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Homicidio
La Audiencia de Sevilla ha condenado a diez años de cárcel al hombre que mató de varias puñaladas a un gorrilla en un parque de la barriada de El Cerezo, de acuerdo con el veredicto de culpabilidad que dictó un jurado popular el pasado 15 de octubre. En la sentencia, fechada el 17 de octubre y facilitada por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el magistrado-presidente del Tribunal del Jurado condena a Luis Jacson G.B., ciudadano colombiano en situación irregular en España, por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de alteración psíquica con intoxicación no plena.
Conforme a los puntos 2 y 5 del artículo 89 del Código Penal, la Audiencia también acuerda que el acusado cumpla dos tercios de la pena de prisión aquí y que después sea expulsado del país, con la prohibición de regresar por tiempo de cinco años. La sustitución de la cárcel por la expulsión solo se realizará cuando el condenado haya cumplido esa parte de la pena o cuando acceda al tercer grado penitenciario.
La condena se corresponde con la petición que efectuó la Fiscalía una vez conocido el veredicto. Del mismo modo, como en este caso no consta que alguien haya reclamado una indemnización por el fallecimiento de la víctima, el juez no se pronuncia al respecto.
El jurado popular declaró al encausado culpable de homicidio por asestar tres puñaladas a la víctima con un cuchillo que llevaba escondido debajo de la camisa. El veredicto, adoptado por unanimidad, concedió al acusado el beneficio de varias atenuantes al establecer que su conducta estuvo afectada por el consumo de alcohol y drogas y por un problema de salud mental, pero por otro lado le negó la de confesión tardía.
Durante el juicio, Luis Jacson G.B. quiso hacer ver que la víctima era una persona "conflictiva" que además intentó agredirlo el día de los hechos. En este sentido, aseguró que actuó "en legítima defensa" porque el otro lo insultó y lo atacó con un cuchillo. "Fue sin querer", alegó el encausado, que igualmente se escudó en que estaba bebido y drogado y en que estaba "arrepentido".
El jurado no se creyó esa versión y estableció que el acusado atacó a la víctima, de nacionalidad marroquí, "de forma súbita y sin mediar palabra". Por tanto, "disminuyó las posibilidades de defensa" del gorrilla en la madrugada del 3 de mayo de 2023. Luis Jacson se encontraba junto a su novia y otras dos personas en el parque Isla Canela, en la confluencia de la avenida Doctor Fedriani y la calle Doctor Jaime Marcos, y la víctima se acercó a pedirles un cigarro. Comenzó entonces una discusión que se prolongó más tarde, en un segundo episodio que resultó mortal para el aparcacoches.
Según el veredicto, la víctima "llegó gritando" al parque y, "estando ambos de frente", el procesado arremetió contra Mohamed y sacó un cuchillo que llevaba bajo la ropa. A continuación, "con la intención de causarle la muerte", le dio tres puñaladas: dos impactaron el tórax y afectaron al hígado y al riñón, mientras que la tercera dio en el coxis y penetró en un glúteo.
Por estos hechos, los jurados declararon a Luis Jacson "culpable de causar la muerte a Mohamed mediante un apuñalamiento en tres ocasiones, con un cuchillo que llevaba el acusado, de forma súbita y sin mediar palabra, después de consumir alcohol y drogas, lo que unido a su problema de salud mental influyó en su conducta disminuyendo de manera leve sus facultades".
El veredicto, por tanto, no dio pábulo a lo que defendió el homicida durante la vista oral. "Llegó desafiándome e insultándome directamente, diciéndome hijo de puta e insultando a mi madre. Yo le dije 'tranquilo, no quiero problemas'. Después se fue, pero volvió a los diez minutos con un amigo y comenzó a insultar otra vez. Cogió la botella de cerveza que teníamos, se la bebió y sacó un cuchillo. Yo le dije que no quería problemas, pero intentó tirarme con el cuchillo. Forcejeamos, me dio en las piernas y sin querer, no sé cómo, lo lastimé yo a él o se lastimó él mientras yo intentaba quitarle el arma para que no me lastimara", relató el procesado ante el jurado.
"Desgraciadamente -insistió-, en el mismo forcejeo lo lastimé yo sin querer o se lastimó él y se llevó una puñalada. Yo me asusté, vi que cayó y me acerqué. Hablé con él, 'hermano, qué te pasa', pero venía una multitud de amigos de él insultando y me asusté", ha seguido relatando. "La gente me quería pegar", alegó cuando el fiscal le preguntó por qué no había auxiliado al herido o por qué no había llamado a una ambulancia. "No pensé que le hubiera hecho tanto daño", comentó también.
La acusación hizo ver al acusado un par de detalles contradictorios o aparentemente inexplicables. El primero, que él le dijo a la magistrada que investigó el caso que tenía un cuchillo oculto en un árbol y con él peleó con la víctima. En el juicio aseguró que esa versión no era cierta y que el único cuchillo fue el que llevaba Mohamed. Y el segundo dato es la falta de constancia de las heridas que, según él, le provocó la víctima, ya que no fue asistido por ningún médico y por tanto no hay parte: "Me las curé", se limitó a indicar.
Lo que sí reconoció Luis Jacson es que no era la primera refriega que mantenía con el aparcacoches. "Una vez, un amigo suyo me cogió todas las pertenencias, me quitó hasta las tijeras de cortar naranjas. Yo me lo encontraba y trataba de evitarlo, era más él conmigo que yo con él", señaló.
"Me arrepiento tanto de ese momento... Pero me asusté", reiteró el homicida, que insistió varias veces en que huyó del lugar porque se aproximaban varios amigos o compatriotas de la víctima.
El jurado sí consideró probado que el condenado era consumidor habitual de sustancias estupefacientes y padecía problemas de salud mental, de modo que esa circunstancia “influyó en su conducta y provocó una disminución leve, pero sin anularlas, tanto de su capacidad de conocer la injusticia de su actuación como de la capacidad de libre determinación para actuar conforme a ese conocimiento”. Por eso la Audiencia le aplica la atenuante analógica de alteración psíquica con intoxicación no plena. Además, tanto esa noche como el día anterior, el acusado estuvo tomando alcohol y sustancias estupefacientes como marihuana, cocaína, valium y otras "desde temprano".
En cuanto a la supuesta confesión, el jurado la rechazó al negar que el condenado en todo momento hubiera colaborado de forma relevante con la investigación de los hechos, así que no contribuyó de forma importante "a la restauración del orden jurídico vulnerado".
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