Condenan a un directivo por llamar "mono, tonto y gilipollas" a un delegado sindical de Sevilla

La sentencia establece que se vulneró el derecho a la libertad sindical

Condena a abonar 1.500 euros al trabajador en concepto de daño moral

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Un vigilante de seguridad, en una imagen de archivo.
Un vigilante de seguridad, en una imagen de archivo. / Álvaro Cabrera

El Juzgado de lo Social número 11 de Sevilla ha condenado a un directivo de una empresa de seguridad a indemnizar por daño moral a un vigilante de seguridad, delegado sindical, al que llamó "gilipollas" y le dijo durante un reunión que parecía "un mono" y un "tonto". La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima parcialmente la demanda interpuesta por el trabajador y el Sindicato Profesional de Vigilantes de Sevilla contra la empresa y el directivo de la firma.

En concreto, declara que la conducta de este último, en una reunión que tuvo lugar el pasado 2 de agosto, vulneró el derecho a la libertad sindical, por lo que condena de manera solidaria al directivo y a su empresa a abonar al trabajador 1.500 euros en concepto indemnización por daño moral.

El juzgado considera probado que el trabajador prestaba servicios como vigilante de seguridad y que era afiliado del Sindicato Profesional de Vigilantes de Sevilla, por el que fue miembro del Comité de Empresa hasta septiembre de 2023, cuando pasó a hacer funciones de delegado sindical.

En julio del año pasado la empresa comunicó a otro trabajador, afiliado al sindicato USO, su traslado de centro de trabajo en Sevilla, por lo que solicitó una reunión a un directivo de la empresa para tratar dicho. Esta reunión tuvo lugar el 2 de agosto de 2023 y dicho trabajador fue acompañado por el miembro del comité de empresa, cuya condición era "conocida" por el directivo.

Al ver que en dicha reunión el delegado de personal estaba haciendo anotaciones en una libreta le dijo que dejara de mover la cabeza: "Que pareces un mono, es que pareces tonto, deja ya de hacer el gilipollas", recoge la sentencia, que indica que a continuación hizo el gesto de imitar a un mono. Posteriormente la reunión se recondujo a tonos "más cordiales" y, al final de la misma, el directivo pidió disculpas por su comportamiento, que no fueron aceptadas.

La sentencia considera que la prueba practicada en el acto del juicio no permite estimar acreditado el acoso laboral invocado, como ya concluyó la Comisión de Valoración de la empresa Securitas, que lo calificó como "un hecho aislado" por el que además se pidieron disculpas.

En cambio, sí ve procedente reconocer al trabajador una indemnización de los daños y perjuicios derivados de la vulneración de derechos fundamentales, dado que entiende que la conducta de la empresa implica una vulneración de su libertad sindical, porque las expresiones del directivo interfirieron en su labor.

El letrado del trabajador, Alberto López Vela, socio de Exculpa Abogados, ha destacado la importancia de este fallo condenatorio a la empresa por parte del juzgado y ha explicado que, en este tipo de casos, resulta muy complicado ganar un procedimiento judicial de tutela de derechos fundamentales.

"Cuando estudiamos la viabilidad del asunto, todas las sentencias con la que nos encontrábamos, eran desestimatorias de pretensiones idénticas a las nuestras", ha indicado el abogado, que ha añadido que, al final, lo que importa es que se ha condenado a la empresa por la actuación "irrespetuosa" frente a un representante de los trabajadores.

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