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Condenado a tres años de cárcel por timar más de 100.000 euros a 16 víctimas con apuestas deportivas en Sevilla

Estafa

El TSJA confirma la pena impuesta al estafador, que se presentaba como "un profesional" de las apuestas por Internet, y rechaza que su ludopatía mermase sus facultades cuando cometió los hechos

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Una casa de apuestas en Sevilla. / José Ángel García

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de tres años de cárcel que la Audiencia de Sevilla impuso a un hombre por timar a dieciséis personas a las que sacó un total de 110.000 euros engañándolos con la falsa promesa de obtener jugosos beneficios a través de apuestas deportivas. El investigado se presentó ante las víctimas como un "profesional" del juego por Internet y les entregaba pequeñas cantidades para fingir que esas apuestas estaban siendo exitosas, pero en realidad se apropió del dinero ajeno sin generar "beneficio alguno" para sus inversores.

En una sentencia fechada el 23 de octubre y facilitada por la oficina de comunicación del TSJA, la Sala de lo Civil y Penal ratifica la sentencia inicial dictada el 19 de mayo de 2023 por la Sección Primera de la Audiencia, que condenó a Alejandro M.M. por un delito de estafa, y desestima el recurso de apelación interpuesto por la defensa, que entre otros motivos alegó que el timador era ludópata.

Los hechos, según declaró probado la Audiencia, ocurrieron entre septiembre de 2016 y febrero de 2019. El acusado "orquestó un ardid idóneo y suficiente para inducir a una pluralidad de personas a entregarle importantes sumas de dinero con el pretexto de invertirlas en apuestas deportivas y obtener con ello una rentabilidad o ganancia", aunque en realidad su plan era hacer suyas esas cantidades. Para más inri, sus víctimas o lo conocían a él o se conocían entre ellas "bien por vivir en la localidad de Camas, por compartir actividades deportivas como el fútbol o por tener vínculos familiares o laborales".

Ante estas personas, Alejandro M.M. aparentaba tener "una posición sólida y experimentada en el mundo de las apuestas deportivas online". "Les hizo creer, contrariamente a la realidad, que estaba asegurada una rentabilidad que podría alcanzar hasta el 20% mensual de la suma invertida y se comprometió a repartir los beneficios mediante liquidaciones periódicas en metálico o bien con ulteriores inversiones en otras apuestas online", detallaba la sentencia inicial.

En otras palabras, para "ganarse la confianza" de las víctimas les ofrecía "apuestas seguras", se presentaba "como profesional de las apuestas" y les decía que "operaba a través de empresas terceras para escenificar la seguridad de una futura ganancia". Esas sociedades, lógicamente, habían sido constituidas por él mismo y no tenían ningún tipo de actividad.

El dinero que consiguió de los engañados alcanzó los 110.000 euros ya fuese en metálico o vía transferencia. "También utilizó como destinatario de algunas cantidades la cuenta de un vecino al que pidió que recibiera dinero en su cuenta para después sacarlo y entregárselo en efectivo", añadía la Sección Primera.

Las víctimas, quince hombres y una mujer, le entregaron cantidades que oscilaron entre los 21.500 euros como máximo y los 1.000 como mínimo. "El acusado no llegó a invertir esas cantidades ni a generar beneficio alguno, sino que se apropió definitivamente de ellas en su provecho", estableció la Audiencia.

Denuncias "sólidas, creíbles e insistentes"

A la hora de analizar el recurso de apelación de la defensa, el TSJA reconoce que "no existe constancia documental de la mayor parte de las entregas dinerarias", pero "ello no es óbice para que se tengan por acreditadas", responde. La base de la prueba consiste en "las declaraciones de los denunciantes", que resultan "sólidas, creíbles e insistentes". "Proceden de una pluralidad considerable de personas que relatan un patrón de conducta del acusado coincidente en todas ellas", añaden los magistrados, que además consideran que las víctimas "carecen de motivos para inventar unos hechos que no hubieran ocurrido en realidad".

La defensa de Alejandro M.M. alegó que su cliente había invertido el dinero de las víctimas en juegos de azar y ofreció pruebas de "miles de apuestas deportivas realizadas en varias plataformas de apuestas online", pero el TSJA le recuerda que "no fueron realizadas por el acusado, sino por una mujer cuya identidad se desconoce". Según el abogado, "sin acreditarlo siquiera", esa señora era la mujer del acusado. En cualquier caso, prosigue la Sala, algunas de esas apuestas "no se realizaron en el periodo enjuiciado" y otras "no se corresponden con las cantidades abonadas por cualquiera de los denunciantes".

El abogado de las 16 víctimas, "muy satisfecho"

Olmo López Abogados, el despacho que ha representado a todas las víctimas desde la interposición de la denuncia en marzo de 2020, se ha mostrado "muy satisfecho" con la resolución del TSJA. "Vuelve a darnos la razón", ha apostillado el letrado que da nombre al bufete, quien ha recalcado que "este señor fue condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial" por unos hechos vinculados a un sector, el de las apuestas deportivas online, que "genera unos beneficios anuales que superan en España los 13.800 millones de euros".

"En ningún momento el condenado demostró el destino de la ingente cantidad de dinero percibida de mis clientes, lo cual se convirtió en la clave para su condena. En la causa se analizaron incluso numerosas apuestas realizadas en famosas plataformas deportivas que, en teoría, realizó el entorno del estafador, pero quedó demostrado que nada tenían que ver con las aportaciones de mis clientes. Simplemente se apropió del dinero para su beneficio", ha explicado López.

Mandaba fotos "posando con fajos de billetes"

El abogado de la acusación particular también ha recordado que Alejandro M.M. "hizo creer en todo momento" a sus víctimas que "era experto y ganaba constantemente con las inversiones, hasta el punto de que mandaba fotos posando con fajos de billetes con las supuestas ganancias y presumía de llevar un tren de vida exitoso". "Eso favoreció el engaño masivo perpetrado", lamenta Olmo López.

Las dos sentencias en contra del timador no significa que los perjudicados hayan sido resarcidos. "Aún estamos a la espera de que se pueda recuperar todo o parte de las cantidades invertidas", reconoce el abogado. "Pero al menos se ha hecho justicia y todo hace indicar que si el condenado no abona gran parte de la responsabilidad civil, va a estar privado de libertad durante un tiempo", finaliza.

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