pornografía infantil. / M.G.

La Audiencia de Sevilla ha impuesto cinco años de cárcel a un hombre que descargó casi 20.000 archivos de pornografía infantil de “extrema crudeza” y que distribuyó un número indeterminado, aunque no era un pedófilo. El psicólogo atestiguó que el acusado era “plenamente consciente de lo que hacía”, pero también explicó que su conducta era “un mero desfogue de su ansiedad” con el que “no buscaba excitación sexual, sino relajación”. El encausado, como colofón de estos análisis de su personalidad, señaló en el juicio que se había bajado todo ese material como una “válvula de escape” tras la muerte de su madre.

El caso fue juzgado por la Sección Séptima, que condenó a este individuo por un delito de distribución de pornografía infantil. Además de la prisión, el tribunal lo condenó a ocho años de inhabilitación para cualquier trabajo que implique contacto con menores de edad y a cinco años de libertad vigilada.

Los hechos ocurrieron entre el 31 de enero y el 8 de marzo de 2020. El acusado (de 56 años, casado y con un hijo) descargó y compartió al menos en cinco ocasiones archivos con “contenido sexualmente explícito de menores” a través de su equipo informático mediante la conexión IP de la que entonces era titular, ubicada en su domicilio en Sevilla capital. La sentencia relata que el hombre tenía “conocimientos informáticos suficientes para acceder a la denominada darknet o red oscura mediante el navegador TOR”, que le permitía bajarse esos archivos “garantizando su anonimato”, y después utilizaba la aplicación qBittorrent, “sabedor de que es un programa de intercambio de archivos idóneo para obtener y poner a disposición de otros usuarios archivos con temática y nomenclatura pedófila”.

Los jueces detallan que entre los archivos había algunos nombrados con terminologías como 8yo, cuyo significado es 8 years old (8 años de edad), y PTHC, que son las iniciales de preteenhardcore (sexo duro con preadolescentes). Esos vídeos, además, “estaban siendo compartidos con otros usuarios”.

La Policía registró el domicilio del sospechoso en septiembre de 2020 e intervino un móvil, dos portátiles y tres discos duros externos. En los dispositivos había un total de 19.570 archivos relacionados con la pedofilia en los que no había sólo sexo entre adultos y menores, con la consiguiente “notable desproporción anatómica”, sino también niños “sometidos a medios de tortura”. El tribunal destaca la “escasa edad” de los menores que aparecían en los vídeos, de “no más de diez años, a juzgar por su fisionomía”.

En el juicio, el acusado admitió “sin ambages” la propiedad de los efectos intervenidos y “exculpó absolutamente a sus otros familiares convivientes en el mismo domicilio (su esposa y su hijo)”. Eso sí, trató de que se le aplicase la atenuante de trastorno mental, pero el perito sólo le achacó “falta de carácter, aislamiento social y déficit en su gestión emocional”, así como “un trastorno de ansiedad generalizada y de personalidad esquizoide caracterizado por su inmadurez, su dificultad en las relaciones sociales y su baja autoestima”. La Audiencia recuerda que el trastorno de personalidad vale como atenuante para suavizar la condena “si va asociado a una patología previa de carácter grave”, cosa que no ocurre en este caso.

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