SUCESOS
Un joven mexicano denuncia una paliza de unos porteros de una discoteca

Condenado a siete años de cárcel por un caso extremo de maltrato en Sevilla: "Si el tomate estaba mal, ojo morado"

Violencia de género

La Audiencia de Sevilla impone también 14 años de alejamiento a Francisco José A.S. por humillar, controlar y agredir a su pareja de forma sistemática durante una relación que fue "un claro ejercicio de dominación de género"

Imagen de archivo de una manifestación contra la violencia de género. / Carlos Guerrero

La Audiencia de Sevilla ha condenado a siete años y dos meses de cárcel a un hombre que durante tres años maltrató y humilló a su pareja y que remató esa despreciable rutina dándole una paliza con la que le partió cuatro dientes. “Si le hacía mal el tomate, ya tenía el ojo morado”, dijo muy gráficamente la mujer durante el juicio para resumir el clima de terror que padeció. Pero hay más. Cuando ya había sido detenido e iba en el coche policial, el maltratador vio casualmente a la víctima en la calle y no tuvo mejor ocurrencia que decirle que la iba a matar, a pesar de que delante había dos agentes que lógicamente oyeron todo.

Los hechos que la Sección Cuarta considera probados son una buena descripción de qué bajo puede caer el ser humano. Francisco José A.S. y la víctima fueron pareja desde 2020 a 2023 y convivieron en la casa de él, en Palmete, pero “casi desde el primer momento, sirviéndose de la diferencia de edad y el estado especialmente vulnerable de la mujer”, el hombre “trató de controlar todos los aspectos de la vida en común y de la propia V.”. Lo hizo a través de “continuas vejaciones”, como “repetirle que no valía para nada, que era una guarra, asquerosa y puta y que la iba a hacer una desgraciada para toda la vida”. También le prohibía salir a la calle o ir a trabajar.

“De este modo fue consolidando un clima de absoluta dominación y control sobre su pareja, anuló su capacidad de decisión e incluso llegó a propinarle bofetadas, mordiscos y puñetazos”, narra la sentencia.

El suceso que puso fin al martirio de la víctima ocurrió el 5 de mayo de 2023. Sobre las diez de la noche, “aprovechando que Francisco José A.S. se encontraba dormido”, ella se marchó de la casa para visitar a una de sus cuatro hijas en Dos Hermanas. Quería coger un tren en San Bernardo, pero llegó tarde y ya no había más aquel día, así que sobre las 23.30 horas “hubo de llamar a su pareja para que viniese a recogerla”. Así lo hizo el encausado, “contrariado porque ella se había marchado de la casa”. Por eso, ya dentro del vehículo, “comenzó a golpearla y a darle codazos y puñetazos”. En casa prosiguió con la paliza y le pegó con “una vara de fibra de carbono”.

La mujer sufrió múltiples hematomas, la perforación del tímpano del oído izquierdo y la pérdida de cuatro incisivos, pero al menos a raíz de ese incidente denunció a su pareja. Dos días después, el 7 de mayo, volvió a encontrárselo casualmente por la calle: Francisco José A.S. estaba siendo trasladado a comisaría y, al pasar por la calle de Dos Hermanas donde ella tenía su casa, la vio y desde la ventanilla le gritó “que cuando saliese de la prisión la tenía que matar”.

Por encima de todas las pruebas, que no eran pocas, la Audiencia condena al maltratador porque no se cree su versión y sí la de la víctima, que tilda de “completa y del todo verosímil aunque fuese con las limitaciones propias de una persona que presenta un evidente déficit cultural”. “Eso nada desdice de su verosimilitud y credibilidad”, explica el tribunal, que también ve “perfectamente explicable” que su denuncia inicial fuese “escueta”. “Hay que tener en cuenta la situación de verdadera dominación e incluso temor que llegó a vivir [...] y el mucho tiempo transcurrido desde algunos de los hechos, que además se repetían y sucedían sin solución de continuidad, lo que limita humanamente la descripción de todos ellos con detalle desde la primera comparecencia”, reflexiona el ponente.

La víctima también enumeró los “elementos claramente definidores del trato dispensado” por el maltratador, como “el continuo empleo de violencia verbal y física, la humillación permanente y el control de su libertad ambulatoria”, además del “gran temor que todo ello le inspiraba”. “Eran graves y explícitas las amenazas que recibía con relación a causar mal a sus hijas, hasta el punto de adoptar un papel sumiso frente a las frecuentes e imprevisibles reacciones violentas del acusado”, agrega la sentencia.

“Describe la instauración de la violencia por parte del acusado casi desde el comienzo de su relación y cómo ese ciclo se va cerrando ante cualquier clase de acción que produjese el desagrado de Francisco José A.S., con expresiones tan gráficas como que ‘si el tomate estaba mal, ya tenía el ojo morado’. Ese detalle aleja su relato de cualquier fabulación, pues se antoja innecesario para un relato falsario y difícil de inventar y mantener a lo largo del tiempo con esa precisión”, razona también la Sala.

Para la Sección Cuarta es fácil encuadrar el lamentable comportamiento del procesado en el delito de maltrato. Es más, lo considera “un supuesto verdaderamente prototípico” de este delito “por su extensión en el tiempo, la sistemática utilización de la violencia física y psíquica para lograr la sumisión por el miedo, la humillación como método y la amenaza como respuesta a cualquier intento de reacción, por tibio que fuera”. Con todas esas armas, Francisco José A.S. “acabó instaurando una relación de pareja absolutamente asimétrica en la que los caprichos del agresor se erigen en única norma que la mujer debe no sólo respetar, sino incluso intuir o adivinar anticipadamente, so pena de hacer recaer sobre ellos la ira o frustración de quien así la mantiene sometida”.

El primero en hablar en el juicio, celebrado a finales de octubre, fue el acusado. Pero su intervención no empezó respondiendo a la Fiscalía, sino clamando al tribunal que aceptaba el acuerdo que antes había intentado negociar su abogada con las acusaciones... y que él rechazó. Hasta que entró en la sala y de repente dijo que quería la conformidad. Obviamente, ya era demasiado tarde, así que los magistrados ni le respondieron y por fin comenzó el interrogatorio. Francisco José A.S. negó todo, pero la Sección Cuarta no le da ninguna credibilidad e incluso critica las formas que empleó para referirse, y descalificar, a su víctima.

“No sólo encontramos algún rasgo de incredibilidad en sus manifestaciones, como el constante cambio de versiones, sino que llegamos a identificar algunos aspectos periféricos de su versión de los hechos en los que, de alguna manera, vino a confirmar lo dicho por la víctima”, explica la sentencia. “Y no hablamos ya sólo de la propia actitud de menosprecio e infravaloración del acusado hacia su pareja que se detecta en sus propia palabras, sino también de afirmaciones como que ella era una drogadicta, que se dedicaba a la prostitución y que él habría estado auxiliándola por su falta de capacidad”, continúa. “De todo la culpaba a ella”, finaliza la Sala en este capítulo.

El tribunal condena por tanto al encausado y además le aplica varias agravantes, como la de reincidencia:Francisco José A.S. ya había sido condenado por otro delito de maltrato en septiembre de 2017. También aparecen las de parentesco, por su vínculo análogo al matrimonial, y de género, que desde hace unos años es una fija en este tipo de violencia machista: “Los hechos constituyen un supuesto claro de ejercicio de la dominación de género dentro de la relación de pareja”, indica la sentencia dictada por la Sección Cuarta el 29 de octubre, sólo cinco días después del juicio.

"Menosprecio" hasta en el juicio

El primero en hablar en el juicio, celebrado a finales de octubre, fue el acusado. Pero su intervención no empezó respondiendo a la Fiscalía, sino clamando al tribunal que aceptaba el acuerdo que antes había intentado negociar su abogada con las acusaciones... y que él rechazó. Hasta que entró en la sala y de repente dijo que quería la conformidad. Obviamente, ya era demasiado tarde, así que los magistrados ni le respondieron y por fin comenzó el interrogatorio. Francisco José A.S. negó todo, pero la Sección Cuarta no le da ninguna credibilidad e incluso critica las formas que empleó para referirse, y descalificar, a su víctima.

“No sólo encontramos algún rasgo de incredibilidad en sus manifestaciones, como el constante cambio de versiones, sino que llegamos a identificar algunos aspectos periféricos de su versión de los hechos en los que, de alguna manera, vino a confirmar lo dicho por la víctima”, explica la sentencia. “Y no hablamos ya sólo de la propia actitud de menosprecio e infravaloración del acusado hacia su pareja que se detecta en sus propia palabras, sino también de afirmaciones como que ella era una drogadicta, que se dedicaba a la prostitución y que él habría estado auxiliándola por su falta de capacidad”, continúa. “De todo la culpaba a ella”, finaliza la Sala en este capítulo.

El tribunal condena por tanto al encausado y además le aplica varias agravantes, como la de reincidencia: Francisco José A.S. ya había sido condenado por otro delito de maltrato en septiembre de 2017. También aparecen las de parentesco, por su vínculo análogo al matrimonial, y de género, que desde hace unos años es una fija en este tipo de violencia machista: “Los hechos constituyen un supuesto claro de ejercicio de la dominación de género dentro de la relación de pareja”, indica la sentencia dictada por la Sección Cuarta el 29 de octubre, sólo cinco días después del juicio.

14 años sin poder acercarse a ella

La Audiencia condena a Francisco José A.S. por tres delitos: por maltrato habitual sobre su expareja le impone diez meses de cárcel; por las lesiones que le causó, cinco años; y por las amenazas, un año y cuatro meses. También establece una orden de alejamiento por cada uno: el total es de 14 años sin poder acercarse a ella. Además, deberá indemnizarla con 22.018,05 euros.

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