Condenado por vejaciones a su exnovia por WhatsApp en El Viso del Alcor

Fue condenado a una multa de 360 euros y a seis meses de prohibición de acercarse a la víctima

La sede de la Audiencia de Sevilla. / Europa Press

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la condena a un hombre que insultó a su ex pareja por Whatsapp con un mensaje donde le recriminaba con una expresión grosera que ella hubiese tenido supuestamente sexo "con medio Viso" del Alcor. En una sentencia emitida por la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de este hombre contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Carmona que le condena a una multa de 360 euros por un delito leve de injurias y vejaciones injustas, con la prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella durante seis meses.

En esta primera instancia, el juzgado declaró probado que el día 8 de noviembre de 2020 a las 8:38 "el investigado insultó a su expareja a través de WhatsApp", aplicación de mensajería mediante la cual le habría reprochado, usando una expresión grosera, que había tenido supuestamente sexo "con medio Viso" del Alcor.

Frente a esta condena, el inculpado alegaba en su recurso de apelación que no había sido "practicada prueba suficiente para llegar a la conclusión condenatoria fijada en la sentencia".

Pero la Sección Cuarta de la Audiencia determina que "la sentencia (recurrida), aunque de forma sumamente escueta, argumenta las razones en las que funda la condena, manteniendo que las manifestaciones de contenido vejatorio que se describen por la denunciante fueron vertidas por el denunciado y además éste en su declaración vino a reconocerlo, por lo cual con independencia de las argumentaciones que se exponen en el escrito de recurso y de la versión que se hace de estas frases, hay un reconocimiento de la expresión proferida hacia ella y la valoración en tal sentido del juez de instrucción supone un análisis de la prueba y un razonamiento al respecto que no carece de lógica".

La Sección Cuarta de la Audiencia desestima por completo el recurso de apelación del inculpado y confirma plenamente la sentencia inicial condenatoria. 

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