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Asesinato
La Audiencia Provincial de Sevilla ha impuesto veintiún años de cárcel al hombre que en febrero de 2020 asesinó a su propio hermano disparándole con una escopeta en un paraje de la localidad de Los Palacios y Villafranca. En la condena, fechada el 12 de enero, el presidente del Tribunal del Jurado aplica el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular en diciembre y condena a Virgilio C.V. a veinte años y medio de prisión por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y a seis meses por un delito de tenencia ilícita de armas. También deberá indemnizar con un total de 20.000 euros a sus sobrinos, hijos de la víctima.
En el juicio, la Fiscalía solicitó para el acusado 22 años de cárcel por el delito de asesinato y nueve meses de prisión por el delito de tenencia ilícita de armas, así como el pago de una indemnización de 20.000 euros a los hijos del fallecido. La defensa reclamó la pena mínima legalmente prevista por esos delitos tras conocer el veredicto, pero había comenzado el juicio calificando el suceso como homicidio por imprudencia grave y pidiendo tres años de reclusión. El acusado, de hecho, aseguró en la vista oral que la escopeta se le había disparado "por accidente".
El jurado discrepó de esa versión y consideró probado que el 7 de febrero de 2020, sobre las 21.30 horas, el encausado se dirigió a bordo de un vehículo hasta una explanada existente delante de su domicilio, donde encontró a su hermano, que estaba acompañado por su hijo. Este último no declaró ante el jurado pero durante la instrucción explicó al juez que investigó el caso que su tío había aparecido allí, había dado "un frenazo" y había disparado a su padre. Después le preguntó "¿tú también quieres un tiro?".
El veredicto respeta esa descripción de los hechos y asegura que, una vez en la explanada, “sin apearse del vehículo” y “guiado por el ánimo de acabar con la vida” de su hermano, Virgilio V.C. disparó a la víctima con una escopeta que portaba “sin moverse del asiento que ocupaba” y le provocó la muerte. También consideró probado el jurado que el condenado “sacó la escopeta por la ventanilla del copiloto" y disparó "de forma sorpresiva e inesperada” a la víctima, que no tuvo por ello “posibilidad de defensa alguna”. Según los forenses, el disparo se efectuó desde unos 30 centímetros de distancia del fallecido y los perdigones, al dispersarse ya dentro del cuerpo, afectaron a varios órganos vitales.
En el momento del crimen, el acusado carecía de licencia o permiso de armas, de ahí que la Audiencia de Sevilla le imponga una pena de seis meses de cárcel por un delito de tenencia ilícita de armas, según consta en la sentencia facilitada por la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Por el delito de asesinato con la agravante de parentesco, que conlleva una pena de entre veinte y veinticinco años de prisión, la Audiencia establece esa condena de veinte años y medio. Es seis meses superior a la pena mínima “dada la peligrosidad y crueldad que evidencia la existencia de premeditación en la conducta del acusado, quien con anterioridad al disparo se hizo con el arma de fuego que luego utilizó para matar” a su hermano. En este sentido, los policías que detuvieron a Virgilio C.V. destacaron en el juicio la "tranquilidad pasmosa" con que los recibió y con que les preguntó sobre el estado de su hermano.
La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA.
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